- Este debate tiene 6 respuestas, 7 mensajes y ha sido actualizado por última vez el hace 16 años, 6 meses por Javier Peña Mateos.
-
AutorEntradas
-
¿Los protocolos de vigilancia de la salud quien debe realizarlos, el TSPRL o un médico del trabajo? ¿ Y los estudios de las enfermedades que puedan darse entre los trabajadores? Gracias
Hola, Los protocolos de rvm y los estudios epidemiológicos corresponden a Vigilancia de la Salud.
Los miembros de vigilancia son el médico y el Due con las correspondientes especialidades.
R.D. 39/97.
Saludos.Yo me quiero imaginar a un técnico de prevención haciendo estudios epidemiológicos sobre síntomas, signos, parámetros analíticos… esto comienza a ser kafkiano. Por eso sólo quiero imaginármelo, pero no puedo. ¿Os imaginais a un médico calculando las resistencias del puente de una autopista… ¡menudas ostias se iban a meter unos cuantos!
¿Cual sería el protocolo para un operador de grua torre? ¿o por el contrario, el protocolo en base a lo que dicta el real decreto de gruas torre, apartado de vigilancia de la salud, eso lo determina el SP o Mutua? Un Saludo.
La indicación de protocolos a aplicar, según los riesgos de cada puesto de trabajo, son competencia del Médico Especialista en Medicina del Trabajo.
El estudio de las enfermedades laborales,también ( ¿qué sabe el TSPRL de enfermedades, aúnque sean laborales? ).El tema de los protocolos pretendía ser una ayuda del Ministerio de Sanidad y Consumo, a través de la Comisión del Sisteman Nacional de Salud, para facilitar la VIGILANCIA DE LA SALUD INDIVIDUAL de los trabajadores.
Todo este cacao mental de los protocolos podemos llegar a entenderlo si hacemos un poco de historia. Si revisamos la Ley 31/1995, de prevención de riesgos laborales, nos encontraemos que tiene un “glosario de términos” y allí… ¡oh cielos, no está la definición de Vigilancia de la Salud!… ahí es donde se jodió el invento. Nos tenemos que ir a una norma experimental, la UNE81902:1996EX donde se define la misma como “…el control y seguimiento del estado de la salud de los trabajadores con el fin de detectar signos de enfermedades derivadas del trabajo y tomar medidas para reducir la probabilidad de daños o alteraciones posteriores de la salud…”. También tenemos algo en el RD del Reglamento de los Servicios de Prevención, en el apartado 3 del artículo 37 donde se habla del estudio de las enfermedades que se produzcan entre los trabajadores, a los solos efectos de poder indentificar cualquier relación entre las causas de la enfermedad y los riesgos para la salud presentes en los lugares de trabajo.
Con estos dos párrafos dejamos claro que la Vigilancia de la Salud tiene una doble vertiente: la individual y la colectiva. La individual se realizará a través de exámenes de salud al trabajadore, buscando signos y síntomas incipientes de enfermedad, en relación con los riesgos presentes en su trabajo y es, por tanto, una actividad de PREVENCIÓN SECUNDARIA. Si busca signos y síntomas, si intenta un diagnósico precoz, etc. etc. etc. debe hacerlo el personal habilitado para ello que son los Médicos del Trabajo y DUEs de Empresa, ya que su especialización los faculta para dicho cometido. Si algún día tengo una enfermedad de corazón me gustaría que me viera un cardiólogo y no un ingeniero técnico experto en conducciones… algo haría, pero me imagino que no tan correctamente como un cardiólogo.
En cuanto a la vigilancia colectiva (artículo 37 del RD sobre el Reglamento de los Servicios de Prevención) estamos hablando de estudios epidemiológicos laborales, y por tanto son los mismos especialistas los habilitados para el mismo.
Volviendo al tema de los protocolos. Los protocolos son guías clínicas que ayudan a los médicos proponiendo preguntas clave, exploraciones clínicas y complementarias coste-efectivas y dando listados (no exhaustivos) de puestos de trabajo donde podrías encontrarte dichos riesgos. Cosas importantes: no son leyes, no son decretos, no son normativa y por tanto NO son de obligado cumplimiento… son sugerencias.
Has podido observar que he citado el término Guías Clínicas y por tanto deben ser aplicados por personal facultativo: Médicos del Trabajo y DUEs de Empresa.
Espero haber puesto un poco de luz en el cacao que tienen algunos, incluidos sanitarios, con el tema de los protocolos.
Un saludo,Hola
Estoy flipando.
¿El seguimiento de los pacientes oncológicos lo hace el especialista o el dependiente de la pescadería?
Un saludoJavier
-
AutorEntradas
- El debate ‘ PROTOCOLOS’ está cerrado y no admite más respuestas.