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  • #17365 Agradecimientos: 0
    callomo
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    octubre 2005


    ANTE LAS INCONGRUENCIAS QUE SE ESTAN INDICANDO EN EL POST DE FIRMAS DE PLAN MUCHO CUIDADIN CON LO QUE ESTAN DICIENDO POR AHI ALGUNOS “EXPERTOS EN CONSTRUCCIÓN” QUE MÁS BIEN LOS CREO EXPERTOS EN DEMOLICION DE LOS PATRIMONIOS Y BUSCADORES DE LA RUINA DE LOS COORDINADORES DE SEGURIDAD (LEASE MIGUEL ANGEL Y SUS SEGUIDORES).
    DOY MI DICTAMEN SOBRE EL ASUNTO
    EL COORDINADOR HA DE EXIGIR QUE LOS PLANES SEAN FIRMADOS POR UN TSPRRLL (QUE ESTÉ EN NÓMINA DE LA MISMA CON LO CUAL ACTÚA EN DELEGACIÓN DEL EMPRESARIO QUE PÀRA ESO LE PAGA Y SE LO ENCARGA EN SU CONTRATO COMO TSPRRLL) Y SINO SERÁN FIRMADOS POR UN REPRESENTANTE LEGAL DE LA EMPRESA Y UN TSPRRLL EN EL CASO DE QUE SE LO ENCARGUE A UN TSPRRLL AJENO A LA EMPRESA.
    hE DICHO
    sALUDOS A TODOS LOS QUE ME HAN ENTENDIDO Y NO SALUDO A LOS QUE NO LO ENTIENDAN, PORQUE NO ENTENDERÁN NI ESTO.

    #167643 Agradecimientos: 0
    BlanFi
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    mayo 2006


    Te importaría escribir en minúsculas, seguro que te entendemos mejor.
    He dicho.

    #167644 Agradecimientos: 0
    callomo
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    octubre 2005


    PERDONA LA PROXIMA VEZ, LO HE HECHO PARA LOS CORTOS DE VISTA

    #167645 Agradecimientos: 0
    Don Prevencio
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    80
    22
    febrero 2002


    Experto

    Con todo respeto Callomo sólo en el País Vasco y quizá en alguna otra Comunidad autónoma se exija la firma del PSS (entiendo que en Construcción y en el ámbito del RD 1627/1997) por UN TSPRL. La responsabilidad según el citado RD es del empresario Contratista y nada más, ya verá el a quien se lo encarga hacer o si lo hace el mismo, pero el debe hacerse responsable del citado PSS.

    #167646 Agradecimientos: 0
    ASTER
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    agosto 2005


    como me doy por no saludado…. en fin ahora en serio, La ley es clara, otra cosa es que como coordinador el criterio de aprobación del plan es libre y me parece muy lógico que digas que si no lo firma alguien de la contrata no lo apruebas. Pero…. puestos a pedir… alguien con o sin poderes notariales? crees que por no ir firmado, y considerando que está presentado en trabajo (y que la obra existe y es dificil esconderla) el seguro RC de la contrata se inhibirá? O es que crees que por ser condenado por lo penal junto con otras personas la pena se reparte? “señor juez, a 10 años por muerto, murio uno, eramos 10, por lo que salimos a un año por barba”
    O que si no condenan a nadie de la contrata penalmente por no poder determinar quien de esa organización ha cometido el error, se cierra la vía civil contra ellos?
    Son preguntas retóricas, claro y por cierto:
    Me sigue pareciendo lógico que pidas que alguien de la contrata firme el plan

    #167647 Agradecimientos: 0
    009
    Participante
    0
    octubre 2002


    pues creo que te equivocas del todo, en castilla la mancha con la firma del empresario es suficiente, cuando el autor es la propia empresa.
    esto no lo digo yo, lo dicen y dan validez a los planes , la inspeccion de trabajo.

    #167648 Agradecimientos: 0
    009
    Participante
    0
    octubre 2002


    que es lo que pasa que quieres cobrar por los planes a la vez que cobras por la coordinacion?. si el empresario se lo hace te quedas sin cobrarlo.
    dices myu alegremente que no tenemos ni idea, y veo que quizas seas tu el que tenga poco conocimiento fuera de tu comunidad.

    #167649 Agradecimientos: 0
    Maikel
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    3
    0
    julio 2006

    Iniciado

    Nada lo mejor es que algunos Coordinadores mafiosos les exijan a las pequeñas contratas su Plan de Seguridad, cono debe ser, y hasta aqui correcto, como algunas no tienen ni puta idea de como hacerlo,él por un módico precio se ofrece a hacerlo y aceptarlo claro,además de no ser ético ni legal, resusta que ese Sr. Coordinador no tiene formación preventiva ni de 200 ni de 300 ni de 600h, pero tiene un chollo de la ostia.Saludos.

    #167650 Agradecimientos: 0
    callomo
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    0
    octubre 2005


    Vuelvo a repetir a todo el mundo que los actos contra derecho que realice la administración o un coordinador de seguridad al no exigir que el plan como evaluacion de riesgos según ley este firmada por un técnico de prevencion, afectan a todos los sujetos infractores y podrán ser exigidos en un proceso judicial.
    Practicar la politica del avestruz y esconder la unica verdad hace flaco favor a los que en un futuro puedan verse imputados.
    Lo que he dicho viene en la ley y hasta ahora nadie ha sido capaz de poder rebatir lo dicho, solo ha habido opiniones y pareceres diciendo que si a mi me piden que si allá no me piden, mientras no pasa nada, pues nada, pero cuando se empiezan a revolver las cosas nadie puede saber hasta donde puede llegar la vorágine.

