Viendo 13 entradas - de la 16 a la 28 (de un total de 28)
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  • #329192 Agradecimientos: 0
    ktm
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    octubre 2002


    Jujosa, como he dicho anteriormente yo no me tomo a mal ninguna de las respuestas ya que como dices tienes toda la razón al desconocer los detalles.
    La respuesta de Runpro (muy correcta, la verdad es que no había caido en el art.25) es acertada: efectivamente la empresa ante el riesgo patente NO envió al trabajador a trabajar (lo hizo al principio con las consecuencias mencionadas).
    Por otra parte comentas que el SPA y la mutua han cumplido su misión. Puedo entender lo de la mutua, pero el SPA (corregirme si me equivoco) tiene que evaluar la aptitud del trabajador para realizar LAS FUNCIONES DE SU PUESTO (en este caso todas ellas encima de una escalera)y no su aptitud para realizar otras actividades de la empresa. A mi entender un apto con limitaciones para subirse a una escalera = no apto para SU PUESTO, que repito, creo que es el objeto del RM.
    Por otra parte, he reconocido antes que no es etico el que la SS corra con esos gastos, pero entre otras razones ya expuestas, es una forma que tiene el trabajador de recurrir un alta a todas luces mal dada (sin curación completa) por parte de la mutua, tal y como posteriormente reconoció un Juzgado.
    En cuanto a lo de las responsabilidades, por experiencia sé que la empresa tiene todas, las suyas, las de las subcontratas, las que corresponderian al SPA, las tributarias, las laborales,etc. El problema es precisamente éste, que ante cualquier problema derivado de la ley de prevención la empresa es la responsable (aunque no sea culpable) de todas ellas. La empresa no debería ser responsable de las consecuencias de un alta médica mal dada (mutua o SS), de un RM mal hecho, de una eváluación de riesgos incompleta, etc… Por cada uno de ellos te puedo poner un ejemplo en el que la empresa ha sido considerada responsable única (Inspección de Trabajo, Juzgados de lo Social). Y lo que es más importante, si hay un indicio aunque sea remoto de que el trabajador pueda tener otro accidente a consecuencia del anterior, la empresa hará todo lo posible para que de acuerdo con el trabajador éste no se vea afectado.

    #329193 Agradecimientos: 0
    Anonymous
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    diciembre 2008

    Iniciado

    Estimados compañeros:
    Yo soy responsable de vigilancia de la salud en una empresa autoaseguradora en accidentes de trabajo. Yo hago los reconocimientos, doy las bajas,las altas, se cuando hay cambios de puesto disponibles y cuáles son las condiciones sociales y familiares de un trabajador si le dan una incapacidad o le despiden. Con este rollo lo que quiero decir es que los conflictos de intereses se pueden resolver en cada caso con una buena coordinación.
    Si la mutua da altas como sea, el SPA da aptos con limitaciones, la empresa no quiere a nadie que no esté el 100% y el sindicato organiza barricadas si alguien pronuncia “incapacidad sobrevenida”, el acuerdo no es posible. Si la gente se reune y valora las posibilidades reales de las soluciones a tomar, sí lo es. Otra cosa es que muchas veces cada unto tire para casa (más o menos presionado)o tenga tanto trabajo que estas reuniones no se produzcan.
    El trabajador se va al médico de la seguridad social porque no puede trabajar y tampoco le dan una baja. No se si su convenios de empresa complementa su sueldo al 100%, pero en cualquier caso creo que lo hace pensando desde el principio en abrir una aclaración de contingencias e ir a juicio si hace falta. La empresa le apoya en esa decisión, no cree que el trabajador esté simulando. Desde el punto de vista de la empresa, el trabajador es el que la mantiene funcionando, así que hay que darle lo que pida (excepto a los sinvergüenzas). Las operarias de mi empresa son las que pagan mi sueldo cosiendo trajes de Emidio Tucci, mi trabajo consiste en que no se lesionen y no les duela nada para que puedan seguir haciéndolo. Si entendiese la vigilancia de la salud como un sencillo mandato de la LPRL y la ILT como un coste, no estaría haciéndolo bien, son diferentes aspectos encaminados a mantener el recurso humano vital para cualquier empresa en funcionamiento. Asumo que si se externalizan las cosas, siempre hay conflicto de intereses, pero quizás los SPA y las Mutuas deberían entender un poco que el cliente es el que marca las prioridades en este equilibrio y no siempre es así.
    Un saludo

    Javier

    #329194 Agradecimientos: 0
    ktm
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    octubre 2002


    Una respuesta para quitarse el sombrero Javier. Creo que con ella no tiene sentido por mi parte seguir con el tema. Gracias.

