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  • #9704 Agradecimientos: 0
    Rotul
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    junio 2005

    Iniciado

    Buenos días, mi consulta es la siguiente: para una plataforma elevadora de tijera sin marcado CE, fecha de fabricación anterior a 1995, ¿DÓNDE se especifica QUIÉN puede realizar (y firmar) la puesta en conformidad de esta máquina de forma que cumpla con el RD 1215/97?

    #128821 Agradecimientos: 0
    Gran pescador
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    julio 2006


    Hay dos cosas diferentes; la puesta en conformidad del equipo la debe realizar el empresario. Del informe de puesta en conformidad -creo que te refieres a éste- no se habla como tal en el real decreto; en la práctica, lo están haciendo OCAs y SP propios y ajenos.

    #128822 Agradecimientos: 0
    De locos
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    279
    diciembre 2003


    Sabio

    #128823 Agradecimientos: 0
    Pablo k
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    9
    septiembre 2007

    Iniciado

    No se hasta que punto es correcto que un servicio de Prevención, ya sea propio o ajeno, emita un certificado de adecuacíon de maquinaria a R.D. 1215.(y menos aún un Técnico de Prevención). El R.D no especifica nada claro y, una vez más, para no pillarse los dedos, el legislador lo deja “en el aire”. Yo trabajo en una OCA en Andalucía,soy Técnico de Prevención, y como hay ciertas dudas con respecto a esto, lo consulté directamente en Industria e inspección de trabajo, y sin saber aclararmelo tampoco, me dieron a entender que para certificar máquinas y firmar los certificados, deberá realizarlo una OCA y por supuesto, un Ingeniero. Así que, ¿Quien puede hacerlo, quien lo sabe?. El R.D dice exactamente que deberá ser personal competente, ¿quién es competente, y quién no lo es? Mientras no ocurra nada podrá cualquiera es competente, en el momento en el que ocurra algo, será un juez el que dictamine quien, o mejor dicho, que es exactamente competente según el R.D.

    #128824 Agradecimientos: 0
    Previneitor Pre
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    14
    agosto 2007

    Iniciado

    Con lo de persona competente pasa lo mismo que con los coordinadores de seguridad y salud ( LOE y RD 1627) que depende de las competencias profesionales de su titulación, así un abogado no puede ser CSS y por tanto tampoco podría hacer una adecuación

    #128825 Agradecimientos: 0
    cafma20
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    junio 2001

    Iniciado

    A mi me contestaron en inspección de trabajo que el RD1215/97 es una reglamentación del Ministerio de Trabajo y es una evaluación de riesgos, por lo que un SPA o SPP lo pueden hacer, pero que admiten también el de una OCA. Y cuando lo ha pedido Industria, se han presentado los realizados por SPA, SPP y OCA y admitieron siempre los tres.

    #128826 Agradecimientos: 0
    JESUS14833
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    0
    febrero 2002


    Cierto, Juan Emilio, asi es.

    #128827 Agradecimientos: 0
    txemaryy
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    octubre 2006


    Hola:
    Juan E.
    Te contestaron por escrito? si es así, harias el favor de pasarme una copia de la contestación y de la pregunta que realizaste.

    Muchas gracias.

    #128828 Agradecimientos: 0
    linfocito
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    noviembre 2005


    El RD en su exposicion de motivos enmarca este decreto en el ambito de la ley 31/95, asi pues las personas competentes son las que entran dentro de esta ley, es decir, los tecnicos PRL.

    #128829 Agradecimientos: 0
    Pablo k
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    9
    septiembre 2007

    Iniciado

    Linfocito, según tu respuesta,como el RD en su exposicion de motivos enmarca este decreto en el ambito de la ley 31/95, las personas competentes son las que entran dentro de la ley, osea los técnicos en PRL. Un técnico de prevenciuón en ergonomia tambien es un T.P, entonces ¿estaría este capacitado para firmar las máquinas verdad? y la gente con nivel básico en prevención, o con intermedio, tambien de alguna forma son T.P.R.L, ¿podrían ellos tambien no?…vaya vaya, y nosotros aquí haciendo el payaso haciéndolo por OCA.

    #128830 Agradecimientos: 0
    Pablo k
    Participante
    13
    9
    septiembre 2007

    Iniciado

    Por favor, aquel que pueda demostrarme por escrito que un S.P puede adecuar máquinas a R.D 1215/1997, y que un Técnico de Prevención (en seguridad, o en lo que sea…), sin ser ingeniero, puede firmar el certificado de adecuación de la máquina, en la Comunidad autónoma de Andalucía, que lo haga, que me envíen en papel contestación por organismo competente de la administración.Por escrito, por favor.