    #167651 Agradecimientos: 0
    callomo
    Participante
    0
    octubre 2005


    LOS JUECES TIRAN DE LO QUE ESTA ESCRITO EN LA LEY Y LO ESCRITO SE LEE.
    ASI QUE VAMOS A EMPEZAR APRENDIENDO A LEER.

    #167652 Agradecimientos: 0
    xirgu
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    159
    87
    junio 2002


    Maestro

    Independientemente de lo que yo opine, que se ajusta a tu criterio y especialmente al del forista “_genero”, el Coordinador de SyS NO ES QUIEN para exigir o rechazar un Plan porque no esté firmado por un TSPRL. El Coordinador NO está para interpretar la legislación y menos en este caso, para eso están los juzgados y la autoridad laboral.
    Así, como ya han comentado, en el País Vasco ya está asumida la firma del Plan por un técnico superior o intermedio (dependiendo del tipo de obra), ya que el criterio de Inspección e Instituto Vasco de SyS respecto de la firma viene reflejado en un Libro de título “Criterios de la Administración sobre la prevención de riesgos laborales en el sector de la Construcción”, de hecho levantaron innumerables actas de infracción por este motivo pero también hubo innumerables recursos. Mejor o peor es su criterio y SON ELLOS QUIEN DEBEN DEFENDERLO o en su caso el Promotor, NO el Coordinador, como mucho éste podrá recordar a la contrata los “criterios” de la autoridad laboral pero en ningún caso rechazar un Plan por este motivo.
    Año 2005. Comunidad Autónoma de La Rioja. Reclamación por vía civil de daños y perjuicios contra un Coordinador por no aprobar el Plan al no ir firmado por un TSPRL. No llegó a celebrarse el juicio al llegar a un acuerdo entre las partes porque en nada hubiese beneficiado al Coordinador la celebración del juicio.
    Es lo que hay.
    En este asunto, la primera y última palabra la tiene la autoridad laboral, pero los Coordinadores NO son los garantes de su cumplimiento, es la propia autoridad laboral quien debe perseguirlo porque para eso es su “criterio” y reciben en la Delegación de Trabajo una copia del Plan cuando se realiza la Apertura del Centro de Trabajo, si no hay firma por TSPRL no hay apertura de centro (así lo hicieron con el tema del visado de la aprobación del Plan en obras de promotor privado). Por lo tanto, la respuesta está en cada Delegación de Inspección de Trabajo, que al final son los que tienen la sartén por el mango.
    Y si consideras que un Coordinador tiene la potestad de rechazar un Plan porque así lo interpretas de la lectura del R.D. 1627/97 y del 39/97, NO TE QUEDES A MEDIAS, porque en ningún caso PODRÁ ACEPTAR que venga firmado por un TSPRL amiguete o SPA o GESTORIA o ……………… que no participe en la prevención de la empresa contratista.
    Y no os olvidemos, se me ocurren dos millones de razones preventivas para rechazar muchos planes de los que andan por ahí, pero una firma NO EVITA ACCIDENTES. Preocupémonos de que se hagan buenos Estudios y buenos Planes e intentemos que se apliquen en obra, es la mejor manera de evitar accidentes y responsabilidades.

    #167653 Agradecimientos: 0
    AKG
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    junio 2006


    ¿ PODRÍAS INDICAR EN QUE ARTICULO, LEY, R.D. ESTÁ ESCRITO QUE EL PLAN DEBE ESTAR FIRMADO ?. SI ENCUENTRAS ALGUNO, DÍMELO. SOLALMENTE SE DICE QUE LO DEBE REALIZAR EL CONTRATISTA, Y PUNTO. SI QUIERES QUE SE FIRME SE DEBERÁ CAMBIAR LA LEY.

    #167654 Agradecimientos: 0
    callomo
    Participante
    0
    octubre 2005


    Xirgu: estoy de acuerdo con la ultima parte de tu exposicion,los papeles y las leyes escritas no evitan accidentes, pero vuelvo a repetir que yo no estoy interpretando ni traduciendo ni dando mi opinion,exclusivamente me ciño a lo que dice la ley, y si como tu dices lo estan exigiendo en algun sitio, será porque está escrito y basandose en ello se ciñen a lo que dice la ley, y no piden ni más ni menos, ni opinan ni traducen ni interpretan, con lo cual de alguna manera se está haciendo mal, otra cosa serán las responsabilidades de cada uno que yo no soy quien para interpretar creo que está todo suficientemente expuesto y no merece la pena seguir más con ello.
    un saludo

    #167655 Agradecimientos: 0
    callomo
    Participante
    0
    octubre 2005


    TE REMITO AL POST FIRMA DEL PLAN ART 7.3 DEL 1627
    EL PLAN ES UNA EVALUACION DE RIESGOS.
    REGLAMENTO DE LOS SERVICIOS DE PREV., LAS EVALUACIONES DE RIESGOS DEBEN SER REALIZADAS POR PERSONAL CON LA CAPACIDAD……
    O TU ADMITES UNA EVALUACION DE RIESGO SIN FIRMA DE TECNICO?

    #167656 Agradecimientos: 0
    Miguel_Angel
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    0
    agosto 2005

    Iniciado

    Yo por lo menos lo entendí desde hace tiempo, antes de que aparecieras tú por aquí, y siempre lo he dicho y exigido así, o sea, con firma del TSPRL que elabora la evaluación incluída en el PSS, como marca la ley (R.D. 39/1997) al que se hace referencia en el artículo 7 del R.D. 1627/1997.

    Lo que me sigue extrañando es que te sigas poniendo así cuando hemos dicho los mismo, te he puesto un ejemplo de cómo responde la gente que no lo ha entendido o no quiere entender, pero se ve que el tono irónico-sarcástico no lo pillas del todo, te he citado las leyes, ¿qué más quieres?

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