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  • #14882 Agradecimientos: 0
    PREVENTIONA
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    enero 2006


    Alguien me podría decir si cuando se abre otra oficina distinta de la sede principal tendría realizar la apertura de centro de trabajo y diligenciar otro libro de visitas para esa oficina o vale el de la sede principal. GRACIAS…..

    #154817 Agradecimientos: 0
    ICM75
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    noviembre 2006


    Super Gran Maestro

    Para obras de construcción:

    Todas las empresas contratistas y subcontratistas presentes en la obra que tengan trabajadores a su cargo, deberán realizar la correspondiente apertura de centro de trabajo en un plazo no superior a 30 días desde el inicio de su actividad en la obra, entendiéndose como tal el que figurara en la autorización de inicio de sus trabajos.

    Todas las empresas contratistas, subcontratistas y trabajadores autónomos presentes en la obra deberán disponer en obra del pertinente Libro de Visitas de la Inspección de Trabajo. De dicha obligación estarán exentas aquellas empresas que cuenten con centros de trabajo con permanencia inferior a treinta días en los que empleen seis o menos trabajadores, utilizándose a tales efectos el del centro en el que se encuentre domiciliada la empresa en la provincia de que se trate.

    #154818 Agradecimientos: 0
    Oskar76
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    noviembre 2004


    Gran Maestro

    Todo centro de trabajo en el que se vaya a realizar actividad, cumpliendo los requisitos marcados por la ley, debe tener su correspondiente apertura de centro… en este caso, esas oficinas deben tenerlo siempre que se vaya a mantener una continuidad en las mismas de un mes o mas. Este límite temporal no lo marca la ley, si no la lógica, ya que tienes ese plazo para realizar la apertura de centro, y si no vas a estar este tiempo, no tiene sentido (adminitido por la propia administración) hacer la apertura de un centro en el que ya no estás.
    Un saludo

    "Lo más importante que he aprendido: Que nunca se deja de aprender!"

    #154819 Agradecimientos: 0
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    febrero 2007


    Al realizar la Ap. del CT, ¿que debe presentar?

    #154820 Agradecimientos: 0
    4444
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    febrero 2007


    Al realizar la Ap. del CT, ¿que debe presentar?

    #154821 Agradecimientos: 0
    PREVENTIONA
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    enero 2006


    el plan de seguridad y salud junto con unos documentos que tienen emitido la Autoridad Laboral

    #154822 Agradecimientos: 0
    Oskar76
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    noviembre 2004


    Gran Maestro

    Buenas tardes
    Si me hablas de unas oficinas
    Tienes que presentar la evaluacion de riesgos de las mismas.

    "Lo más importante que he aprendido: Que nunca se deja de aprender!"

    #154823 Agradecimientos: 0
    PREVENTIONA
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    enero 2006


    llevas razón Oskar76

    #154824 Agradecimientos: 0
    alguz
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    marzo 2005


    Lo que decis es verdad. Es lo que marca la Ley.
    Pero lo cierto es que no me he encontrado nunca ningun Inspector que nos pidiera un LIBRO DE VISITAS especifico para cada obra=centro de trabajo. A pesar de que sí se abre un CENTRO DE TRABAJO por cada obra, pero se mantiene un único libro de visita para la empresa. Nunca nos han puesto ningun problema por tener un único libro. Ni la Inspeccion de Trabajo ni la de Seguridad.

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