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Sarah Andrade Santos.
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Después de la entrada de la Ley de Subcontratación aún me hago lío con la documentación de los sujetos intervinientes en las obras de construcción. Me gustaría una confirmación de que si mis afirmaciones son correctas, o una respuesta a las siguentes preguntas:
1 – El PROMOTOR es simpre obligado a presentar aviso previo, ¿mismo en el caso de “cabeza de familia”
2 – El CONTRATISTA ¿sigue con la obligación de comunicar la apertura de centro de trabajo y a la vez de habilitar y tener al día el Libro de Subcontratación? ¿O será que con el libro ya es suficiente y ya no es necesaria la apertura de CT.?
3 – En el caso de que el contratista no sigua la cadena de subcontratación, es decir, que vayan a trabajar en la obra solamente sus propios trabajadores, ¿aún así tiene que tener el libro de subcontratación?
4 – El SUBCONTRATISTA ya no tiene que realizar la apertura de centro de trabajo al estar dado de alta en el libro de subcontratación.Agradezco que la respuesta sea lo más clara y breve posible, ya que hay algunos al que les gusta complicar más la história y meter cizaña, por así decir.
GRACIAS y un saludo,
Buenos días
1º- Efectivamente, el promotor sigue con la obligación de realizar el aviso previo de obra. Eso sí, no deberá actualizarlo (como antes) ante la entrada de nuevas empresa, ya que éstas se registran en el Libro de Subcontratación.
2º- La APERTURA DE CENTRO la deben hacer TODAS LAS EMPRESASA que participen en obra, da igual su condición de contratista o de subcontratista… siempre ha sido así, esto no ha variado. (en un plazo de 30 días desde que entran a trabajar)3º- EL libro de subcontratación solo es necesario en caso de existencia de subcontratas, si no vas a subcontratar nada, no tienes la obligación de habilitar este libro
4º- Tal y como he indicado en el punto 2, la apertura de centro tiene que hacerla toda empresa en obra, y por lo tanto los subcontratistas tambien.
Saludos
"Lo más importante que he aprendido: Que nunca se deja de aprender!"
Unicamente matizar el punto 1 de la contestación del compañero oscar76:
El aviso previo no sera necesario (que si quiere si puede hacerlo) actualizarlo (como antes) ante la entrada de nuevas empresa, ya que éstas se registran en el Libro de Subcontratación, siempre que estas no sean nuevas empresas CONTRATISTAS (implicitamente se puede desprender de su respuesta pero podría llevar a confusión).
Además también hay otros supuestos en que si debe actualizarlo como es el caso de cambio de coordinador.
Muy bien, Oscar. Muchas gracias, has sido sumamente claro.
Un saludo,
Gracias Icm, muy claro.
Saludos, -
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