Estoy conforme con lo aportado por nuestros compañeros. Pero permitirme que os cuente un caso particular.
Cuando empecé en esto, detecté que en la empresa que estaba trabajando (de construcción) jamás se había cerrado ningún centro de trabajo. Muy resuelto me dirigí a la autoridad competente (en mi caso en Barcelona) para averiguar los pasos a realizar, ya que, como bien han explicado los compañeros, no existe ningún modelo.
Allí, tras pasearme por varias plantas, pasar de funcionario a funcionario… ya que ninguno sabía darme razón, y todos me miraban de forma muy rara cuando les decía que deseaba proceder al cierre de varios centros; el “experto” me explicó que si lo deseaba presentara un escrito comunicándolo y lo entrara por registro, pero que ellos “de oficio” procedían a cerrar los centros, cuando se trataba de obras, pasado un periodo prudencial. Cito textualmente “cuando pasan unos diez años ya lo cerramos nosotros, no hace falta que presentes nada”.