A ver, por la obligación de socorro, no pueden dejarlo desatendido, con lo cual lo llevarán a su domicilio siempre y cuando sea necesario, es decir, si no puede ir él mismo, por sus propios medios. Si el médico le autoriza a conducir no le trasladarán. Si no puede conducir entonces le deben pagar un taxi o similar (o una ambulancia, depende de la necesidad). Es decir, la obligación de socorro les obliga a no “dejarlo tirado” pero a nada más. Ojo, desconozco si hay más legislación al respecto, hablo de lo que conozco solamente, de mi trato con las mutuas.
Si os acordáis de darme las gracias puede que os dé suerte y os toque la lotería, aunque puede que no. Pero, ¿qué demonios? Vale la pena probarlo.