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  • #1698 Agradecimientos: 0
    Buendias
    Participante
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    noviembre 2006


    Buenas tardes:

    Ha entrado una empresa de arqueología contratado directamente por la promotora. Es necesario que dicha empresa redacte un plan de seguridad y realizar un intercambio de planes con ellos. Gracias

    #83936 Agradecimientos: 0
    pacman
    Participante
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    febrero 2006


    Hombre, pues según la ley sí. Pero quizás, dadas las características del trabajo, podría valer con la evaluación de riesgos que deben de tener hecha por su SPA.

    #83937 Agradecimientos: 0
    El10
    Participante
    1
    0
    marzo 2008

    Iniciado

    Buenas Tardes:

    La empresa de Arqueología es una empresa que tiene la consideración de contratista y ejerce sus actividades dentro de una obra en construcción, luego está obligada como toda contratista a la elaboración del PSS y le resulta de aplicación todo el contenido de PRL del IV Convenio Sector Construccion.

    Saludos

    #83938 Agradecimientos: 0
    Anónimo
    Invitado

    Antes de decidir tu casilla debes pensar en quien y como hace las divisiones, y luego en cual casilla quieres estar.

    EL ámbito de aplicación de la normativa de construcción en PRL tiene una frontera muy muy difusa.

    Verás, el ámbito de aplicación del RD 1627/1997(el que habla de PLANES DE SEGURIDAD) consiste en una definición mala perse:
    “Obra de construcción u obra: cualquier obra, pública o privada, en la que se efectúen trabajos de construcción”
    A nadie en la Real Academia de la Lengua se le ocurriría definir algo como: “piedra rosa o piedra: cualquier piedra, publica o privada, que tenga color rosa”

    a esto añade un listado, que para más inri califica de NO EXAUSTIVO. (este mismo listado, pero esta vez si limitativo, se aplica para la Ley de subcontratación 32/2006)

    en dicho listado no se les ocurre otra cosa que poner en el punto c “consturcción”. ¿a esto lo llaman definir? ¿definir que por el amor de dios?

    los puntos a y b de dicha lista supongo que son los que te preocupan porque hacen referencia a
    EXCAVACIÓN y MOVIMIENTO DE TIERRAS, actividades inherentes a muchas actividades arqueológicas en yacimientos.

    Pero si cualquier movimiento de tierras queda abligado a cumplir la normativa de construcción:
    “la próxima vez que vayáis al OCULISTA porque se os ha metido un GRANO DE POLVO en el ojo, en el trabajo claro, preguntad por el PSS, el coordinador S&S, la inscripción en el REA,etc.”

    Meter a una empresa cuya actividad no necesariamente es de construcción en ese saco es una locura para la empresa y los que rodean su actividad.

    La realidad es que los límites no están claros, y hay mucha gente que tiene miedo de no aplicar construcción por la cantidad de interpretaciones de la misma que se hacen en el dia a día.

    Te sugiero mirar otros comentarios y preguntas sobre donde aplica Construcción y donde no. Yo mismo acabo de debatir este tipo de cuestiones en este mismo foro:

    – “obra sin 1627”
    – “andamios, escafolders riggers???????”

    Antes de tomar la decisión piensa bien donde te metes y como defender tu postura (ninguna posición esta llena de ventajas). Así sabrás si necesitas un Plan de Seguridad y Salud o una Evaluación de Riesgos en sentido estándar.

    #83939 Agradecimientos: 0
    Liatana
    Participante
    0
    septiembre 2008


    Hola, pues en principio sí debería. Como todas las empresas que untervienen en una obra (no autónomos que no tienen obligación de elaborar el plan), tienen que elaborar su plan de prevención con su evaluación de riesgos correspondientes y este plan, igual que los demás, lo tiene que aprobar el coordinador de seguridad. Los riesgos que esta empresa puede generar sobre las otras con las que coincida en la obra, deben ponerse en conocimiento de esas empresas, así como a ellos también se les tiene que informar de los riesgos que generan el resto de empresas con las que coincidan. Lo importante es que todas las empresa que concurren en una obra conozcan TODOS los riesgos que se van a encontrar y que los que generan ellos sean conocidos por las otras empresas con las que van a coincidir, y esto se consigue con el intercambio de esa información y una coordinación por parte del coordinador.
    Hay otra forma de hacerlo, que por lo que he leído en algunos foros, no se si está “bien hecha” pero que se hace mucho (concretamente a mi en el departamento de vivienda de mi comunidad me aconsejaron que la emplease para una de las obras en las que soy coordinador, así que tan mal no estará), y es que el promotor, si va a contartar directamente a empresas, se convierte en contratista, y por tanto puede elaborar él mismo un único Plan, identificando TODOS los riesgos que van a aparecer en la obra en TODOS los trabajos que se vayan a hacer. A cada empresa que vaya contratando le dará copia de la parte correspondiente a los trabajos que van a desarrollar, con sus riesgos y medidas preventivas, y si esta empresa está de acuerdo con el contenido de dicho plan puede ADHERIRSE a él mediante un acta de adhesión al plan, en la que se especificará que tal empresa ha recibido una copia del plan y por lo tanto conoce los riesgos a que va a someterse y que se compromete a cumplir las medidas preventvas que en él se dan. Pero si no estubiese de acuerdo con él o quiere modificar algo puede elaborar su propio plan o añadir lo que le parezca al plan del contratista y esto siempre debe ser aprobado por el coordinador.

