- Este debate tiene 10 respuestas, 11 mensajes y ha sido actualizado por última vez el hace 18 años, 8 meses por Mia28.
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Hola, mi pregunta es la siguiente:
En una obra los trabajadores pueden trabajar con pantalones cortos??, y camiseta de manga corta??
Un saludo
Según el RD 773/97 en el artículo 10 los trabajadores deben utilizar y cuidar correctamente los EPI´s.
Por lo tanto si en el mercado hay un EPI de pantalón corto con el marcado CE no veo problema. Lo que no vale es cortar un pantalón largo. Respecto a la camista me consta que existe camiseta de manga corta con marcado CE en el mercado por lo que no veo ningún problema en su utilización.
Un vez respondida la pregunta para que no digas que escurro el bulto, comentarte que no creo que debas prestarle demasida atención al tema del pantalón corto porque en una obra de construcción hay seguramente riesgos más graves, siempre y cuando no sea el vestuario, o la ausencia de ello, generadora de riesgos. Creo que es comprensible que en zonas y tiempo de calor el trabajor ponga un pantalón corto sin que por ello nos llevemos las manos a la cabeza.
Un saludo
No es lo aconsejable, las ropas largas proveen un protección extra al trabajador y más aún si hay presencia de sol, si hay proyección de partículas también protegen, si manipulan algún material irritante para la piel también los protege, también evita algunas abrasiones en las rodillas y codos pues deben apoyarse en alguns casos en estas partes del cuerpo.
Sugiero que la empresa debe definir sus políticas claramente en cuanto a a ropa de trabajo y los colaboradores limitarse a cumplir con lo que se requiere.
En ningún decreto, ley o nota técnica describe tan minuciosamente la ropa….lo que si te puedo asegurar es que la ropa de trabajo debe de reunir las condiciones necesarias para que el trabajador se encuentre en estado de confort térmico al realizar su trabajo………ya sabes para evitar el estrés térmico y todo eso
La ropa de trabajo no es un epi, sólo lo sería si sirve para proteger de determinado riesgo evaluado (polar o calzado de seguridad por ejemplo). Así que si evaluas que el riesgo de cortes o abrasiones sea tan probable y severo como para requerir un epi (si ni ha solución colectiva) pues a rascarse el bolsillo en encontrar prendas frescas, que protejan el cuerpo de esos riesgos y que además no sean incómodas. Buff….
Opino igual que el resto de los compañeros, nadie ni ningun R.D.les puede obligar a utilizar ese tipo de ropa de trabajo………pero¡¡¡¡¡ es necesario (en materia de prevencion) pensar con la cabeza. Lo logico es que, dependiendo del tipo de trabajo, utilizen un tipo de ropa u otra .
Pero de todas maneras……OJO..¡¡¡
Un saludo.
Recuerda que deben de utilizar el equipo protección personal, y ello incluye la ropa. Es por hecho que en ningún caso las actividades al aire libre, deben de realizarse con ropa adecuada, a excepción de las actividades especiales, ..Elias.. Mx.
Mi opinion es que no:
pues en la obra hay materiales cemento, cal, etc que no deben entrar en contacto con la piel y menos en zonas humedas de roze.
No pues la ropa sirve ademas para protejernos de raspones y ralladuras.
Como poder trabajar así, claro que pueden, otra cosa es que por sentido común o decoro no lo hagan. Ya sabemos todos que en verano en una obra hace mucho calor y a la gente le da por descamisarse y cortar los pantalones, etc, etc.
La verdad es que la ropa esta “de construcción” no es un EPI, con lo que no están obligados ni siquiera a ponérsela, vamos que podrían estar trabajando en pelotas, eso sí, con su casco, sus guantes, sus botas de seguridad, gafas o pantalla facial en algunos casos, e incluso mascarilla, y ya si les obligamos a ponerse el chaleco reflectante estarían de lo más monísimos.
Si. En verano tiene su lógica. Lo de los pantalones no lo aconsejo en las primeras fases de la obra, ya que es muy fácil que te arañes o roces con algo. Legalmente no hay nada que lo prohiba.
Buenas yo hice la misma pregunta hace un tiempo y un inspector me contesto así si la obra cumple los requisitos para poder llevar pantalón corto si se puede pero ahora dime ¿que obra en construcción cumple esos minimos? es cierto que no es considerado como epi pero si les protege de rasguños, cortes, etc. un saludo
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