- Este debate tiene 16 respuestas, 9 mensajes y ha sido actualizado por última vez el hace 13 años, 6 meses por
Corsario76.
-
AutorEntradas
-
Felices fiestas a todos!
AL hacer una evaluacion de riesgos, veo que hay una escalera de 63 cm. sin barandilla, por tanto no cumple con el RD. 486 y se le debería colocar una barandilla.
La cuestion es que es una escalera que no se usa habitualmente, puntualmente la usa alguien. De cualquier manera deben colocar barandilla. Estoy en lo cierto ¿no?
Gracias y un saludoEsa escalera ¿está en un centro de trabajo? entenderé que sí… ahora bien el usuario de la escalera, aunque lo haga de uva a peras, ¿la utiliza durante el desarrollo de la actividad laboral y por motivos de trabajo? ese usuario ¿ es un trabajador por cuenta ajena? ¿se trata de trabajador por cuenta propia que accede a realizar trabajos (los que sean) en ese centro de trabajo? SÍ… pues el empresario deberá hacer lo posible por planificar esa deficiencia que has encontrado y poner la medida preventiva que sea para eviatr el riesgo de caida a distinto nivel.
¿Ves alguna excepción en relación con el uso que se hace de ella?
SI NO SE USA HAY QUE PRECINTARLA Y PONER UN CARTEL QUE ADVIERTA FUERA DE SERVICIO HASTA QUE SE DESMONTE, SI SE USA AUNQUE SEA OCASIONALMENTE DEBES PONER UNA BARANDILLA
Smv17,
Uds. en España siempre dicen lo mismo o piensan lo mismo o hacen lo mismo, mexplico:
si no existe una nroma pero uds. como prevencionistas descubren que hay algi que evidentemente ouede conducir a un accidente, ¿no hacen nada?; ¿sólo hacen prevención cuando existe la norma?;
si es el caso, uds no son prevencionistas sino que solamente aplicadores de normas existentes;
un prevencionsita hace prevención y genera la norma cuando ella no existe, pues lo único que nos interesa es la salud, bienestar y vida de los trabajadores, luego, si tus conocimientos, imaginación (se usa la imaginación cada vez que se preve algo que hasta el momento no ha ocurrido pèro que tu inteligencia y conocimentos te dicen que puede ocurrir) y ética te señalan que debes hacer algo, instalar algo, educar en algo, otros relacionados con la prevención, lo debes hacer, exista o no la norma, pues la normas siempre se dictan mucho tiempo después que se descubre que algo causa daño,
luego, si tu inteligencia, conocimentos, imaginación y ética te dicen que dbes colocar la baranda, colócala,
saludos,
Pierote
Pues si su inteligencia, ética, conocimientos le dicen que hay que poner un baranda… lo que tieen que hacer es dedicarse a la carpitneria metálica… porque el TPRL no se dedica a poner barandas, sino a EVALUAR RIESGOS LABORALES.
Ya, Pierote, pero creo que estás algo equivocado. Precisamente yo he repetido hasta la saciedad que la norma es de mínimos y que el criterio del técnico es el que cuenta, etc, a gritos y una y otra vez. Pero me da a mí en la nariz que toda esa gente que pregunta el “y eso ande lo pone” no son prevencionistas, sino personal de empresas o propietarios que no quieren por lo que sea hacer caso al técnico y en su ignorancia se creen que si no está legislado no hay que hacerlo.
Si os acordáis de darme las gracias puede que os dé suerte y os toque la lotería, aunque puede que no. Pero, ¿qué demonios? Vale la pena probarlo.
Seamos cuidadosos Pierote, que si nos ponemos a generalizar, podríamos hablar de ustedes como los que entierran a mineros para luego decir qué buenos somos que los sacamos.
Tanto lo uno como lo otro son generalizaciones injustas.
Pero volviendo a tus comentarios, coincido plenamente contigo en que hay mucho técnico que se limita a aplicar la normativa, y que se queda fuera de juego cuando la ley es muda.
He comentado ya varias veces en este foro, que un TPRL debe ir con la cabeza bien alta (si es que puede) y decidir cosas, usando la ley cuando ésta diga algo, y aplicando su criterio cuando deba, diciendo que eso es así porque lo digo yo.Sí pero en este caso podría ser la situación contraria. Es decir, el técnico se encuentra con una escalera de 63 cm´de altura en su tramo más alto (supongamos, además, que está en buen estado, bien iluminada y la frecuencia de uso es mínima). Y el técnico “utilizando su imaginación y conocimientos” estima que el riesgo existe sí, pero que es “trivial” y que se “puede quedar como está”… Pero…hete aquí que, efectivamente, en España (en este caso) existe una norma que obliga a instalar barandillas (sin excepciones de ningún tipo) en escaleras de lado abierto que superen 50 cm… Pues es por esta norma que habrá que instalarlas, dado que si alguien (contra todo pronostico) se cae de la susodicha escalera y ésta no tiene la barandilla (y precisamente por existir una norma legal al respecto)las consecuencias legales para el empresario pueden ser morrocotudas.
De ahí que en España siempre preguntemos antes que nada si sobre tal cuestión está regulado por RD o reglamento…y despues se evalua el riesgo.
pon la barandilla y cuento acabado
Sr. Pierote:
COMPARTO con Ud. ese VERDADERO SENTIDO DE LA PREVENCIÓN.Me quedo con esta respuesta… pero, con permiso del forero Carloss, recordar que el TPRL debe evaluar riesgos laborales… así que, si esa escalera no es utilizada en el ámbito del trabajo… el TPRL NO debería decir ni mú.
Felices Fiestas a todos
Y porque yo lo valgo, sí señor!!!!!! Ahí las dao.
Si os acordáis de darme las gracias puede que os dé suerte y os toque la lotería, aunque puede que no. Pero, ¿qué demonios? Vale la pena probarlo.
Pssssi y nnnno ;> jeje. Teniendo en cuenta que la ley española es de mínimos, lo cual es lógico teniendo en cuenta que debe adaptarse a todas las empresas y que para florituras ya están los técnicos, cuando algo está establecido, es que tiene que estarlo.
Primero, lo del uso ocasional me lo paso yo por el f… de los ov… mismamente, porque no sé por qué, todo aquello que es intrínsecamente peligroso en la empresa resulta que es de uso ocasional, en desuso, que se tiene que cambiar… mis ov… ¿Y cuando vuelves al cabo de dos años y está exactamente igual? Si algo no se usa se elimina, se tapa o se tapona o lo que sea, pero si está operativo se va a usar, y a mí que no me vengan con cuentos.
Segundo, a partir de ahí tenemos una escalera de una cierta altura, algo más de medio metro, y evidentemente no se tratará de un riesgo grave, pero trivial tampoco. Súbete a la mesa (figuradamente, claro…) y dime que una caída desde ahí te va a hacer un daño “trivial”.
Si os acordáis de darme las gracias puede que os dé suerte y os toque la lotería, aunque puede que no. Pero, ¿qué demonios? Vale la pena probarlo.
-
AutorEntradas
- El debate ‘ Escalera y necesidad de barandilla’ está cerrado y no admite más respuestas.