Lo primero que necesitas es tener las mediciones del último año, que estas mediciones estén por debajo de los valores que indica la ITC y con ello te vas a la seción de minas de la consejería de industria de la comunidad correspondiente y punto, a esperar que te contesten.
Puntualización importante:
NADIE tiene las mediciones del año anterior porque han de ser aplicando la ITC 2.0.02, los que tuvieran exención o reducción de muestreos con la anterior ITC han de comenzar de nuevo y volver a muestrear tres veces y solicitar la reducción en caso de cumplir los requisitos ya que la curva de separación es distinta, los valores límite son otros y puedes cumplir la 07.1.04 y no con la 2.0.02. Además la nueva ITC no contempla la exención, sólo reducción a 1 muestreo anual.