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EHE.
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HOLA TENGO UNA CUESTIÓN, EN UNA OBRA EN LA QUE SERÉ COORDINADOR DE SEGURIDAD EL CONSTRUCTOR PRETENDE COMENZAR LAS OBRAS SIN PRESENTAR NINGÚN PLAN POR TANTO NO HAY COMUNICADO DE CENTRO DE APERTURA PORQUE NO HAY APROBACIÓN DEL PLAN , NI TAMPOCO SE FIRMARÁ EL ACTA DE INICIO DE OBRA POR LOS COMPAÑEROS DE LA DIRECCIÓN FACULTATIVA, COMO COORDINADOR SE SUPONE QUE NO ME HAN AVISADO DE QUE IBAN A EMPEZAR LA OBRAS,(de hecho no hay acta de inicio)
¿TENGO RESPONSABILIDAD?
si ocurre un accidente el promotor puede ir contra mi por haberme contratado??.pd:anadir que el coordinador es necesario porque hay más de una empresa
muchas gracias
saludossi la propiedad te ha contratado como css, haz de ello, te presentas en la obra, haces la anotación indicando lo que acabas de exponer
Alguna vez me he preguntado esto también.
Si no hay PSS, y como todos es sabido el CSS debe controlar el acceso a la obra (odio esto), tendrás que garantizar que no entre a la obra.
Claro si no tienes PSS, no tienes libro de incidencias y por tanto ¿donde lo anotas?
Yo lo que haría y no tengo la verdad absoluta es crear el libro de órdenes que, aunque no sea obligatorio hay muchos inspectores que los ven con buenos ojos y allí anotar la deficiencia por supuesto con copia para las partes.Al final esto se trata de demostrar que tu has hecho todo lo posible por hacerlo bien.
Si aun no se ha firmado el acta de inicio de obra, se supone que la obra no está empezada?.
que documentación legal tendría para decir que la obra a comenzado, y empiezan mis funciones.
hoy en día desde que se firma una dirección (porque necesitan volante para la licencia) hasta que empieza tarda un tiempo si en ese transcurso el constructor y propietario deciden comenzar la obra por su cuenta y riesgo ¿porque el coordinador y la dirección facultativa tiene responsabilidades?
gracias.Correcto lo que planteas, eso me pasa por no re leer dos veces.
Un saludo!Ehe, no le hagas caso al último comentario de Ventamina. Parece que su caracter agrio no ha cambiado con el nuevo año. Es normal no conocer ni saber de TODO.
En cuanto a tu pregunta inicial, en tu caso yo optaría por una de estas 2 posibilidades:
1. Le envías un E-mail (para que quede constancia por escrito) al promotor (que es quien te ha contratado) pidiéndole que te informe “formalmente”, es decir, también por escrito, del comienzo de los trabajos. Hasta que no te lo comunique, para tí es como si no existiera la obra.
2. Una vez comenzada la obra o si quieres saltarte el paso anterior, al no tener libro de incidencias, ni de órdenes, ni de visitas, lo que yo haría es realizar un acta de inspección (o visita, como lo quiereas llamar)de la obra. Como ha dicho otro compañero, normalmente no encontrarás deficiencias graves de ejecución, pero sí documentales (entre otras las que has nombrado). Echas fotos, para que se vea que sí se está trabajando, y haces tu informe diciendo que sin existir apertura de centro, plan de seguridad, etc. se deben parar los trabajos (puedes poner que sí se están empleando los medios de protección adecuados y que el personal llevaba los EPI adecuados si es el caso). Le mandas el informe al promotor como un documento interno para “poner en su conocimiento” las desviaciones y lo acompañas de las posibles sanciones (RDL 5/2000) para el promotor. Cuando ven la que les puede caer, más con el afán recaudatorio que tiene últimamente la inspección, normalmente hacen las cosas bien.GRACIAS A TODOS
si es una obra de edificación viene regulado en la LOE, que el incio de obra (pistoletazo de salida) es cuando se firma el acta de replanteo, que también la ha de firmar el css (aunque no indique esta obligación en la LOE). En la LOE dice constructor, director de obra, director de ejecución.
Ehe. Esto es un foro donde encontrarás buenas respuestas a tus preguntas, incluso algunas respuestas serán con malas formas.
Para algunos, se ve que nacieron sabiendo TODO lo referente a obras de construcción y no se llevaron ningún palo ni sorpresa al principio. Se ve que siempre han dado con promotores y constructores que saben de que va esto y no con promotores que solo les interesa hacer dinero, y que cuantas menos preguntas les hagas mejor y si te pueden colar empresas en la obra sin que tu lo sepas, lo harán.
NO TODOS los CSS pueden estar en la obra permanentemente, ni ir todos los días, son empleados de empresas de servicios en las que además DEBEN hacer otras cosas, o los echan. Siempre se hará lo mejor que se pueda.
Te digo una cosa Ehe, leete el RD 1627 y Guía Técnica del RD 1627, RD 337, la Ley 32/2006 y el RD 1109, como mínimo. Además, algunas dudas, las puedes consultar también en tu Colegio, que para eso está y les pagarás supongo.
Un saludo y suerte a todos los CSS para este 2012.¿Documentación legal para decir que la obra ha comenzado? ¿No te basta con que esten alli trabajando? No se necesita de ninguna documentación legal para decir que el caballo blanco de santiago es balco, ES ALGO EVIDENTE.
¿Si no tienes PSS no tienes LI? Dependerá de como lo tengta organizado cada colegio (en el mio lo da, haya o no PSS), pero por norma legal NO se necesita tener PSS para obtener el LI (entre otras cosas porque el LI no está ligado a un PSS sino a la obra).
Cojo…
Primero le mandas un email al promotr diciendo que mientras no te avise tu te haces el sueco, y acto seguido le envias (y por tanto conoces la situacion) un informe POR ESCRITO dejando constancia de que la obra ha empeza.
Y no contento con eso, ademas paralizas la obra porque no tiene papels, cuando la ley para lo que te da potestad es para hacer sobre aquellos trabajos (SOLO ESTOS) que representen una situacion de riesgo grave e inminente (no sabia yo que los papeles eran una medida de prevención/protección de riesgos para los trabajadores)
Exacto, EN CADA CENTRO DE TRABAJO (=OBRA) EXISTIRA …
Cuestión distinta son los fines para los que sirve (o debiera servir).
En ocasiones el promotor hace las cosas bien y contrata a la Dirección Faculativa (TODA, incluido el CSS (cuando prevee que va a haber mas de una empresa en obra)) ANTES de contratar a ningún contratista, con lo que no entiendo qué es eso de aceptar la Coordinación solo cuando esté previamente “la documentación de obra”. Lo que tiene que estar es el Proyecto de ejecución y su correspondiente ESS o EBSS.
Mire las cosas hay que hacerlas bien, o al menos todo lo bien que razonablmente se pueda y siempre dentro de las exigencias legales.
¿Para qué cre que sirve una licencia de obra?
¿Por qué se exige la misma para comenzar una obra?
¿Que pasa si empiezan la obra sin licencia y lo descubre algún policía municipal?
¿Qué pasa si en ese tiempo hay un accidente?
Yo se lo diría PERSONALMENTE al Promotor indicándole que dé las instrucciones serias y precisas al Contratista para que cese toda actividad hasta que no tengan Licencia de Obra, se haya presentado el PSS para su aprobación, etc.
Insisto las cosas hay que hacerlas. . . -
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