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Siento molestaros nuevamente con el mismo tema, pero no me queda claro.Como empresa de suministro de hormigon, donde los camioneros que acceden a obra son subcontratados nuestros, y que no tenemos personal propio en obra, ¿tenemos que firmar en el libro de subcontratación? yo creo que al no ser subcontrata, no tenemos personal en obra, no deberíamos, pero no estoy seguro de ello, ¿me ayudais?muchísimas gracias.
Por experiencias propias con la inspección, os considera suministro, no subcontratistas.
Ojo, si la planta, no esta montada expecificamente para la obra.No tenemos planta en la obra, tan solo van los camiones, descargan y se marchan. ¿Entonces, si somos suministradores, NO FIRMAMOS EL LIBRO DE SUBCONTRATACIÓN? no es por no firmar, es por no firmar algo que no es obligatorio.
GraciasHaced lo que querais. Ley subcontratacion, articulo 3:
Subcontratista: la persona física o jurídica que asume contractualmente ante el contratista u otro subcontratista comitente el compromiso de REALIZAR DETERMINADAS PARTES o unidades de obra, con sujeción al proyecto por el que se rige su ejecución.
Lo unico que haceis es llevar material, no ejecutar nada por lo tanto, tu mismo.yo planteo una duda, si esa empresa que suministra el hormigón, realiza también el bombeo de ese hormigón, es decir tu contratas el suministro del hormigón y el bombeo de ese hormigón (la empresa subcontratada lleva a obra la bomba de hormigón y un operario suyo se encarga de dirigirla)
un saludo
Es logico, te hablo por experiencia, y no por cordura, por que creo que no la tiene.
En el caso de que exista la bomba de hormigón con el operario, tu lo que contratas es la puesta en obra del hormigón, no el suministro del mismo, es decir contratas a alguien para que haga, no para que traiga.
En mi opinion, tanto es con bomba, como sin bomba, ya que habitualmente los conductores de las bombonas, no llegan, descargan y se van, si no que hacen una puesta en obra del producto (no siempre). Pero esto es una opinion y no es la mas extendida ni la que se aplica en general.
No obstante y aun considerandolos suministro, lo que si esta claro, es que hay que informarles acerca de los riesgos derivados de la obra, y logicamente preguntarles y dejar por escrito, si hay algun problema de coordinacion.
El problema del compañero Torremochu…, entiendo que es que si el suministra el hormigon pero los camiones no son suyos, tendria que incluir dos subcontratistas en el libro de subcontratacion donde el seria el comitente de la empresa de los camiones, sin aportar nada a la obra. En tu caso al aportar la bomba y el operario, ese problema desaparece.
A todo esto algo que me gusta decir mucho; APLIQUEMOS EL SENTIDO COMUN, y si no nos fiamos consultemos por escrito al servicio de condiciones laborales o a la inspeccion de nuestra duda.Aunque solo te paguen por poner hormigón en obra, si las personas que van a llevar el hormigón descargan y se van, no se considera empresa subcontratada. Pero si las personas que van, tienen que montar una máquina,utilizarla para bombear el hormigón y ha de estar trabajando, se consideran empresa contratista y no suministrador. Este es el criterio de inspección de Trabaja en Cataluña. Es decir, de manera más clara, si se suministra un palet de ladrillos, es suministro, pero si encima ese señor ha de sacarlos del palet y apilarlos de otra manera que le indica, esto es trabajo y por tanto tiene la consideración y responsabilidad de contratista, aunque el servicio sea de suministro.
Saludos
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