    Bueno, esto es lo que yo se, pero mi experiencia en estos temas es bastante limitada porque no llevo a penas tiempo con ello. Aún así espero haberos ayudado.

    #83940 Agradecimientos: 0
    PedroV
    Participante
    19
    15
    mayo 2007


    Iniciado

    Hombre, por fín alguién que está conmigo en la opinión de que tanto la el RD 1627 como la Ley 32/2006 pecan de indefinición en su ámbito de aplicación.

    Evidentemente, una labor de una empresa de arqueología en una obra conlleva labores de excavación, pero normalmente con herramientas manuales debido a que es una labor que se realiza de forma muy cuidadosa para preservar los restos arqueológicos. No emplean maquinaria pesada.

    ¿Debe presentar un PSS? Lo dudo. Normalmente no son trabajos incluidos en el proyecto de ejecución de obra. ¿En que parte del ESS se van a basar? Yo mas bien lo veo como una aplicación del RD 171/2004, coordinación empresarial. El promotor a través del CSS deberá proporcionarles información sobre los riesgos de la obra, asegurar sus condiciones de trabajo y delimitar su area de trabajo para que no acceda nadie más mientras realizan su labor. La empresa de arqueología deberá proporcionas una evaluación de los riesgos de su tarea.

    En cuanto a lo de su inscripción en el REA que alguién ha mencionado, no necesitan hacerlo. Consultad la sección de preguntas frecuentes del Ministerio de Trabajo e Inmigración sobre los ejemplos de empresas y vereis que las asesorías técnicas en obra (eso es una empresa de arqueología) que no están en la dirección facultativa no necesitan inscribirse en el REA.

    #83941 Agradecimientos: 0
    De locos
    Participante
    976
    279
    diciembre 2003


    Sabio

    Estoy de acuerdo contigo.
    Los arqueólogos no van a ejecutar ninguna parte del proyecto ni tampoco van a ejecutar tareas auxiliares al mismo, es decir, no están en el ámbito de la obra aunque desarrollen su trabajo en el interior del centro de trabajo “obra”.
    Por tanto, concurrencia de actividades y aplicación del RD171/04.
    La duda está en quien sería (si hiciera falta) el coordinador de actividades empresariales. Podría ser alguien del titular del centro de trabajo (el contratista principal), pero yo me inclino más a pensar que esa labor la tendrá que hacer el coordinador de seguridad y salud dando las instrucciones precisas a ambas empresas (arqueólogos y contratista principal).

    #83942 Agradecimientos: 0
    ICM75
    Participante
    491
    286
    noviembre 2006


    Super Gran Maestro

    Pues yo, entiendo que NO, salvo que de lo que estemos hablando sea de una restauración arqueológica, en cuyo caso la situación cambia (que igual van por aqui los tiros). Por una razón y es que para mi NO son ni contratistas (ni subcontratistas tampoco, pero bueno para el caso estos no tienen obligación de realizar un PSS) puesto que no ejecutan ni la obra ni parte alguna de la misma, ni siquiera realizan trabajos propios o necesarios (desde el punto de vista técnico) para la ejecución de la misma.

    Por cierto, al hilo de la cuestión, pregunto:

    REAL DECRETO 1627/1997, de 24 de octubre, por el que se establecen disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de construcción. BOE núm. 256 de 25 de octubre

    Artículo 2. Definiciones.

    1. A efectos del presente Real Decreto, se entenderá por:

    h. Contratista: la persona física o jurídica que asume contractualmente ante el promotor, con medios humanos y materiales propios o ajenos, el compromiso de ejecutar la totalidad o parte de las obras con sujeción al PROYECTO y al contrato.

    i. Subcontratista: la persona física o jurídica que asume contractualmente ante el contratista, empresario principal, el compromiso de realizar determinadas partes o instalaciones de la obra, con sujeción al PROYECTO por el que se rige su ejecución.

    ¿Podría interpretarse de esto que para tener la consideración de contratista o subcontratista a efectos de este RD es necesario que haya proyecto?

    #83943 Agradecimientos: 0
    De locos
    Participante
    976
    279
    diciembre 2003


    Sabio

    En este mundo de locos uno ya no sabe qué pensar; pero efectivamente, yo si no hay proyecto, el RD1627/97 lo limito al aviso previo y al cumplimiento de las disposiciones mínimas de seguridad del Anexo I, y por tanto no hay contratistas ni subcontratistas entendidos en el ámbito de una obra de construcción.

