Viendo 5 entradas - de la 16 a la 20 (de un total de 20)
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  • #91470 Agradecimientos: 0
    FerranJaume
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    mayo 2008


    Buenos días,

    Yo te aconsejaría que dejaras que decidiera si es accidente en itinere a vuestra mutua de accidentes. Eso sí, tienes que realizar la investigación del accidente para que puedas aportar a la mutua todos los datos que necesiten.

    #91471 Agradecimientos: 0
    Gerardo Torres
    Participante
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    octubre 2003


    El que tiene que reconocer si es o no accidente (sea cual sea el tipo de accidente de trabajo)es el empresario mediante el Parte de Accidente.
    La Mutua no tiene que intervenir en esta decisión.
    Otra cosa es que estemos o no de acuerdo con lo que diga el empresario.
    En último extremo nos quedaría el juzgado.
    Saludos

    #91472 Agradecimientos: 0
    teg
    Participante
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    marzo 2004


    Gracias a todos.
    Todo está muy legalizado hasta el concepto de domicilio habitual…. esa era mi duda. Si esta situación entraba en la definición legal… y parece que no está tan claro. Saludos.

    #91473 Agradecimientos: 0
    teg
    Participante
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    marzo 2004


    Gerardo las Mutuas no pueden atender a un trabajador sin el parte de asistencia firmado por la empresa, pero tamién investigan y si no creen que sea laboral, lo recurren. La empresa no tiene siempre la última palabra. saludos

    #91474 Agradecimientos: 0
    Genrod
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    agosto 2008


    En el contrato de trabajo figurará su domicilio pues en teoría es ese y no otro.

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