    #329195 Agradecimientos: 0
    Anonymous
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    diciembre 2008

    Iniciado

    Gracias a ti. Las buenas intervenciones de gente que no es sanitaria en el foro de medicina del trabajo, son enriquecedoras, un verdadero soplo de aire fresco
    Un saludo

    Javier

    #329196 Agradecimientos: 0
    yolaren
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    enero 2009


    Un apto con limitaciones es para indicar que un trabajador no esta en condiocnes de realziar ciertas tareas ” X” de su trabajo. Aveces por el tipo de trabajos se pueden dar situaciones como que no se peuden subir a escaleras por tner vertigo. La empresa no tiene la culpa de que el trababjdor tenga vertigo y si peude la dara tareas en al que no haya escaleras. En el caso del tecnico si todo el trabajo es de escaleras y tieneproblemas para subir y bajar de ellas esta limitado a ese punto. Puede que el SPA de medicina del trabajo no se haya querido pillar las manos firmando un no apto por las consecuencias que tiene para el trabajador ( o hay puesto compatible o el trabajador es despedido com oya se indico anteriormente) A mi me paso ese mismo caso pero con un operario de un taller de mecanizacion, le dan un apto con restricicones que eran no manejar mauinaria, no mamipular pesos y no permanecer mucho tiempo en posicion estatica. Ya me direis en un taller de mecanizacion donde lo colocabamos. El SPA de vigilancia le fifrmo el apto con restricicones y luego queria pasarme el marron a mi. El truco esta en que el trabajador habia pasado el EBI y le habia dicho que estaba acto para el puesto.

    Resumiendo el SPA para no pillarse los dedos os pasa el marron. Que le trabajador intente alargar la baja (18 meses salvo qeu haya cambiado) e ir al tribunal de incapacidad y a ver si le toca.

    #329197 Agradecimientos: 0
    ktm
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    octubre 2002


    100% de acuerdo

    #329198 Agradecimientos: 0
    Runpro
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    febrero 2005


    Error de concepto:
    “SPA (corregirme si me equivoco) tiene que evaluar la aptitud del trabajador para realizar LAS FUNCIONES DE SU PUESTO”

    Efectivamente, te corrigo. Un técnico de SPA NO EVALÚA LA APTITUD de un trabajador, evalúa SU PUESTO DE TRABAJO. Qué instalaciones, qué equipos, qué condiciones de seguridad, qué ambiente físico, químico, etc., qué requerimientos físicos y mentales, qué condiciones psicosociales. Todos esos ámbitos de riesgos son evaluados y calificados, pero siempre referido al puesto de trabajo.

    Si entre esas caracaterísticas del puesto de trabajo se encuentra la de subir escaleras, el técnico no evalúa lo bien o mal o regular que el trabajador sube las escaleras debido a un dolor o a un problema físico. Eso lo hace el servicio médico del trabajo. El SPA se limitará a dejar constancia de la posible existencia de sensibilidades especiales que han de evaluarse con un examen en profundidad.

    #329199 Agradecimientos: 0
    ktm
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    octubre 2002


    Perdona que te corrija o en su caso que matice tu respuesta, ya que me sorprende un poco la misma:
    Cuando me refiero al SPA me estoy referiendo a la disciplina de Medicina/Vigilancia de la Salud y no a las disciplinas técnicas. Por tanto mi concepto no es en absoluto erroneo, ya que el medico de vigilancia de la salud, es decir, quien hace el RM del trabajador en función de su puesto y de la evaluación de rrrll del mismo que le ha proporcionado la empresa, es personal de un SPA. Como bien sabrás son 4 las especialidades que debe, si asi opta por ello la empresa concertar con un SPA : seguridad, higiene, ergonomia-psicosociologia y vigilancia de la salud. Salvo las grandes, la inmensa mayoria de las empresas tienen concertada con un SPA las 4 (en nuestro caso con 2 SPÂ distintos: uno para las tecnicas y otro para la vigilancia de la salud). Si la empresa tuviera como modelo de prevencion un SPP con la vigilancia de la salu incluida (lo habitual de los SPP es tener solo las técnicas y concertar la vigilancia) el médico seguiría siendo personal de un SP, en este caso propio.
    Un saludo.

