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  • #9288 Agradecimientos: 0
    Hombrados
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    septiembre 2004


    Hola Alguien sabe las cantidades que se pueden transportar de materias de ADR ( exactamente oxigeno y acetileno, que lo usamos para soldar) sin que les sea de aplicación el ADR. Los queremos transportar en nuestros camiones, pero me están vendiendo la moto de que como son nuestras y nos las comercializamos si que podemos transportarlas, y me parece tan raro…… la legislación que he encontrado es ADR/05, en vigor hasta el 30 de junio de 2007.

    Gracias

    #126665 Agradecimientos: 0
    M-I-O
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    agosto 2001


    hola Hombrados:
    en primera instancia, no se si el transporte es local o iinternacional, y no especificas.
    pero comentarte que en España existe una pagina dependiente del ministerio de Fomento, seria bueno que leas el contenido concerniente al ADR de esta pagina:

    – 14k –

    saludos Marce

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    #126666 Agradecimientos: 0
    JANLUI
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    octubre 2004


    Puedes seguir las indicaciones de Marcelo (que seguro te las ha dado con una intención estupenda)y a continuación volverete “majara”, ya que el ADR son alrededor de 820 páginas las cuales te pueden sonar absolutamente a jerogífico, si no sabes de que van, o consultar (e incluso contratar, esto depende de algunos condicionantes) los servicios de un Consejero de Seguridad en Transporte de Mercancías Peligrosas por Carretera.
    Como en este caso, yo soy Consejero de etc…, voy a tratar de echarte una mano, pero necesitaré mas datos, ya que solo diciéndome las sustancias que quieres transportar no puedo determinar si necesitas o no Consejero o si la mercancía que pretendes transportar, pese a figurar en la tabla de mercancias peligrosas, puede beneficiarse o no de alguna exención. No obstante y para que no estemos intercambiándonos la biblia en información, paso a definir exactamente los datos que necesitaría:
    -1. Saber exactamente el tipo de mercancía que transportas, en el caso del oxígeno, si se trata de:
    -oxígeno comprimido
    -oxígeno líquido refrigerado
    En el del Acetileno, si se trata de:
    -acetileno disuelto
    -acetileno exento de disolvente.
    Las cantidades (en Kgs. a ser posible) que transportas de estos en cada camión (si transportas botellas) o si el ransporte lo haces en cisternas.
    Con estos datos en principio puedo orientarte algo.
    Un saludo

    #126667 Agradecimientos: 0
    JANLUI
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    octubre 2004


    Ah, se me olvidaba, el ADR 2005 no está ya en vigor.
    El 1 de enero de este año entró en vigor el ADR 2007, que es de obligado cumplimiento a partir del 1 de julio de este año, por esto la validez del ADR 2005 no termina hasta el 30 de junio.

    #126668 Agradecimientos: 0
    Hombrados
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    septiembre 2004


    Gracias a todos por vuestras respuestas, os comento que el transporte es nacional, entre dos poblaciones que estan a 30KM de distancia. Lo que tenemos son botellas, por lo que he podido averiguar por las fichas de seguridad son: 1 Oxigeno comprimido nº ONU 1072, de 10.6m3, 1 acetileno nº ONU 1001 de 7 Kg, y otra de Corgon 15, nº ONU 1956.

    #126669 Agradecimientos: 0
    Hombrados
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    septiembre 2004


    Hola a todos.

    Ya tengo el tema resulto, por si a alguno le interesa, os cuento debis de averiguar el nº ONU de la sustancia a transportar, este numeor lo pone en la ficha de seguridad y luego en la pagina web (Genial) te vas a transportes, info transportes-mercancias peligrosas-adr-y buscas la tabla A, en la columna 15 teneis la categoria a la que pertenecen. Una vez spais esto, os descargais ARD/07 de esa misma pagina web y en el apartado 1.1.3.6.3 tenenis una tabla donde mirando la categoria os dicen la cantidad maxima total por unidad de transporte.

    Gracias por todo y espero que os sirva a alguien esta información.

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    #126670 Agradecimientos: 0
    JJAAOO
    Participante
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    agosto 2006


    Estoy intendando averiguar si se puede transportar una botella de ACETILENO en una furgoneta unos 3 km para hacer unos trabajos de soldadura en una obra.

    Nº ONU 1001
    Voy a la TABLA A tal y como indica HOMBRADOS y en la columna 15 me aparece la Categoría de transporte 2. Luego me voy al apartado 1.1.3.6.3 y ahí es donde ya no lo veo claro.

    Alguién lo a probado para este producto?

    Por otro lado, en la TABLA A columna 7 (Cantidades limitadas) qué significa LQ0 – será esta la columna que nos especifica la carga límite a transportar?

    Gracias

    #126671 Agradecimientos: 0
    Hombrados
    Participante
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    septiembre 2004


    Hola.

    En la tabla que te aparece en el apartado 1.1.3.6.3 la primera columna es la categoria, (el acetileno disuelto categoria 2 como tu dices) y en la columna 3 tienes la cantidad maxima total por unidad de transporte, en este caso 333(kilos o litros, depende de la sustancia), espero haberte aclarado algo, de todas formas ami esta explicación me la dieron en Obras públicas, en el departamento de politica territorial. La columna 7 no te puedo decir lo que significa.

    De todas formas con la bombona has de llevar, la ficha de seguridad, extintor de 9 kilos, y la carta de porte, atadas con cadenas y en vertical.

    Nosotros haremos el transporte hoy, si no para ya te contare.

    #126672 Agradecimientos: 0
    JJAAOO
    Participante
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    agosto 2006


    Gracias Hombrados,

    ¿Dónde viene indicado la última indicación que das de “De todas formas con la bombona has de llevar, la ficha de seguridad, extintor de 9 kilos, y la carta de porte, atadas con cadenas y en vertical.”?

    Y el modelo de carta de porte, ¿te lo creas tú, o existe algún formato standar que se pueda utilizar?.

    Saludos

    #126673 Agradecimientos: 0
    Hombrados
    Participante
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    septiembre 2004


    Hola.

    Esos son los dartos que me dieron en obras publicas, la carta de porte yo creo que no hay un fomrato fijo, yo se lo pedí a quien le compro las bombonas y me lo pasaron sin problemas.

    Suerte

    #126674 Agradecimientos: 0
    JJAAOO
    Participante
    0
    agosto 2006


    En esta página lo indica, “No existe un formato oficial, tan solo deben recogerse los datos exigidos mencionados. Pueden adaptarse otros documentos usados por la empresa a la Reglamentación ADR.”

    Sí presentan varios modelos de carta de porte.

    Saludos

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