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Eduardo Benjumea Rodriguez.
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A una empresa que va a trabajar a Cataluña durante aproximadamente 3 dias y entra en una obra le piden la apertura del centro de trabajo y para ello que tiene que tener un domicilio en la comunidad.
Podeis enviarme el argumento legal correspondiente para defenderlo?
Gracias.
Buenos días
PUes no hay ninguno:
1º- La Comunicación de apertura tiene un plazo de 30 días desde que se inicia la actividad, con lo que, legalmente hablando, si solo vas a estar 3 días, tienes el “vacio legal” necesario para no realizar este trámite
2º- En ningún momento se exige que para abrir un centro de trabajo tengas que tener un “domicilio” en la comunidad… se trata de comunicar un centro de trabajo, es decir, un “lugar” donde vas a tener actividad y trabajadores. Eso, en ningun caso presupone que sea un centro de tra bajo de tu propiedad… si no que vas a estar allí…
Saludos"Lo más importante que he aprendido: Que nunca se deja de aprender!"
Totalmente de acuerdo con Oskar76, unicamente hacer una puntualización.
Si bien efectivamente la norma legal te da 30 días para efectuar la apertura, eso no significa que no sea exigible por parte de la administración si la obra tiene una duración menor a ese plazo. Lo que ocurre es que habitualmente en esos casos no suele pedirla. Pero lo puede hacer.
De acuerdo con “Pedrov” y si se la van a pedir, antes de que lo hagan, pues pregunte a la Autoridad Laboral, porque en cada sitio hay costumbres distintas
si es subcontrata y como consecuencia de una instrucción de la generalitat no tendrá obligación de realizar la apertura de centro de trabajo. Si quieres ver la instrucción que corresponde, tendrás que entrar en gencat o esperar a algún otro forero que no esté tan hecho polvo
Buenas tardes, Pedrov
Con la legislación en la mano, la administración no te puede exigir dicha apertura antes del plazo, ya que se trata de un plazo legal… es como si te dieran 30 días para presentar los “papeles de hacienda”, y al quinceavo te dijesen que te multan por no haberlos entregado.
Otra cosa es que, por no “discutir” con ellos, y puesto que es un trámite sencillo, lo hagas cuando te lo pidan… pero legalmente no pueden exigirtela hasta llegado ese plazo….
Saludos"Lo más importante que he aprendido: Que nunca se deja de aprender!"
Te haces con un impreso de solicitud de apertura, lo cumplimentas y le dices al que te pide que lo tengas que ya lo has solicitado y como tu tienes un mes para solicitar dicha apertura, y como tu vas a estar solo tres dias no pasa nada. !Ah¡ para solicitar la apertura no tienes que tener domicilio donde lo pidas
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