    Lo que pasa es que fuera de la construcción también hay contratistas y subcontratistas, aunque en estos casos, por ejemplo, la disposición de recursos preventivos en los trabajos correspondería, a mi modo de ver, a la empresa que genera dichos riesgos (según normativa general).

    #83944 Agradecimientos: 0
    ICM75
    Participante
    491
    286
    noviembre 2006


    Super Gran Maestro

    Si es que yo no se si quien tradujo la directiva, de obras de construcción, sabía lo que yo de ingles (y aún así “aprecio” la diferencia) o es que se quiso pasar de listo (“añadiendo todo”):

    Article 2

    Definitions

    For the purposes of this Directive:

    (a) 'temporary or mobile construction sites' (hereinafter referred to as 'construction sites') means any construction site at which BUILDING or civil engineering works are carried out; a non-exhaustive list of such works is given in Annex I;

    Que, aunque también tiene el significado de construcción, está referido a edificación (o construcción de edificios).

    #83945 Agradecimientos: 0
    PedroV
    Participante
    19
    15
    mayo 2007


    Iniciado

    E-XAC-TA-MEN-TE. Lo llevo dicendo en varios post de este foro y del foro de Seguridad en el Trabajo, la definición de obra de construcción no puede tener la palabra construcción dentro de si misma. Eso no es definir.
    Ahora si ese término lo cambias por edificación, se acoge por tanto a lo recogido en la Ley de Ordenación de la Edificación, en la cual remite a las condiciones en que se necesita proyecto o licencia de obra y por lo tanto sería de aplicación tanto el RD 1627/97 como la ley 32/2006.
    De verdad, cuanto leguleyo incapaz no está haciendo la vida imposible.

    #83946 Agradecimientos: 0
    ICM75
    Participante
    491
    286
    noviembre 2006


    Super Gran Maestro

    Pues sip, pero el problema es que la legislación con la que tenemos que lidiar es la nuestra, no las directivas europeas, y como en la nuestra define obra de construcción como: obra de construcción (de todo), pues agua y ajo (yo incluido).

    #83947 Agradecimientos: 0
    Sirgudlab
    Participante
    612
    188
    noviembre 2007


    Super Gran Maestro

    O sea, que probablemente, lo que Indiana Jones lleva en esa bandolera tan molona, junto con el látigo y la pistola, ¿es una evaluación de riesgos para integrarla en un PSS?

    Creo que se debería especificar si se trata de un estudio arqueológico sin conexión con la obra (la administración de turno obliga a hacer un sondeo arqueológico previo porque es casco antiguo, posible yacimiento, se estaba haciendo el vaciado y aparece un cántaro,…), en cuyo caso se puede entender que no intervienen en la ejecución de la obra; o si dicha intervención sí tiene que ver con dicha ejecución (reconstrucción de un edificio histórico, por ejemplo).

    En función de eso, se podría pedir unas cosas u otras, digo yo.

    Respecto a la duda de la definición del R.D. 1627/1997, el problema no está tanto en los conceptos, sino en que realmente la norma no distingue entre obra con proyecto y sin él (art. 2); simplemente parece que lo da por hecho.

    Cada vez que das las "gracias" pones la sonrisa en la cara de un niño. En la mía, vaya. No seas rata con los agradecimientos.

    #83948 Agradecimientos: 0
    Anónimo
    Invitado

    Esta postura sobre el espíritu de la Directiva la llevo yo defendiendo casi dos años.

    Sugiero leer las versiones en Frances y Alemán (que tienen la mimsma orientación que la inglesa). La italiana si no recuerdo mal es como la Española. Desgraciadamente no puedo seguir más idiomas de la union pero seguro que algun otro forero puede aportar traduccion en más idiomas.

    Debo reconocer sin embargo que aunque estoy seguro de que el BUILDING del ingles iba dirigido a edificación es correcto traducir la palabra por construcción en general (los problemas de la polisemia)

    Pero partimos del problema de que la directiva traducida al Español ya la lió al traducirlo directamente por construccion en vez de meter edificación. Y claro al redactar el 1627 lo echaron todo al saco, para que pensar demasiado….

    Y la realidad es que debemos cumplir la normativa española. Estoy de acuardo en el agua y en el ajo 😉

    #83949 Agradecimientos: 0
    Eduardo Benjumea Rodriguez
    Participante
    0
    febrero 2014


    Totalmente de acuerdo con tu postura.En muchos lugares, fundamentalmente, las ciudades declaradas monumento Historico-artistico, antes de comenzar las obras se hacen una serie de catas para ver si hay restos arqueologicos o no y esta, en mi opinion no necesitarían el PSS, ahora bien una vez que se descubren restos y estos van a formar parte de la edificación, porque lo descubierto va a quedar integrado en la edificación, si entiendo que o necesitan PSS o bien se redacta un anexo al ya existente para contemplar los riesgos inherentes a los trabajos de arqueologia.

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