Respuestas de foro creadas
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En dos palabras: IM – PRESIONANTE. Menos mal que todavía queda gente con un par de “lo que se necesita” y ayuda a los demás, porque desde luego he flipado con las respuestas que se han dado. Me alegro de no conoceros a ninguno personalmente, ni tener que trabajar a vuestro lado.
31 marzo, 2009 a las 10:45:00 en respuesta a: Pautas para brindar servicio se Salud Ocupacional #327600 Agradecimientos: 0¿De qué país hablamos?. Porque varía de unos a otros.
27 febrero, 2009 a las 14:15:00 en respuesta a: Reconocimiento al pasar de ETT a empresa #323816 Agradecimientos: 0Siempre que se empieza a trabajar en una empresa nueva se ha de realizar el reconocimiento médico, así que como este es el caso, se ha de hacer.
La nueva empresa necesita la documentación, en este caso el Apto y esta documentación, aunque existe de hace unos meses, pertenece a la ETT, ya que ha sido ella la que “ha corrido con los gastos de la vigilancia”. Ahora el nuevo empresario ha de hacer lo mismo.
Sástamente.
Enjuagar la boca, NO provocar el vómito, dar a beber agua abundante y proporcionar asistencia médica.
2 febrero, 2007 a las 07:48:26 en respuesta a: Frecuencia de los reconocimientos médicos #157626 Agradecimientos: 0Sí que me has servido de ayuda. Muchas gracias Duelan
30 enero, 2007 a las 07:10:03 en respuesta a: Frecuencia de los reconocimientos médicos #157624 Agradecimientos: 0Muchas gracias a todos por vuestra ayuda. Un saludo.
12 enero, 2007 a las 07:59:47 en respuesta a: Nuevo Decreto de enfermedades profesionales #158270 Agradecimientos: 0BOE número 302 del 19 de Diciembre de 2006, a partir de la página 44487.
13 noviembre, 2006 a las 17:37:09 en respuesta a: Especialidad Enfermería del trabajo #163247 Agradecimientos: 0Claro que es un foro de prevención, pero también se tocan otros temas relacionados con ella, en este caso, es un tema sobre Enfermería del Trabajo ¿es que no te parece bien?. No entiendo tu comentario.
10 noviembre, 2006 a las 09:45:42 en respuesta a: Movimientos repetitivos #163611 Agradecimientos: 0Gracias por tu información. Un saludo.
Antes que nada decirte que no existe la especialidad de PRL en medicina del trabajo, sino que el médico debe ser especialista en Medicina del Trabajo y el/la enfermer@ deberá ser Enfermer@ de Empresa, pero en ambos casos se trata de una especialidad de sus estudios universitarios no de PRL. Y sí, deben de serlo para realizar Vigilancia de la Salud, pues la Ley así lo establece.
20 enero, 2004 a las 11:04:04 en respuesta a: Especialidad de Enfermería del Trabajo #259484 Agradecimientos: 0Mira en la página de inicio del Satse, donde pone Borrador de Especialidades de Enfermería.
5 enero, 2004 a las 07:31:31 en respuesta a: especialidad en enfermeria del trabajo #260705 Agradecimientos: 0Hola: en Diciembre salió el borrador de un Decreto para las especialidades de enfermería léelo y te aclarará bastante cual es la futura situación de la especialidad DUE de Empresa. Lo puedes encontrar el la web del SATSE aunque no estés afiliad@ te puedes registrar como usuari@ y leerlo. Espero que te sea útil.
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