Viendo 15 entradas - de la 16 a la 30 (de un total de 31)
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  • #377105 Agradecimientos: 0
    nano123
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    noviembre 2009


    Porque no colgarlos una altura 993 ± 3,5 mm.

    Seamos logicos, se deben colocar en un sitio accesible,sin colocar obstaculos delante o encima que imposibiliten su accesibilidad o dificulten su uso, golgados a una altura de facil manipulación y uso, deben estar correctamente señalizados, deben estar en correcto estado haciendo las revisiones visuales correspondioentes y retimbrados cuando corresponda, es decir un buen matenimiento. Cumplir sencillamente con la normativa.
    ¿Que manera de liar las cosas, o no?

    #377106 Agradecimientos: 0
    Sirgudlab
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    noviembre 2007


    Super Gran Maestro

    Ay, recomendaciones, recomendaciones…

    Si la norma da una recomendación habrá que seguirla, siempre que sea preceptivo:
    En una tienda donde el dueño me dice que no quiere colgar el extintor porque es antiestético, ya sé lo que va a pasar con es de ponerlo en el suelo. Por supuesto que en el suelo, pero en el rincón más oscuro, sórdido e inaccesible que haya (igual que esos marginados del baile de fin de curso que salen en las películas americanas, ahí en una esquinina).

    Pero también habrá casos en los que no: Si yo pongo extintores a 1,70 cm su parte más alta, en una empresa con personas de talla baja (por ejemplo, una asociación de personas con una afección de tipo congénito de este tipo), el día que haya un incendio morirán todos calcinados gracias a mi estupenda ER.

    Resumiendo: pienso que habrá que evaluar cada caso (ventajas e inconvenientes) y actuar en consecuencia, más que coger lo de “colgar el extintor” como una regla indubitada. Pero vamos, que es sólo una opinión.

    Cada vez que das las "gracias" pones la sonrisa en la cara de un niño. En la mía, vaya. No seas rata con los agradecimientos.

    #377107 Agradecimientos: 0
    Anonymous
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    diciembre 2008

    Iniciado

    En nuesrto País(Argentina) está reglamentado 1,70 m debe colocarse el soporte del extintor. Cualquier otra aclaración, se lo suministro.

    #377108 Agradecimientos: 0
    Anonymous
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    diciembre 2008

    Iniciado

    Hola joven, para tu orietacion busca la norma de la National Fire Protection Association NFPA, explicitamente la No 10 NFPA 10, aqui encontraras todo lo relacionado con altura, marcacion, nomenclatura, tipos, tamaños, distancias, areas de coverturas etc. respondera mas de tus necesidades o preguntas actual.

    buen dia,

    #377109 Agradecimientos: 0
    67613
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    febrero 2004

    Iniciado

    Pues ya te estoy diciendo que en el manual de isntrucciones del fabricante pone: 'DESCOLGAR' el estintor de la pared.

    #377110 Agradecimientos: 0
    pushko
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    noviembre 2009


    EN MEXICO LA NORMA NOM-002-STPS ESTABLECE UN MINIMO DE 10 CM. Y UN MAXIMO DE 1.50 M. LA ALTURA MINIMA ESTA DADA PARA EVITAR QUE EL EXTINTOR SUFRA DAÑO POR HUMEDAD Y LA MAXIMA PARA MANIOBRABILIDAD POR LA ALTURA PROMEDIO DEL MEXICANO.

    #377111 Agradecimientos: 0
    Don Prevencio
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    22
    febrero 2002


    Experto

    Totalmente de acuerdo con usted “Compe83”.
    Yo suelo recomendar que se encuentren en el suelo porque es la manera más cómoda para manejarlos, bien que deberán ir acompañados de una señal que indi

    #377112 Agradecimientos: 0
    Don Prevencio
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    22
    febrero 2002


    Experto

    Totalmente de acuerdo con usted “Compe83”. Yo suelo recomendar que si es posible y no entorpece el tránsito peatonal y rodado se sitúen en el suelo porque es la forma más cómoda de manejarlo o al menos de comenzar su manejo, si bien deberán estar debidamente señalizados para saber dón de están. . .

    #377113 Agradecimientos: 0
    Anonymous
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    diciembre 2008

    Iniciado

    EN MEXICO NUESTRA LEGISLACION LO DICE ES LA NOM 002 STPS, AHI NOS MARCA ALTURA MAXIMA DEL PISO AL SOPORTE DEL APARATO 1.50 MTS. Y ALTURA MINIMA DEL PISO A LA BASE 10 CMS. LO CUAL ES PARA EVITAR DAÑOS POR HUMEDAD AL CUERPO DEL TANQUE ADEMAS DE FACILITAR IGUALMENTE EL TOMARLO DEL PISO.

    #377114 Agradecimientos: 0
    syaeform
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    diciembre 2009


    Leafar 103:
    Lo de los 10 centímetros aparece en la Norma Técnica de Extintores de CEPREVEN, pero no es de obligado cumplimiento; pueden estár en el suelo y únicamente es recomendable ponerlos sobre una base plástica o de madera, con el fín de que si hay humedades estas no afecten al cuerpo del aparato. Lo único normalizado es que la altura máxima, en su parte más alta, debe ser 1,70 metros.

    #377115 Agradecimientos: 0
    fal
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    enero 2002


    Me parece muy bien que ponga “descolgar” en el manual de instrucciones del extintor, pero estarás conmigo que por encima de ese manual está lo que diga la legislación: en este caso el RD 1942/1993 (Reglamento de Instalaciones de Protección Contra Incendios), que en el punto 6.3 del Apéndice dice textualmente “El emplazamiento de los extintores permitirá que sean fácilmente visibles y accesibles, estarán situados próximos a los puntos donde se estime mayor probabilidad de iniciarse el incendio, a ser posible próximos a las salidas de evacuación y PREFERENTEMENTE sobre soportes fijados a paramentos verticales, de modo que la parte superior del extintor quede, como máximo, a 1,70 metros sobre el suelo.”
    No dice que sea obligatorio, así pues si no está prohibido está permitido.

    #377116 Agradecimientos: 0
    Ergow.COM
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    diciembre 2006

    Iniciado

    Lamentablemente he visto muchísimos más extintores colocados entre 1,70 -1,80cm que entre 70 cm – 80 cm y eso pasa por no leer bien, por no entender razonablemente, por no aplicar el sentido común y por quedar a expensas de las respuestas de un foro frente al estudio sesudo de los problemas.

    Pero bueno, sólo es una opinión claro…

    Saludos.
    Ergow

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    #377117 Agradecimientos: 0
    Anonymous
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    diciembre 2008

    Iniciado

    En México la norma establece que la altura minima para la instalación de los extintores es la de 10cms del piso, y la altura maxima del piso es de 1.50 mts. cabe mencionarque la altura maxima es a la cabeza del extintor.

    #377118 Agradecimientos: 0
    Oteiza
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    diciembre 2009


    Hola
    Simplificando
    1.- Recomedable a 1,70
    2.- Si no se puede caso de oficinas, tiendas, etc sobre base de plastico o goma en el suelo
    3.- A los10 cm suelño NTE CEPREVEN no decumplimiento Obligatorio
    4.- Consultas: Rd 1.942/1.999 6.3 y NFPA; parque bomberos más cercano y Empresas dedicadas a medios de extinción
    Saludos

    #377119 Agradecimientos: 0
    Corsario76
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    agosto 2010


    ¿NFPA? ¿Qué hay consultar a la NFPA?

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