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  • #9272 Agradecimientos: 0
    Jarbos
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    febrero 2007


    Me encuentro que me solicitan la apertura de centro de trabajo para una empresa que ha estado trabajando 'in situ' en esa obra no más de un día. Esta misma empresa (instaladora) realiza trabajos en obra, en vía pública, etc… reparando averías eléctricas, por lo que dedica generalmente pocas horas para cada trabajo.
    Entonces, ¿debe hacer aperturas de centro o al menos informar (en este caso a la generalitat) por medio de algún documento en cada trabajo? Porque si es así sería una locura.
    Hay una leyenda urbana que dice que se debería realizar siempre apertura, aunque sea obra menor, por medio de una 'apertura itinerante', que pertenece a una duración menor de 30 días, sin PSS, etc.
    ¿Cuáles serían los límites exactos (si es que existen) por actividad, duración, núm trabajadores, … para realizar una apertura de centro?
    ¿Existe esta 'apertura light' cuando son centros de trabajo menores (de corta duración, etc.)?

    Muchas gracias

    #126597 Agradecimientos: 0
    patri_7
    Participante
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    agosto 2007


    buenas,

    la apertura de centro de trabajo se suele abrir cuando la duracion es superior a 30 dias y/o va a haber mas de 6 trabajadores… por lo menos es lo que me dijeron en la delegacion territorial de bizkaia.

    aun asi, ponte en contacto con la delegacion de tu provincia y que te informen…

    #126598 Agradecimientos: 0
    ICM75
    Participante
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    286
    noviembre 2006


    Super Gran Maestro

    La apertura de centro de trabajo hay obligación de hacerla SIEMPRE. Otra cosa es que tengas un plazo de un mes para hacerla y que cuando acabas antes de terminar el plazo pues como ya te has ido no la hagas, pero si te la exigen …

    Lo mejor, pregunta a quien te la esta exigiendo.

    #126599 Agradecimientos: 0
    NOACCIDENTENT
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    septiembre 2007


    MIra la Guia Tecnica del RD 1627/1997 en la pagina del insht que lo aclara perfectamente…no te lo digo para que lo leas…

    #126600 Agradecimientos: 0
    emod
    Participante
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    septiembre 2004


    En este caso Consulta a la inspección provincial a donde se tenga que comunicar la apertura. Por escrito. saludos. ah.., y nos cuentas.

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