Viendo 13 entradas - de la 1 a la 13 (de un total de 13)
  • Autor
    Entradas
  • #29769 Agradecimientos: 0
    Rachely
    Participante
    0
    abril 2004


    La obligación de información a la autoridad laboral de la apertura del centro de trabajo, contemplada por el RD 1627/1997 de obras de construcción en su art. 19 corresponde al promotor o a cada uno de los contratistas y subcontratistas? Ha de hacerse únicamente en obras que exijan Proyecto (y por tanto PSS) ? Aunque creo que tengo las ideas claras cuanto más leo el RD y la Guía Técnica más dudas me surgen… Gracias.

    #224595 Agradecimientos: 0
    berbo
    Participante
    0
    agosto 2004


    La habitual es que lo presente el promotor exista o no Proyecto.

    #224596 Agradecimientos: 0
    xirgu
    Participante
    159
    87
    junio 2002


    Maestro

    PARA BERBO: ¿Cómo que es lo habitual que lo presente el promotor? Convendría que leyeras más a fondo las preguntas de los foristas y reflexionaras más las respuestas, porque no es ni la primera ni la segunda vez que das, a mi parecer, una respuesta errónea o ¿es habitual que el Ministerio de Fomento haga Apertura del Centro de Trabajo en todas las obras de la que es promotor?. Exceptuando algunos casos en los que el promotor dispone de trabajadores de forma permanente en la obra.

    Y la respuesta: La obligación de realizar apertura de centro de trabajo corresponde a los contratistas y dependiendo de la provincia y el criterio de Inspección en la misma, a los subcontratistas, por lo que si hacen la apertura TODOS aciertas siempre. La apertura de centro de trabajo es independiente de la existencia o no de proyecto. En mi provincia si no hay proyecto y por lo tanto Estudio o Estudio Básico y por ende Plan de Seguridad y Salud, algunos contratistas que están intentando hacer las cosas bien, entregan una Evaluación de Riesgos, la salvedad es que hay un mes para realizarla desde que se inicia la obra por lo que si la duración es inferior a un mes no se suele realizar la apertura, aunque se debería.

    La obligación del Promotor es redactar y sellar el Aviso Previo y en su caso, el nombramiento del Coordinador.

    #224597 Agradecimientos: 0
    Don Prevencio
    Participante
    80
    22
    febrero 2002


    Experto

    Bueno, bueno, bueeeeeeeno… No entiendo algunas contestaciones, parece que a Xirgu le pasa lo mismo que a mí. Deberíamos ser más respetuosos con quien pregunta e intentar contestar cuando tengamos la cosa “medianamente clara” y tras conocer la normativa legal al respecto, y en este caso el derecho objetivo, la norma legal escrita, es bastante clara. Veamos:

    1º.-) En el ámbito del RD 1627/1997 la obligación del Comunicado de Apertura de Centro de Trabajo corresponde al Contratista que presentará junto a su Comunicado su PSS acompañado del Acta de Aprobación correspondiente (hay “autoridades” laborales que no exigen el Acta) extendida por el Coordinador en Obra.

    2º.-) Dentro de ese mismo ámbito el Promotor estará obligado a realizar el Aviso de Comienzo de Obra en el que figurarán los Contratistas, Subcontratistas, etc., según figura en ese RD.

    3º.-) En principio son afectadas por ese RD las obras en las que exista un Proyecto de Ejecución de Obra que incluirá un ESS o un EBSS, según sea el caso y detallado en el citado RD. Precísamente de ese ESS o del EBSS se derivará/n el PSS o los PPSS que realizará cada Contratista según le indicaba en el punto 1º. No quiere decirse que las obras sin Proyecto no haya que aplicar ninguna norma de PRL, pues les son de aplicación, por decirle algo brevemente, la Ley 31/1995 y toda la normativa de desarrollo de la misma.

    4º.-) Cualquier empresa que vaya a comenzar una actividad o abra un nuevo centro de trabajo está obligada a comunicarlo a la autoridad laboral. Bien que hay ciertas actividades que por su elemental temporalidad en algunos centros de trabajo la llamada “autoridad laboral” suele tolerar que no se le informe en esos casos de breve duración teniendo el Libro de Visitas de esos “fugaces” centros de trabajo en su domicilio social. Pero todo este punto 4º. fuera del RD 1627/1997.

    #224598 Agradecimientos: 0
    Ing. Hector
    Participante
    0
    diciembre 2003


    lamento no poder ayudarte

    #224599 Agradecimientos: 0
    svg
    Participante
    0
    octubre 2002


    Totalmente de acuerdo con Xirgu y Don Prevencio. La apertura del centro de trabajo, sea cual sea el ambito de trabajo de las empresas es obligatorio para todo el mundo. Aunque al tener un plazo de 30 dias se pueda hacer la vista gorda en algunas ocasiones.

