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gardelgado.
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Quisiera saber, si la empresa esta obligada a comprar gafas graduadas a los trabajadores que así las necesiten para desarrolar su trabajo, o solamente proporcionarles las de seguridad. ¿Donde pordría documentarme sobre ello?, gracias
Me surge una duda cuando planteas la cuestión:
¿Te refieres a que si sería obligatorio para el empresario que, por ejemplo, si tiene un trabajador miope (yo lo soy, sin ir más lejos) y étes desempeñe trabajos donde sea necesaria una protección ocular, ésta debe estar graduada?Si es así, yo me baso en que los EPI's deben estar adaptados a las características personales del trabajador y entonces el empresario estaría obligado a proporcionar la protección graduada.
Un saludo.
Estoy de acuerdo con Psisoc, y además podemos añadir que el coste de un EPI no recae sobre el trabajador por lo que para garantizar la seguridad del trabajador se le tiene que proporcionar gafas de seguridad, éstas deberán ser graduadas siguiendo el criterio identificado por Psisoc.
Un saludo.SI LES HACE FALTA, DEBEN DE SER GRADUADAS Y EL EMPRESARIO DEBE SUMINISTRARSELAS.
Si están obligados a usar gafas de seguridad y deben usar simultáneamente gafas graduadas por problemas de vista el empresario debe facilitarles gafas de seguridad que están graduadas.
El empresario nunca está obligado a facilitar gafas graduadas, aunque el trabajador rompa las suyas en jornada laboral.
Puede estar obligada considerando lo siguiente:
El articulo 17.2 de la Ley de Prevención dice textualmente: «El empresario deberá proporcionar a sus trabajadores los equipos de protección individual adecuados para el desempeño de sus funciones». Además, el artículo 5 del Real Decreto 773/1997, relativo a la utilización por los trabajadores de los equipos de protección individual, dice que los equipos de protección individual deberán «tener en cuenta las condiciones anatómicas, fisiológicas y el estado de salud del trabajador». Por lo tanto, el empresario debe suministrar gafas de protección con la graduación adecuada a todos los trabajadores que lo necesiten.Saludos.El empresario tendrá en cuenta las características físicas de los trabajadores a la hora de adquirir y proporcionar epis.
Puedes ojear el RD 773/97 sobre epis.
Estoy totalmente de acuerdo con los que te han comentado, únicamente añadiría que si el uso de gafas de seguridad es esporádico sería suficiente con un cubregafas de seguridad
SaludosHola, en mi empresa se ha decidido por utilizar las siguientes:
Entra o regístrate para ver los enlaces No sé por que no sale bien el enlace:
Entra o regístrate para ver los enlaces Las gafas de proteccion de seguridad son obligadas entregarlas, y sobre las graduadas, al menos, creo que éstas deberían contemplarse pactadas su dotación en Convenio, por ejemplo.
Buenos días, para hacerle referencia acerca de las Gafas de Seguridad es de acuerdo al riesgo de trabajo que realizan, si lo necesitan es necesario comprarlas de lo contrario proporcionarles gafas de seguridad y aun no hay ninguna norma que afirme lo contrario.
Yo no creo que el empresario esté obligado a entregar gafas graduadas.
Con proporcionar gafas de seguridad que permitan llevar las graduadas por debajo de las de seguridad, el empresario, ya estarìa cumpliendo con la premisa de tener en cuenta, las caracterìsticas fìsicas del trabajador.
Un saludoAdemás no deben de suponer un riesgo añadido y lamentablemente las cubregafas suelen ser tan malas tan malas que ambas acaban rayadas y en ese caso el empresario se gastará bastante más en comprarle las graduadas de marca, pues la relación causa efecto está tan clara que no admite duda.
Y ya no hablo de la comodidad.
Las cubregafas como dice un compañero solo son indicadas para uso esporádico.El empresario tiene la obligación de suministrar los EPIs necesarios a los trabajadores para realizar los trabajos para los que hayan sido contratados, corriendo, el empresario, con los gastos.
Documéntate en la Ley 31/95 y en el RD de EPIs 773/1997.
Un saludo.
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