    #128831 Agradecimientos: 0
    A.TORRES
    Participante
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    marzo 2004


    Una adecuación al 1215, es ni más ni menos que una evalución de riesgos para saber lo que no cumple (listado de comprobación) y adoptar las medidas preventivas pertinentes. Lo tiene que hacer un TÉCNICO SUPERIOR CON LA ESPECIALIDAD DE SEGURIDAD .Las Ocas van a sacar dinero jugando con la ignorancia de los demás. Al final es el empresario el que tiene que adaptar la máquina si quiere seguir con ella. En mi provincia, la ITSS pasa de las OCAS y lo que piden es que las máquinas estén adaptadas (protecciones, resguardos, rearme para arranque si se va la corriente, parada de emrgencia si procede, etc). Los SPA son reacios a realizar este tipo de evaluaciones porque el técnico tiene que emplear un tiempo y eso cuesta dinero y la solución más fácil es lavarse las manos y decir que vayan a una OCA. Yo ya he visto evaluaciones de riesgo según el 1215 (estudio de adecuación) realizados por SPA y tambíén realizados por exigírselo la ITSS sin cobrar nada aparte pues para eso los SPA están acreditados en seguridad. Por supuesto que un tecnico superior con la especialidad de higiene o de ergonomia, sin la especialidad de seguridad no puede realizar este tipo de trabajos, al igual que un ingeniero, sólo por el mero hecho de serlo, tampoco puede salvo que además dea TSPRL con la especialidad de seguridad. Creo que queda todo claro

    #128832 Agradecimientos: 0
    Pablo k
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    9
    septiembre 2007

    Iniciado

    A. Torres, estoy totalmente de acuerdo con tu email, y además pienso lo mismo que tu, pero ahora te respondo con total conocimiento de causa: En Andalucía, rotundamente no.

    El la Comunidad autónoma de Andalucía, un servicio de Prevención de Riesgos Laborales no tiene competencia para expedir un certificado de adecuación de maquinaria a R.D. 1215/1997. Ninguno de los S.P de esta zona pueden hacerlo, muy a su pesar, pues se hartarían de ganar dinero.

    Únicamente un OCA puede realizarlo. Qué titulación tenga quien lo firme no te lo puedo discutir, pues no lo tengo claro, pero es que los propios inspectores de trabajo y tecnicos de prevención de la Junta de Andalucía tampoco quieren mojarse. ¿Ingeniero, T.S.P.R.L en seguridad?…

    Te puedo decir lo siguiente, yo trabajo en una OCA, pero soy T.S.P, con las 3 especialidades. Me estoy hartando de ver máquinas, pero no puedo firmarlas. Las veo y las firma el ingeniero. Quizá las vea yo porque tenga más conocimientos que él, pero si las firma él, será por algo, porque si pudiera hacerlo yo te aseguro que lo haría, pues a la primera que le interesa es a mi empresa.

    Otra cosa, si conoces el Decreto 59/2005 (Andalucía, legalización mediante libex), mírate en la ficha para legalizar máquinas lo que se requiere: O declaración CE de conformidad o certificado de adecuación de OCA.

    No se como estrá la cosa y, por tanto, no opino, fuera de Andalucía.

    Y con esto dejo ya este tema, pues se me hace redundante.

    #128833 Agradecimientos: 0
    A.TORRES
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    marzo 2004


    En Castilla y León el certificado de adecuación de OCA sólo es necesario si se piensa vender el equipo no marcado CE, de segunda mano (al igual que un vehículo debe tener la ITV al dia, para poderse vender). Con el estudio de adecuación (evaluación de riesgos), aquí, es suficiente

    #128834 Agradecimientos: 0
    Pablo k
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    9
    septiembre 2007

    Iniciado

    Eso ya es otra cosa, que nada tiene que ver con lo de aquí. Aquí es obligatorio, para cualquier máquina que esté en funcionamiento. Si tu eres dueño de un taller y tus trabajadores estan trabajando con equipos sin marcado CE, estás obligado a legalizarlos, y para ello necesitas la adecuación, que consiste en, primero, una evaluación de los riesgos de la misma, identificándolos y evaluándolos, lo cual si lo puede hacer el servicio de prevención por ejemplo del taller, pero luego a la hora de legalizarla, se necestita ese certificado de la Oca, firmado por el ingeniero que mencionaba antes, una vez este haya comprobado que en la máquina se han corregido todas las anomalías, instalado todos los dispositivos, todas las protecciones…que necesitara.Una cosa es el estudio de adecuación, con todo lo que le falta a la máquina, y otra el certificado de adecuación, que indica que la máquina ya es adecuada, segura, que cumple con el 1215.

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