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    INTTNI
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    enero 2008


    Buenos días,

    Una promotora que a su vez es contratista principal subcontrata unos trabajos con una subcontrata y esta a su vez subcontrata parte de su trabajo con un autónomo. La inspección “pilla” al autónomo realizando su trabajo sin adoptar las medidas de seguridad requeridas. La empresa que ha subcontratado al autonomo recibe una propuesta de sanción que quiere recurrir.

    En este caso, si la empresa informó y proporcionó las instrucciones adecuadas al autónomo sobre todas las medidas de seguridad a adoptar y el autónomo, por las causas que fuera, no las adoptó, la empresa seguiría siendo el responsable de esta sanción? ¿Las barandillas de seguridad o los EPI-s como por ejemplo el arnes de seguridad lo tiene que proporcionar la empresa que contrata al autónomo o es el propio autónomo el que tiene que traer a la obra sus propios equipos? ¿Qué podría alegar la empresa que ha recibido la propuesta de sanción ante este caso? Muchas gracias por vuestra colaboración de antemano.

    #110438 Agradecimientos: 0
    paguilera
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    septiembre 2004


    La Ley es clara, si no se han seguido los pasos indicados en la Coordinación entre empresas ( y el autonomo es una empresa) la empresa que lo contrató se tiene que hacer responsable de lo que le ocurra a ese trabajador.
    Recuerda que la empresa contratista ha de asegurarse de que la empresa que contarte tiene sus trabajadores formados, con el certificado de aptitud, etc. y por supuiesto el coste d elos EPI's que utilice van por cuanta del trabajador autonomo.

    #110439 Agradecimientos: 0
    INTTNI
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    enero 2008


    Por tanto, el subcontratista que contrata al autónomo tiene el deber de informarle de todos riesgos y las medidas que debe adoptar en el trabajo que va a hacer para él, pero el deber de hacerse con los dispositivos (como pueden ser barandillas, arneses de seguridad),en este caso se trataba de trabajos en altura, corresponden al autónomo? Porque si esto es así, podría enfocar el escrito de alegaciones por ahí, en el sentido de que pudo haber cierta imprudencia por parte del trabajador ya que por las dificultades de realizar su trabajo quitó la barandilla y no tenía puesto el arnes de seguridad. ¿Cómo veis esto? Os agradecería mucho vuestras opiniones.

    #110440 Agradecimientos: 0
    Eduardo Benjumea Rodriguez
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    febrero 2014


    Entiendo que si el autonomo quito las medidas de seguridad que habia colocadas y además ha sido informado de los riesgos de acuerdo con el PSS y las instrucciones de Coordinacion, todo ello irà en beneficio de la Subcontrata, no obstante pienso que la subcontrata no se escapa ya que en este tipo de trabajos debe existir un recurso preventivo designado que vigile la seguridad del tajo y que debe evitar conductas temerarias o imprudentes.

    #110441 Agradecimientos: 0
    berbo
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    agosto 2004


    Existe una responsablidad subsidiaria entre la subcontrata y autónomo, además de no cumplirse con el “deber in vigilando” con respecto a éste último. Por ello, la subcontrata ha de velar por el cumplimiento de nomas y medidas …del autónomo en cuestión.

    #110442 Agradecimientos: 0
    leosafety
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    febrero 2008


    EL AUTÓNOMO DEBERIA PREOCUPARSE DE TRAER SUS ELEMENTOS DE PROTECCION YA QUE NORMALMENTE SE DEBE ESTIPULAR EN SU CONTRATO COMO TAL.

    #110443 Agradecimientos: 0
    ICM75
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    491
    286
    noviembre 2006


    Super Gran Maestro

    Independientemente de la responsabilidad que ueda tener el trabajador autónomo (que también la tiene), vosotros como empresa subcontratista Y quien os contrata como empresa contratista que dices que es, tenéis vuestra responsabilidad en base a:

    REAL DECRETO 1627/1997, de 24 de octubre, por el que se establecen disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de construcción. BOE núm. 256 de 25 de octubre

    Artículo 11. Obligaciones de los contratistas y subcontratistas.

    2. Los contratistas y los subcontratistas serán responsables de la ejecución correcta de las medidas preventivas fijadas en el plan de seguridad y salud en lo relativo a las obligaciones que les correspondan a ellos directamente o, en su caso, a los trabajadores autónomos por ellos contratados.

    #110444 Agradecimientos: 0
    raimunda
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    noviembre 2007


    Buenos días: ¿Qué porcentaje del presupuesto total del proyecto se debe aplicar al presupuesto de segurida y salud?si es que hay alguno, os agradecería mucho que me respondieráia a esta pregunta o me dijeráis donde poder consultarlo. Gracias

    #110445 Agradecimientos: 0
    ICM75
    Participante
    491
    286
    noviembre 2006


    Super Gran Maestro

    El que haga falta en función de las características de la obra y de los trabjos a realizar.

    #110446 Agradecimientos: 0
    JESUS14833
    Participante
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    febrero 2002


    SOLO UN CONSEJO y por favor que no se tome de otra manera, ES MEJOR PREVENIR QUE CURAR ¿QUE EMPRESA O TECNICO NO SABE QUE LA CONTRATA ES RESPONSABLE DEL AUTÓNOMO QUE HA SUBCONTRATADO?, mal asunto si es así.

    LO QUE DICE ICM75 VA A MISA, PORQUE LO DICE LA NORMATIVA INDICADA.

    BUSCAR RESPONSABLES POR OTRO LADO ES HUMANO, PERO NO ES LO MEJOR.

    GESTIONAR LA PREVENCIÓN, INTEGRARLA, PLANIFICARLA Y CUMPLIRLA, ESA ES LA LINEA DE TRABAJO.

    saludos y que no tengais que invertir en pagar sanciones lo que se podría haber empleado en seguridad.

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