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tusabrás.
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Estimados amigos, tengo una gran duda, ¿qué requisitos necesita un Técnico en Prevención de Riesgos Laborales para impartir la TPC?.
GRACIASSupongo que te refieres a los requisitos necesarios para poder impartir la formación en PRL que irá incluida en la TPC (Tarjeta Profesional de la Construcción). Si es así, puedes consultarlos en el art. 168 del IV Convenio General del Sector de la Construcción, BOE nº 197 (17 agosto 2007).
Cada vez que das las "gracias" pones la sonrisa en la cara de un niño. En la mía, vaya. No seas rata con los agradecimientos.
SI TE REFIERES A LA TARJETA PROFESIONAL DE LA CONSTRUCCIÓN TIENES QUE CONSULTAR EL ARTICULO 168 – REQUISITOS DEL CONVENIO GENERAL DE LA CONSTRUCCIÓN DEL 1 DE AGOSTO DE 2.007.
El primer requisito es que el Servicio de Prevención Ajeno en el que estés contratado se acredite ante la Fundación Laboral de la Construcción como entidad para la formación de los trabajadores del sector de la construcción para la impartición en cada caso de lo que considere dicho Servicio que puede asumir:
-Aula Permanente, 8 horas presenciales, obligatorio para la obtención de la Tarjeta Profesional.
-Formación de Nivel Básico, 60 horas.
-Formación por oficios, aproximadamente 20 horas para cada oficio.
En fin, lo que el Servicio de Prevención correspondiente, considere que está capacitado para dar.
Por cierto uno de los requisitos para la obtención de la acreditación como entidad formativa por la Fundación Laboral de la Construcción, es contar con al menos un Coordinador de Seguridad y Salud.
Por lo demás, en principio, cualquier técnico superior o intermedio en Prevención de Riesgos Laborales, está capacitado para dar la formación que se exige, porque si trabaja habitualmente en el sector de la construcción, ya está dando esa formación cada día, basta con ver los temarios y se comprueba que, mas ampliado o menos, pero los riesgos de la construcción no varian porque se les llame de otra forma a los cursos que se imparten, por otro lado, que a nadie se le olvide que la formación específica exigida por el art.19 de la LPR, y que obligatoriamente, tiene que dar la empresa sigue en vigor, no porque los trabajadores tengan que hacer la formación que exige el Aula Permanente dejan de estar obligados a dar la formación específica, responsabilidad de la empresa.Mi SPA se acreditó para dar esos cursos, y nos pidieron la formación y experiencía en formación.
Segun la FLC de mi ca.a..
Requisito mínimo TSPRL.
Deseados, haber trabajado como responsable de seguridad en obras de construcción y/o experiencía como formador en PRL (demostrable con la vida laboral).En mi caso cumplia este último.
Consejo: llama a la FLC de tu cc.aa. a ver lo que te dicen, ya que por poder puede todo el mundo a efectos del REA; pero para que “oficialicen” esos títulos la FLC tiene que tener un preaviso. De donde, cuando y quien a impartido esa formación.
Un saludo.
Hoola, para poder impartir la formación en prevención necesaria para obtener la TPC, te tiene que homologar la Fundación Laboral de La Construcción, homologa tres cosas: las instalaciones, el centro en sí, y los formadores, dentro de éstos últimos debe haber un coordinador de seguridad y salud en obras de construcción, bien en plantilla, contratado por horas…., si necesitas más información vuelve a escribir alguna pregunta en el foro
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