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Previneitor Pre.
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Hola a todos:
Me ha surgido en el trabajo la cuestión de si los extintores portátiles pueden situarse directamente sobre el suelo.
El Real Decreto 1942/1993 especifica la altura máxima de 1´70 m, pero no indica altura mínima, aunque dice que se instalarán “preferentemente sobre soportes verticales fijados a paramentos verticales”. En algún sitio he leido que la parte inferior del extintor debe quedar a no menos de 10 cm del suelo, pero no he encontrado ninguna norma que lo diga.
¿Sabeis si en algún sitio se regula la altura mínima de los extintores portátiles?¿pueden ponerse directamente sobre el suelo?no lo encontrarás no existe
que yo sepa
mira ver en el cte cpi
pero…Una vez tuve un profesor que decía “¿has visto cómo están en El Corte Inglés? Pues asi ahí lo hacen así, es que está bien hecho”.
Bromas aparte (no considero infalible a ningún SPP, y tampoco al del ECI), como bien dice Muer-d la limitación es de altura máxima, no mínima.
Un saludo.
Lo RECOMENDABLE siempre es a una altura entre 1,50 y 1,70, pero por la simple razón de facilitar, en caso de necesidad, la maniobra y evitar que haya que agacharse para cogerlo.
En caso de que no quieras ponerlo en la pared, y lo hagas en el suelo, como habrás visto en algún sitio, tienen una base negra de plástico/goma para evitar corrosiones y deterioro en caso de contacto directo con suelos húmedos.querido forero la altura esta referida a las condiciones de uso y de quien pueda usarlo.
A mas de 1,7 metros muy pocos pueden y ademas intenta descolgar un extintor en esa altura y sabras de lo que te comento. Es mucho mas práctico, útil, factible y todo lo que quieras, poder cogerlo del suelo o un poco mas arriba si quieres facilitar las tareas de lim pieza del suelo que descolgarlo.
haz la prueba.
con respecto al handicap que se comenta de TENER QUE AGACHARSE, es absurda la comparación si ademas esta indicada su ubicación.
saludicos amigos desde Zaragoza
l
La ubicación debe estar indicada esté en el suelo o en la pared, y respecto a lo que dices de comparación absurda el tener que agacharse, en primer lugar decirte que no lo he comparado con nada, pero me referia a que por cuestiones ergonomicas es más recomendable coger una carga a la altura del tórax que hacerlo a nivel del suelo
Es recomendable, para evitar humedades.
Yó solo te voy a contestar SI a esto:
“Hola a todos:
Me ha surgido en el trabajo la cuestión de si los extintores portátiles pueden situarse directamente sobre el suelo.”Pues yo te voy a contestar que NO a eso mismo, y es que estoy harto de verlos de tope de puertas o como perchas. Lo que me preocupa es que todo un TPRL diga que sí está permitido, cuando no sé de ningún instalador que ponga en las INSTURCCIONES DE USO DEL EXTINTOR: 'agáchese a recoger el extintor del suelo y diríjase al foco del incendio'.
Allá cada cual con lo que recomienda.
– 2 días.
Por seguridad (no tener un objeto suelto con el que puedes tropezar o golpearte o caerse sobre una persona) y por ergonomía, se deben colocar tal y como se recomienda, fijados a paramentos verticales.
Y me suena que la ITSS ha sancionado a alguna empresa por tenerlos en el suelo, o sobre un mueble, sin colgar.
En la NTP 368 se muestran figuras de utilización de un extintor. Se sobreentiende que debe ir colgado. Si está en el suelo, puede moverse. (Y la señal también la movemos?)
Fdo:
Otro mañico!Hola buenas tardes, no existe ningún problema en colocolarlos en el suelo siempre que se encuentren en un soporte adecuado que existe tipo “comedero de perro”, no es por hacer publicidad pero en muchos Corte Ingles los extintores situados a la entrada de los baños están colocados sobre peanas,y nadie les ha dicho nada y si IT se le ocurre sancionar que sancione que vuelve por el mismo camino, que ya estoy cansado de que sancionen sin sentido.
Te recomiendo que los coloques fijados a la pared u otro paramento vertical y a una altura aproximada de 80 cm. desde el mango hasta el suelo, para facilitar la manipulación de estas cargas. Digo esto, porque Yes costumbre olvidar la Ergonomía en las instalaciones que vemos habitualmente. Que rápido olvidan algunos los criterios para valorar la manipulación correcta de una carga…
Saludos.
ErgowEntra o regístrate para ver los enlaces Estarás harto de verlos como tú dices, pero para decir que no está permitido deberías mencionar en que ley, orden o lo que sea se dice tal cosa. Nos guste o no una cosa es el sentido común y lo que debería ser, y otra lo que legalmente se permite, y el que estén apoyados en el suelo es perfectamente legal (protegidos frente a la humedad, y debidamente señalizados).
Para evitar el mal uso o posicionamiento de los extintores (como perchas, topes de puertas, …) están los TPRL y las revisiones trimestrales que se supone deben realizar las empresas propietarias de las instalaciones.
Los extintores deben ir colgados. Aqui en la Argentina cuando se compran traen consigo un cartel con baliza para colgarlo encima del mismo asi puede verse con mayor facilidad en un incendio, si el extintor esta en el piso no podemos colocar dicho cartel y corremos el riesgo de no encontrarlo, por más que sepamos donde esta en el momento de la emergencia puede pasar que no lo veamos.
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