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mendiforpresident.
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Buenos dias,
Mi pregunta es; ¿puede un trabajador, conductor de carretilla, negarse a la formacion de reciclaje que esta planificada por la Empresa, de acuerdo con su evaluacion de riesgos?
Por otro lado, ¿esa formación tanto teórica como practica puede ser dada tanto por un SPP como por una entidad homologada?
Muchas gracias por anticipadoSi entendemos que cuando hablas de formación te refieres a formación en PRL sobre el uso de la carretilla entonces:
1. Aunque es un tema de índole laboral (no PRL), entiendo que mientras la formación se haga dentro de la jornada laboral o se compensen las horas, el trabajador no puede negarse puesto que estaría incumpliendo con una de sus obligaciones contractuales. Actuar conforme al régimen disciplinario establecido en el CC o en el ET
2. La formación puede ser impartida con medios propios o ajenos conforme a lo que se disponga en vuestro Plan de Prevención.
Un saludoMuchas gracias Cap. Morgan. Es que hemos consultado con nuestra asesoria juridica y nos dice que si la formación esta contemplada en nuestra Planificación de Riesgos, éstos no se pueden negar…yo también lo entendia a si, pero preferia contar con vuestra opinión.
Si, puede negarse.
Lo que tendra es que asumir las consecuencias: una falta grave o incluso despido procedente.Tambien te puedes negar a fichar, utilizar epis, no ir al trabajo los lunes, etc, con parecidas consecuencias.
Buenas tardes!!
Como se ha dicho anteriormente, no puede negarse a la formación. Yo me he encontrado en casos que aun teniendo titulación justificativa de haber realizado el curso en cuestión o una titulación superior, no se pudo negar ha realizar el curso. Si se negara a realizar o asistir al curso, se le debería informar al trabajador del tipo de falta y las posibles consecuencias.
Generalmente esa formación se realiza dentro de las horas laborales, si se realizase fuera de las horas laborales entiendo que serían horas extras o horas libres en su defecto, es decir las horas del curso, se darían como horas libres otro día.
Espero que te sirva de ayuda.
Buenos días,
Estoy de acuerdo con los anteriores comentarios.
Sin conocer el tema y sin animo de polemizar, si que es cierto que algunos empresarios, tienen la mala costumbre de planificar cursos de esta indole los sábados por la mañana, con lo cual a mi juicio crean a veces cierto mal estar entre algunos trabajador@s (los que tienen familia con hijos) puesto que les fastidian el fin de semana, amparandose en que las horas que invierte en esa formación, las compensa con horas de menos durante la/s semana/s, anteriores y/o posteriores.una vez dicho esto, una vez más estoy de acuerdo con los anteriores comentarios.
Un saludo
Muchas gracias a todos por vuestras respuetas. Me ha quedado muy claro y asi lo comunicare a mis responsables. El curso es en horario laboral, con compensacion de horas, por supuesto, pero aun asi siempre hay alguno que se niega.
Si es en horario laboral, NO hay compensacion de horas (las horas de formación en horario laboral, ya son horas efectivas de trabajo, no hace falta compensarselas con horas de “descanso”)
Es totalmente correcto lo que dice Icm75. Soaz debes tener en cuenta esto, ya que si es en horario laboral NO debe haber compensación alguna. Si no, el empresario no seguirá facilitando formación, tan necesaria en la mayoría de las ocasiones, porque no es “rentable”.
Hola,
el trabajador está obligado a realizar dicha formación, aunque ésta sea de reciclaje, debido al tipo de trabajo que desempeña en su lugar de trabajo y tal como además debe indicar la evaluación de riesgos realizada. Si no la realiza y tiene un accidente el empresario será responsable directo por la obligación de éste de proporcionarle una formación.
Dicha formación la podéis realizar vosotros como SPP o una entidad externa especializada SAP o en dar curso de carretrilleros, en cuyo caso deberéis supervisar y dar el viesto bueno como Técnicos de prevención.Si perdonad, no lo he aclarado bien, es que se les da la posibilidad de hacerlo dentro de horario laboral o fuera de horario, en cuyo caso si se les compensa las horas.
Tienes razón, las horas de formación son horas efectivas de trabajo, pero puede darse el caso de que el horario laboral de una empresa sea superior a la jornada laboral de un trabajador y si el curso se hace dentro de la jornada laboral de la empresa pero fuera de la del trabajador, si que habrá que compensarle estas horas.
Frik, de acuerdo, pero estabamos pensando todos en que era sin consecuencias…
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