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    AndresSerrano
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    febrero 2003


    Hola, me ha surgido un caso un tanto especial.

    Si una empresa es propietaria de unas instalaciones, pero los que las utilizan son otra empresa ¿sería el propietario responsable de lo que afecte en materia de seguridad ?

    gracias y un saludo

    #267715 Agradecimientos: 0
    ZPGilipollas
    Participante
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    enero 2003


    Siguiendo el principio “el que paga los sueldos es el responsable de la seguridad”, no creo que el propietario del inmueble sea el responsable de la seguridad directa, aunque sí de la seguridad propia del inmueble (estructura, cubierta, etc).

    Un ejemplo:

    Yo tengo una nave vacía y te la alquilo a ti para que pongas un almacén de productos químicos.

    El responsable de la actividad eres tú, por lo que tú debes acondicionar la nave para que cumpla todos los requisitos de seguridad previstos para una ACTIVIDAD como la que quieres desarrollar en mi nave. El permiso de actividad te lo dan a ti, no a mí como propietario de la nave.

    Si mi nave no reuniera las condiciones, no podrías desarrollar tu actividad en su interior. Es decir, no te darían la licencia de actividad, pero no me pondrían a mí ninguna sanción.

    Otra cosa sería que fallara la estructura de la nave, o se callera el techo, etc…. entonces quizá el responsable fuera yo (se verían las causas del accidente, si es debido al mal estado de la nave o a su mala construcción o si es debido a la actividad empresarial).

    Incluso siendo problema del mal estado de la nave, se tendría que ver quien es el responsable de su mantenimiento, si el propietario o el empresario……

    Como ves es bastante difícil que la responsabilidad recaiga en el propietario del inmueble.

    Vamos, por lo menos esa es mi opinión. Quizá “removiendo” leyes y normas, se llega a otra conclusión.

    Espero haberte sido de ayuda

    Un saludo,

    Pedro J. Portal Basurco

    #267716 Agradecimientos: 0
    balsus
    Participante
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    octubre 2002


    El responsable de la seguridad de una empresa es el propietario de la empresa en activo; el cual debe garantizar la seguridad y salud de los trabajadores a su servicio debiendo acondicionar los lugares de trabajo según se determine en la Evaluación de Riesgos efectuada al efecto.

    #267717 Agradecimientos: 0
    no hay
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    julio 2003


    DEPENDE DE LAS CLAUSULAS CONTRACTUALES EN QUE FUE CEDIDA LA INSTALACION.

    #267718 Agradecimientos: 0
    Esther R
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    diciembre 2001


    El empresario debe asegurarse antes de ocupar unas instalaciones que estas cumplen con la normativa vigente, una vez está instalado no puede olvidar que el responsable último de los trabajadores es él, y por lo tanto mi consejo es que aplique todas las medidas de seguridad pertinentes para garantizar la seguridad de sus trabajadores ya que si ocurre algo el responsable final es él.

    #267719 Agradecimientos: 0
    jorgar
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    agosto 2002


    El propietario es responsable de los riesgos existentes por las instalaciones de su propiedad, y el usuario de los riesgos existentes por las instalaciones que tenga y por las actividades que realice.

    #267720 Agradecimientos: 0
    maitzi
    Participante
    0
    agosto 2003


    en efeccto la empresa que mantiene la actividad laboral, tiene que realizar la evaluacion inicial de riesgos, plan anual de prevencion de riesgos laborales, paln de emergencia enfocado a la actividad laboral que realicen etc.. y la propietaria del local en si, tendra que tener en perfectas condiciones los equipos de lucha contra incendios, señalizadas las salidas de evacuacion y en perfecto estado asi como el alumbrado de emergencia.

    #267721 Agradecimientos: 0
    Beast
    Participante
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    septiembre 2003


    Mira: en caso especifico seria lo marcado en el contrato, esto es si en el contrato de comodato se incluye el servicio de seguridad, entonces si, mas sin embargo si en el contrato no se especifica, seria responsabilidad del que esta utilizando el area.

    Esto es como cuando rentas una casa, si en el contrato especifica, que las modificaciones son por tu cuenta, aun y cuando sean de tuberias, trayectorias, etc…

    Espero y esto te sirva…

    Saludos

    Porfirio Almendariz

    #267722 Agradecimientos: 0
    inma03
    Participante
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    junio 2003


    El responsable de que los trabajadores no sufran ningún tipo de accidente o enfermedad profesional es el empresario que los contrata; por lo tanto, si el local que utiliza no está en correctas condiciones, no debe alquilar dicha nave, a no ser que previa entrada de sus trabajadores, haya llegado a un acuerdo con el propietario para corregir todas las deficiencias. En resumen, EL RESPONSABLE NO ES EL PROPIETARIO, SI NO LA EMPRESA QUE TIENE TRABAJADORES POR CUENTA AJENA.

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