    En mi comunidad la autoridad laboral lo solicita para todas las empresas.

    #224600 Agradecimientos: 0
    wuan
    Participante
    0
    enero 2005


    Le remito a LA ORDEN DE 29 DE Abril de 1999 BOE 124 DE 25 DE mayo.

    #224601 Agradecimientos: 0

    La obligación de apertura de centro de trabajo es aplicable a todos los “ejecutantes” de una obra, aunque según provincias hay diferentes criterios, por lo menos en Bizkaia se suele tolerar el no realizar apertura de centro de trabajo para actuaciones puntuales en la obra, aunque lo recomiendan. También es cierto que la forma de hacerlo suele variar, en el numero de copias del PSS, Acta de aprobación del PSS por parte del Coordinador de Seguridad y Salud, …

    En las obras de relevancia bajo mi responsabilidad, para fases de obra que se vayan a alargar en el tiempo, trabajos considerados peligrosos,… suelo solicitarselo a todas las contratas y subcontratas.

    #224602 Agradecimientos: 0
    pepo alares
    Participante
    0
    enero 2004


    -DEBE DE NOTIFICARSE CADA CONTRATISTA , SUBCONTRATISTA Y AUTONOMOS

    -SE DEBE DE HACER, EXISTA O NO PROYECTO.

    -ESO NOS PASA A CASI TODOS

    #224603 Agradecimientos: 0
    berbo
    Participante
    0
    agosto 2004


    Cuando digo que será el promotor, es porque en mi Comunidad así está establecido, no veo que pongan el grito en el cielo algunos…….

    #224604 Agradecimientos: 0
    berbo
    Participante
    0
    agosto 2004


    Rachely: Como ampliación a la breve respuesta a tu pregunta, y ante la extrañeza de la misma para algunos, he consultado a la D.G. Trabajo de mi Comunidad, el por qué la apertura la debe realizar el promotor, y cuya contestación se basa por motivos administrativos y de funcionalidad, donde desde hace un tiempo para acá, dicha apertura viene siendo canalizada a través de promotor, o bien contratista principal, en representación de las restantes contratas /subcontratas.

    Sabemos que según el art. 19 del RD 1627 y de la Guia Técnica, esto no debe ser así, ya que claramente establece que serán los contratistas, quienes deben comunicar la apertura previa o reanudación de actuvidades, con sus respectivos PSS. Hasta aquí, ok.

    La Adminsitración es muy libre de exigir u optar por tal decisión, aunque en éste caso modifique la norma.

    Por tanto, sin ánimo de crearte confusión al respecto, y esperando que esto no se repita en otras Comunidades, que sepas al menos, que esto se dá en la mía.

    P:D.- Una llamada a los dos foristas que se extrañaron con mi respuesta, que sepan que cuando me pronuncio en este foro, lo hago con argumento y causa, quizás pecando en este caso de justificar o ampliar aún más la pregunta, tal como lo he hecho ahora.

    Que no se pongan nerviosos, y dejen de criticar a los que con la mejor voluntad queremos aportar nuestra opinión, cosa que no sólo me ha sucedido a mí, por lo que he leido en otras respuestas. Así que, relajaros y tengamos la misa en paz.

    Un saludo.

    #224605 Agradecimientos: 0
    chacal
    Participante
    0
    junio 2002


    Berbo: ¿Cuál es tu comunidad?

    #224606 Agradecimientos: 0
    Sivert
    Participante
    0
    agosto 2004


    Viendo las diferencias de criterios de una comunidad u otro, la verdad es que aun no estando de acuerdo con tu primera respuesta , jamas te hubiera crucificado por ello y mucho menos, claro, despues de haberla justificado. Creo sinceramente que si el objetivo de responder es ayudar y no entrar en discusones de forma, hay que por un lado, responder justificando la respuesta con un: creo, opino o aqui se hace así etc. Y ESTO VA PARA TODOS , incluidos los mas expertos de los expertos que custionan en demasia a los demas, aunque a veces se lo merezcan, que no es el caso. Por otro lado hay que tener en cuenta la experiencia teorica de muchos y la practica de otros. En fin, la paz sea con nosotros. Por cierto, no es que espere a que responda la gente para dar mi opinion,,es que tengo muy poco tiempo en oficina ultimamente. Que suerte los que pueden responder u opinar a todas las cuestiones. saludosss

Viendo 13 entradas - de la 1 a la 13 (de un total de 13)
  • El debate ‘ APERTURA DEL CENTRO DE TRABAJO’ está cerrado y no admite más respuestas.