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  • #22677 Agradecimientos: 0
    nauta
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    julio 2002

    Iniciado

    Como siempre las leyes son tan ambiguas y generales, que espero que me ayudeis a interpretar la ley en relacion a mi puesto de trabajo. Soy Marino Mercante, y en el buque en el que realizo mi trabajo como Jefe de Maquinaa, ademas de tener por asi decirlo mi casa a bordo ya que durante tres o cuatro mese los pasamos en el buque en el que no solo se comparten los espacios de trabajo, sino tambien comedores, habilitaciones, y zonas de recreo. en los puestos de trabajo esta prohibido por ley el fumar, pero en el resto que se puede hacer, no son muchos los fumadores pero molestan bastante, y que autoridad puede tener el Capitan como responsable del buque para poder imponer su criterio encontra la nueva ley.

    #196902 Agradecimientos: 0
    Fuga23
    Participante
    0
    octubre 2003


    hola. yo tambien soy marino mercante, pero prefiero estar en tierra. Hice la diplomatura en puente. Soy de Santander.En el caso de un buque, el maximo responsable que debe hacer cumplir todas las leyes es el capitan, incluida la ley antitabaco. es un barco español y como tal le rigen las leyes españolas, y al estar en un barco español aunq estes en aguas interiores de otro pais, las leyes las rige el pais de donde es el barco. Lo q le tienes q decir al capitan q en un barco solo se puede fumar en la cubierta, cuando estas al aire libre, y que el barco es un centro de trabajo, por lo que no se puede fumar en espacios cerrados. LA cosa es complicada porque claro ahi no os van a venir a ver si fumais cuando estais en medio del pacifico… pero la teorica es esta.. por supuesto si llevais petroleo o cualquier otra sustancia pues no se podria fumar ni en cubierta ni nada. un saludo.

    #196903 Agradecimientos: 0
    boisso – rojo
    Participante
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    noviembre 2002


    Analizalo desde el punto de vista salud ambiental. Máxime si estás en un buque y los espacios son reducidos y confinados. Tu mismo has dado con la respuesta; pues el Capitan DEBERA decretar un reglamneto interno en el cual se prohiba el consumo de cigarrillo en area confinadas, y permitir hacerlo unicamente en cubierta.

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