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  • #48276 Agradecimientos: 0
    Pgasco
    Participante
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    junio 2002


    Tengo una compañera que sufrió un accidente laboral hace un año al caer por una escalera, lo que le produjo una rotura de ligamentos cruzados anteriores de la rodilla y rotura de menisco. La intervinieron de ambas patologías y ha estado aproximadamente un año de baja laboral. Hace un mes la mutua le dio de alta sin secuelas, cuando en realidad presentaba una condromalacia rotuliana de la rodilla afectada que le produce mucho dolor e impotencia funcional. Ahora está trabajando pero de mala forma ya que el dolor es muy intenso, y la mutua le dice que por la condromalacia no le mantienen la baja por accidente laboral.

    ¿Es correcto esto? ¿Qué puede hacer mi compañera?

    Gracias de antemano

    #284876 Agradecimientos: 0
    mdaniel
    Participante
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    diciembre 2002


    La principal opción es recurrir el alta ante el INSS, allí será valorada por el Equipo de Valoración de Incapacidades el cual indicará si la baja es procedente o no. Si no estuviera de acuerdo con el resultado del INSS puede acudir al Tribunal de lo Social (antigua magistratura).

    La anterior es la vía oficial, otra vía (con la que NO estoy de acuerdo pero que se usa) es coger la Incapacidad Temporal por Contingencias Comunes (es decir, que su médico de cabecera le de la baja) y solicitar una aclaración de contingencias ante el INSS.

    #284877 Agradecimientos: 0
    Javier Peña Mateos
    Participante
    26
    20
    febrero 2003


    Iniciado

    Estimado compañero:

    Si no puede trabajar, no debe hacerlo. Puede buscar una baja por enfermedad común y abrir expediente a través de la inspección médica una aclaración de contingencias, para que el EVI determine si la patología responsable del dolor es la lesión de ligamentos y menisco (accidente) o la condromalacia (enfermedad común).

    Un saludo

    Javier

    #284878 Agradecimientos: 0
    EMS
    Participante
    0
    junio 2002


    Bueno, bueno¡ Tuve un caso parecido. Las lesiones por accidentes leves prescriben al año de darle el alta por lo que te aconsejo que se ponga en manos de un abogado laboralista y un médicod e valoración del daño corporal para reclamarle a la Mutua las secuelas, lesiones no invalidadntes o invalidantes.

    Dile a tu amigo que se ande con pies de plomo, pues las Mutuas se intentan ahorrar lo máximo posible y dan largas y luego pasa el año y en juicio te dice que como fue un accidente catalogado leve, las lesiones prescriben al año del alta.

    Un saludo y que te vaya bien.Enrique.

    #284879 Agradecimientos: 0
    Fayo
    Participante
    0
    enero 2003


    En el caso de tu compañera lo que menciona la mutua es cierto ya que la condromalacia patelar se debe a una degeneración del cartílago de la rótula lo que ocaciona el dolor local el cual se acentua al flexionar la rodilla esto muy probablemente se debe a un proceso crónico degenerativo y no como consecuencia del accidente laboral que mencionas sufrio ella.

    El proceso que debe seguir es acudir con un especialista para rehabilitar su rodilla.

    #284880 Agradecimientos: 0
    Jmesonero
    Participante
    0
    febrero 2003


    Claro que no es correcto. Y que sepas que la indemnización que puede conseguir es muy importante porque la lesión le va a impedir el desarrollo correcto de su profesión habitual. Lo único que nos hace falta es un informe de un perito. Soy abogado especializado en estos temas. Dile que se ponga en contacto conmigo a través de mi portal en internet y le diré cuánto se puede conseguir.

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