    #329200 Agradecimientos: 0
    William T. Fine
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    noviembre 2006


    Un paso por la integración de la medicina del trabajo en el SPA; a veces esta tan creado el esquema que olvidamos los principios, y me incluyo en esto.

    #329201 Agradecimientos: 0
    Runpro
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    febrero 2005


    Efectivamente, fallo mío al considerar tu valoración del SPA en cuanto al aspecto técnico y no en cuanto al médico.
    Nuestra deformación profesional tiende a separar ambos mundos con demasiada facilidad.

    Saludos

    #329202 Agradecimientos: 0
    ktm
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    octubre 2002


    A todos se nos ve el plumero. Seguro que vosotros desde un principio os habreis dado cuenta que yo no soy medico y que por mis planteamientos, estoy “del lado” de la empresa (soy rble de rrhh, efectivamente). Cada uno ve el tema desde su prisma particular y su experiencia. De ahí viene mi interés en el debate sano de las cuestiones planteadas, se aprenden muchas cosas. Hablar con colegas profesionales no enriquece tanto, ya que la deformacion profesional nos hace tener puntos de vista muy similares.

    #329203 Agradecimientos: 0
    Gerardo Torres
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    octubre 2003


    Sin entrar en valorar las respuestas dadas (de todas ellas siempre se aprende algo), sí que quiero hacer una pequeña puntualización a Ktm (y perdonad que sea tan legalista, pero la medicina del trabajo tiene muchísimas connotaciones legales).
    Me explico. El Reglamento de los Servicios de Prevención, en su artículo 37.3.2º (Funciones de nivel superior) dice: En materia de vigilancia de la salud, la actividad sanitaria deberá abarcar, en las condiciones fijadas por el artículo 22 de la Ley 31/1995, de Prevención de Riesgos Laborales “Una evaluación de la salud de los trabajadores que reanuden el trabajo tras una ausencia prolongada por motivos de salud, con la finalidad de descubrir sus eventuales orígenes profesionales y recomendar una acción apropiada para proteger a los trabajadores”.
    Por lo tanto, este trabajador debió ser remitido al Médico del Trabajo tras ser dado de alta por la Mutua y antes de reincorporarse a su actual puesto de trabajo. De esta forma, posiblemente se hubiese evitado el segundo accidente.

    Y viene esto a cuento porque en mi empresa (que no es pequeña precisamente y tiene un magnífico SP), hace 3 años un trabajador nuestro (administrativo para más detalles), estuvo de Incapacidad Temporal durante 8 meses por hipertensión arterial (enfermedad común). Fue dado de alta por su médico de familia sin secuelas, pero la empresa, por motivos que no viene al caso, no me lo remitió y yo no lo pude valorar (no se cumplió dicho art.) Al cabo de 9 meses, sufrió un infarto en su puesto de trabajo y falleció.
    Independientemente del drama humano que supuso este hecho e independientemente de que la empresa lo consideró accidente de trabajo desde el primer momento, intervino la Inspección de Trabajo y multó a la empresa con una sanción grave por falta en materia de seguridad y salud laboral, y a fecha de hoy, aún está en los tribunales.
    Por supuesto que hemos aprendido la lección.
    Saludos

    #329204 Agradecimientos: 0
    ktm
    Participante
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    octubre 2002


    Estoy de acuerdo. En nuestro caso se le envió a trabajar porque la cita para el RM se le pidió el primer dia que se reincorporó y la cita nos la dieron para 20 dias más tarde. Posiblemente está mal hecho por nuestra parte aunque en teoria y legalmente que no sea reprochable. Se le puso de ayudante de otro técnico (los tecnicos van sólos)hasta que pasara el RM. De esta forma se evitaba en lo posible el que realizara trabajos que pudieran ocasionarle otro percance. El problema de las citas para los RM es otra pelea en la que tanto los SPA como las empresas tienen vcada uno su parte de razón.
    Un saludo!

Viendo 13 entradas - de la 16 a la 28 (de un total de 28)
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