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9 octubre, 2009 a las 15:36:00 en respuesta a: Caida de escalera de acceso a plantas superiores (Mismo o Distinto nivel) #347269 Agradecimientos: 0
Hola Cap. Morgan,
espero no tener que cambiar de nuevo mi opinión (antes pensaba lo mismo, que sería caída a distinto nivel), pero la caída es ¿en el mismo plano o distinto plano? Si hay caída, ésta no se ve frenada por ninguna fuerza que ofrezca resistencia, pero el plano sigue siendo el mismo.Si en una escalera de 3,7 metros de altura hasta el descanso (permitido por RD 486/97), ya me dirás cómo proteges a los que circulan por ellas, si consideras el resbalón como caída en alturas, ¿necesitan arnés para bajar por las escaleras? ¿o a los 2m pones otra barandilla? pero que limite la caida
salu2
zoila9 octubre, 2009 a las 14:49:00 en respuesta a: Caida de escalera de acceso a plantas superiores (Mismo o Distinto nivel) #347266 Agradecimientos: 0Hola.
¿hay caída de altura? si no la hay, es al mismo nivel, si la hay es a distinto nivel. Si la referencia es el suelo, dependerá de cómo haya sido la caída.
salu2
zoila9 octubre, 2009 a las 13:10:00 en respuesta a: Gafas de proteccion graduadas #347162 Agradecimientos: 0Hola.
como bien explicó Oskar76, no es lo mismo que se adapten a que tengan que ser graduadas.salu2
zoilaBuenos días,
Es deber del empresario que sus trabajadores reciban formación e información, por tanto, aunque no cambie el puesto, sólo por cambiar de empresa, es obligatorio que la reciba de nuevo en la empresa que la contrató.
Otro tema es el sector de la contrucción, que en los reconocimientos médicos no tendrá que volver a realizarlos (antes de 1 año) aunque cambie de empresa, no sé si también afecta a la formación.
salu2
zoila9 octubre, 2009 a las 11:40:00 en respuesta a: Obras e información a los delegados de prevencion #347278 Agradecimientos: 0Hola de nuevo!
Es cierto que ese artículo, en su punto 1 menciona que sea de su propia actividad, pero en el 4 no lo hace (y eso es para cogerlo con pinzas), generaliza sobre los contratos. Estoy de acuerdo contigo en que lo lógico es que no fuera necesario, pero… ahí que se meta RRHH si quiere, a mi ya me da igual (esto ya tiene que ver con un hilo abierto sobre burnout!!)
En mi caso, y como técnico PRL en la empresa, sí me estoy preocupando (quizás más de lo que debiera) de que quienes vengan, lo hagan cumpliendo PRL (y si no tengo que informar a los delegados, mejor)
Gracias Oskar, da gusto que haya gente como la de este foro.
salu2
zoila9 octubre, 2009 a las 11:19:00 en respuesta a: Obras e información a los delegados de prevencion #347276 Agradecimientos: 0¡Gracias Oskar76!
Sí, actuamos como promotores. He revisado el ET, y sí deben estar informados los representantes de los trabajadores (la empresa está contratando prestacion de obras o servicios), y por tanto lo estarán los DP (art. 42.4)Salu2
Zoila9 octubre, 2009 a las 11:09:00 en respuesta a: Caida de escalera de acceso a plantas superiores (Mismo o Distinto nivel) #347263 Agradecimientos: 0Hola,
en mi caso distingo la caída desde la escalera a planos inferiores (caida a distinto nivel) que si “rodase” por la escalera (caida al mismo nivel), aunque llegue al piso de abajo.En la primera el plano “de trabajo” varía, en la segunda no.
salu2
zoila9 octubre, 2009 a las 11:02:00 en respuesta a: Gafas de proteccion graduadas #347155 Agradecimientos: 0Hola.
Totalmente de acuerdo y perfectamente explicado. Por si es de ayuda, lee el rd 773/97, en concreto el artículo 5.
Salu2
zoila9 octubre, 2009 a las 10:34:00 en respuesta a: servicios de prevencion propios #346950 Agradecimientos: 0Hola Oskar76,
Perdona, pero sigo sin estar de acuerdo, ¿deja de tener validez legal el ER del SPA? si fuera así la documentación no habría que guardarla y no es así.
salu2
zoila8 octubre, 2009 a las 22:37:00 en respuesta a: accidente laboral-infarto??? #346696 Agradecimientos: 0Hola Peplacos,
no es exactamente así, el trabajador ya estaba en la obra (si te quedas dormido en tu casa, no has ido al trabajo. Por mucho que sea dentro de las horas laborales, no tiene relación con el trabajo). En el momento que entras en tu lugar de trabajo, ya se considera laboral.
Si podéis demostrar que el infarto tiene otras causas ajenas a su puesto (difícil) no sería AT, pero aquí corresponde a la empresa la carga de la prueba. Nada de in itinere si ya estaba dentro de la obra, además, yo no consideraría in itinere el desplazamiento por motivos personales de/hacia el trabajo.Es complicado lo de los infartos, pero como bien se ha dicho, si no fuera por el dinero, seguramente no sería laboral.
salu2
zoilahola.
De acuerdo con lo comentado. No hay licenciatura, será un postgrado, aunque también lo están llamando master universitario según bolognia (que nada tiene que ver con el antiguo master, para liarlo un poco más)Salu2
Zoila8 octubre, 2009 a las 17:25:00 en respuesta a: Maquina fabricada pro empresa #347022 Agradecimientos: 0cuánta razón tienes y la cara rara con la que me miraba algún compañero de mi antiguo SPA cuando decía lo que has expuesto…
Salu2
Zoila7 octubre, 2009 a las 22:14:00 en respuesta a: servicios de prevencion propios #346947 Agradecimientos: 0Hola a tod@s,
Oskar76, perdona, pero no estoy de acuerdo en tu punto 3.1. En ningún sitio pone que haya que pasar la auditoría antes de los 12 meses de la constitución del SPP, “La primera auditoría … dentro de los doce meses siguientes al momento en que se disponga de la planificación de la actividad preventiva”, y esto no tiene porqué coincidir con la constitución del SPP.
Salu2
Zoila5 octubre, 2009 a las 10:57:00 en respuesta a: Subcontratación empresa extrangera #344623 Agradecimientos: 0Hola,
Totalmente de acuerdo con lo comentado. Para los locutores ten en cuenta la EP, nódulos en las cuerdas vocales, mucho más que el ruido al que puedan estar expuestos, que seguro que el volumen pueden regularlo ellos mismos y lo peor que les puede pasar es que se les estropee un auricular y les produzca un ruido ensordecedor que nunca podrás llegar a medir.
Salu2
Zoila -
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