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javierdeharo.
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una duda. acaban de entrar 5 trabajadores a un departamento nuevo de la empresa. y resulta que estos trabajadores eran de otra empresa, y han venido con sus respectivos aptos médicos ( del mes de mayo de 2009) para el puesto que actualmente van a desempeñar. y por urgencia ya están trabajando
es necesario volver a realizarlos por el servicio de prevención de mi empresa?
Buenos días
Personalmente, la respuesta es sí…
1º- Motivo legal: la redacción de la ley exije que el empresario garantice la vigilancia de la salud al inicio de la prestación… (él, y no otro empresario)
2º- La vigilancia de la salud está (o debe estar) realizada en funcion de la ERL del puesto de trabajo de LA EMPRESA (aplicando los protocolos correspondientes a esa ERL), y no tiene por que coincidir con la nueva empresa, auqnue los puestos sean parecidos.
3º- En el caso hipotético de que pasase algo, como justificas la aptitud médica… ya que el médico que dio el Apto va a decir que no se “hace cargo” de ese RM, ya que lo hico para el puesto X de la empresa Y con los datos de la ERL de X, y por lo tanto no puede certificar que para esa nueva empresa (con la que no tiene relación alguna) sea válido. Al igual, te encontrarías con que tu servicio de vigilancia de la salud diría que no puede certificar la validez de ese Apto, puesto que no ha sido emitido por un facultativo suyo… en definitiva… que te quedarías “solo y sin apto médico”….Te recomiendo que les vuelvas a somter al RM.
Saludos
"Lo más importante que he aprendido: Que nunca se deja de aprender!"
Hola,
Estoy de acuerdo con Oskar76, ahora bien, el puesto puede que les permita negarse a hacer el reconocimiento médico, en ese caso es cuestión de registrarlo.
A mi no es la opción que más me gusta, pero están en su derecho de no hacerlo al no estar obligados.
Salu2todo ingreso, requiere de evalaución por el medico asignado por la empresa.
Lo anterior no es valido los examenes que traeTotalmente de acuerdo con Óskar76, la VS es específica a los riesgos del puesto y éstos se valoran en la ERL, de la que se derivan los protocolos a aplicar… de ahí que sea específica al puesto y empresa.
Saludos
El paso que no das, también deja huella. No se puede abandonar un lugar hasta que se ha llegado al mismo.
www.prevencionista-por-vocacion.blogspot.com
https://www.facebook.com/Aitor-Jaen-Psicologia-y-bienestar-321946794513970/Saludos amigos lectores del foro, no hay a donde perdernos. Los aptos medicos que mencionas tienen la limitante que fueron realizados cuando los trabajadores laboraban para otra empresa. Aunque los puestos puedan coincidir en el tipo de riesgos, deben ser reevaluados para que el empleador pueda contratarlos como aptos para los cargos actuales. Atentamente.
El puesto que actualmente desempeñan en tu empresa podrá ser el mismo en cuanto a la actividad que realizan, pero no tiene porqué ser idéntico, bien por diferente lugar de trabajo, por diferentes equipos de trabajo, por diferente carga de trabajo, etc.
Por ello, el apto médico que para vosotros es válido es el que os de VUESTRO servicio de prevención.No hay duda ninguna en esto.
El apto en VS es para un puesto de trabajo determinado.
Si el RM es obligatorio se le dará cita con el medico del T al que se aportara los resultados mas recientes que tiene. Es el medico el que puede considerar que alguna de las pruebas no sea necesario repetir y tras la exploración necesaria validar el estado clínico que le permita emitir un apto para el puesto de trabajo actual. Es un a buena practica evitar repetir pruebas especialmente las cruentas si no es estrictamente necesario.efectivamente, aunque personalmente y si se trata del mismo puesto de trabajo, con lo mismos riesgos e igual evaluación lo encuentro una estupidez, pero debe repetirse el EESS y tener el nuevo apto, con la nueva empresa de prevención.
De todas maneras he leido que el nuevo carnet de la Construcción , ha valorado este tema y 1 solo EESS tendrá 1 año de validez en diferentes empresas y para un mismo puesto,igual sería la hora de plantearlo en otras actividades laboralesRetomando este tema, os planteo otra situación, y me dais vuestras opiniones.
Como dice el último post: “el nuevo carnet de la Construcción , ha valorado este tema y 1 solo EESS tendrá 1 año de validez en diferentes empresas y para un mismo puesto” Si esto es válido, supongamos que un trabajador pasa reconocimiento en la empresa X, y antes de que pase un año deja de trabajar ahí y empieza a trabajar en la empresa Y, que se dedica a lo mismo, y va a desempeñar el mismo puesto de trabajo. La empresa Y le pide a la empresa X el certificado de aptitud de este trabajador. ¿Puede la empresa X facilitar el apto?
Gracias.
Mi opinión es que no puede, pero no por un tema de PRL, sino por cumplimiento de la Ley Orgánica de Protección de Datos (LOPD).
Si la empresa X no tiene autorización expresa del trabajador, no puede ceder a la empresa Y los datos personales de éste.
¡Para que luego digan algunos que la crisis no afecta a PRL. Lo que hacen algunos para ahorrarse 50 ó 60 euros de un RM!
Saludos.
Mi opinion es NO porque la vigilancia de la salud y el apto debe ser dado para los riesgos concretos a que el trabajador va a estar sometido y NUNCA de forma tan generica porque no hay dos empresas iguales por muy parecidas que sean. Por otra parte habría problemas de confidencialidad de datos (cesión de datos de especial protección de la empresa A a la B y necesitaría el consentimiento EXPRESO por parte del trabajador)
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