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  • #59336 Agradecimientos: 0
    carol200
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    septiembre 2008


    buenos dias:

    en que norma puedo encontrar cuando es obligatorio instalar un peldaño para acceder a una sala cuya puerta esta a unos 60 cm del suelo??

    #332115 Agradecimientos: 0
    Camano
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    abril 2008


    A veces el sentido común, el menos común de los sentidos, ya nos dice que un acceso a 60 cm del suelo es excesivamente alto para un tránsito correcto, cómodo y seguro.
    En el 487/97 encontrarás una justificación legal, que por lo que veo es lo que estás buscando.
    Suerte.

    #332116 Agradecimientos: 0
    carol200
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    septiembre 2008


    buenos dias, muchas gracias por la contestacion tan rapida, he buscado en el 486 y no encuentro justificacion directa de esto, ya se que el sentido comun lo dice pq hay riesgo de caida al salir de la sala pero queria hacer referencia a algun punto de algun rd. pero no lo encuentro.

    #332117 Agradecimientos: 0
    Camano
    Participante
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    abril 2008


    El 486, así como otras muchas disposiciones, tienen su guía técnica en el siguiente enlace:

    Anexo I 7.rampas escaleras fijas y de servicio.

    Por cierto, ningún artículo te pondrá tu caso concreto, busca algo más general.

    Suerte.

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    #332118 Agradecimientos: 0
    Anonymous
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    diciembre 2008

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    NFPA 101

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