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  • #8822 Agradecimientos: 0
    OVERHAUSER
    Participante
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    octubre 2007


    Hola compañeros mi problema es el siguieente : si en mi empresa se utiliza un producto quimico donde en la ficha de seguridad en español hay un componente que no viene ningun valor limite ambiental ( no VLA )ni que sea mutageno segun la ley en europa y que en EEUU ese mismo producto quimico dice que uno de sus componentes es mutageno , ¿ que hago ?¿ he de sustituir el producto quimico porque en EEUU 1 componente es Mutageno y en Europa no viene reflejado como tal o `puedo dejarlo asi y regirme por la ley Europea?
    Por favor aclararmelo y si puede ser decirme donde puedo mirar esos temas.

    Gracias

    #124680 Agradecimientos: 0
    Ibaeta
    Participante
    0
    mayo 2007


    ¿Alguna posibilidad de enterarse de cuál es el agente?

    #124681 Agradecimientos: 0
    akguirao
    Participante
    2
    marzo 2006


    SI en europa no está reconocido como mutágeno, no existe a priori obligación legal. Ten en cuneta que la legislación Estadounidense es más estricta en según que áreas.
    Por otro lado en Europa rige el llamdo principio de prudencia, de forma que si existen sospecha razonables, se debería actuar con precaución.
    Una vez planteado esto, te pongo el ejemplo del amianto, se está pidiendo responsabilidad a empresas que argumentan que en su época cumplian con la normativa.
    EN cvuanto a ¿qué hacer?. No necesariamente sustituir, a veces es peor el remedio que la enfermedad. Pero si deberías tomar todas las medidas de control previstas (encapsulamiento, prtección colectiva, protección individual, procedimientos seguros de trabajo,…)

    #124682 Agradecimientos: 0
    emilioromanosuaya
    Participante
    0
    enero 2005


    Nuestra profesion indica que siempre el dato mas riesgoso,es el que tiene que tomarse en cuenta,siempre que tegas documentos que avalen tu postura profesional desde la prevension

    #124683 Agradecimientos: 0
    CASTEL
    Participante
    0
    mayo 2007


    Te recomiendo que mires el REAL DECRETO 363/1995, de 10 de Marzo de 1995 por el que se regula la Notificación de Sustancias Nuevas y Clasificación, Envasado y Etiquetado de Sustancias … y sus posteriores modificaciones. No obstante, si aquí no viene la sustancia, desde el punto de vista preventivo para evaluar puedes utilizar normas de reconocido prestigio, por lo que como es el caso, aplica la norma americana

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