Respuestas de foro creadas

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  • en respuesta a: Cursos basicos de riesgos laborales #311310 Agradecimientos: 0
    Raymond10
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    julio 2001


    Experto

    Cuando la actividad de la empresa está comprendida en el anexo I del R.D. de los Servicios de Prevención, la formación son 50 horas (30 + 20 de especialidad del sector). En caso de no estar incluida en el anexo I, solo son 30 horas.

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    en respuesta a: Coordinador de seguridad #311453 Agradecimientos: 0
    Raymond10
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    julio 2001


    Experto

    Se hace igual que en el otro caso. Se prepara el documento de nombramiento de Coordinador de seguridad que ha de firmar el promotor, nombrandote a tí. Lo que pasa que en este caso, como coordinador, debes realizar tanto el Estudio de Seguridad como el Plan de Seguridad, aunque en realidad va a ser exactamente igual, solo le cambiarás el nombre. Tu realizas el Estudio y lo visas en el Colegio. Después realizas el Plan de sEguridad y visas el Acta de Aprobación en el colegio. Y una vez hecho esto, procedes a realizar la Apertura de Centro de Trabajo.

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    Raymond10
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    julio 2001


    Experto

    Por lo que comentas, me imagino que aunque tu empresa sea empresa principal, tenéis todos los trabajos subcontratados a otras empresas. aunque vosotros hayáis elaborado el Plan de Seguridad, los responsables de cumplirlo son las subcontratas. Por eso, le tenéis que apretar a ellas. Además debéis realizar la entrega y adhesión de estas subcontratas al Plan de seguridad.

    En caso de que no sea así, ¡leña al mono!. Habla con el Jefe de obra o directamente con el Gerente y explicale la responsabilidad que tenéis al ser contratistas principales.

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    en respuesta a: Trabajadores de ETT #311519 Agradecimientos: 0
    Raymond10
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    julio 2001


    Experto

    OJO. Los trabajadores de una ETT no pueden realizar trabajos de construcción. Solo podrían estar en oficinas dentro de la construcción o trabajos que no fueran peligrosos, pero no podrían trabajar en altura ni nada de eso.

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    en respuesta a: Coordinador de Seg. en Contrata principal. #311538 Agradecimientos: 0
    Raymond10
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    julio 2001


    Experto

    Hola amigos. Vamos a ver si nos aclaramos. yo personalmente creo que es beneficioso que un trabajador designado de una empresa o integrante de un Servicio de Prevención Propio, mancomunado, etc. sea el coordinador de seguridad, sobre todo si está en plantilla en la contratista. Pero no debe ser el Jefe de obra de la empresa, sino el Técnico de prevención de esta, ya que si fuese el jefe de obra pasaría lo que está pasando con los coordinadores, que se preocuparía más por la obra que por la seguridad.

    Pero mi interpretación del R.D. 1627 es que el Coordinador no puede tener ninguna vinculación con las empresas contratistas, es designado por el promotor para ejercer su trabajo. Esto yo pienso que no debería de ser así, aunque pensandolo fríamente, la idea será que si el coordinador perteneciese a la empresa contratista, pasaría por alto muchas cosas. Es probable, pero si se hacen las cosas bien, la mejor opción sería que el coordinador estuviese integrado en la empresa contratista. Aunque pienso que legalmente no es posible.

    Un saludo.

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    en respuesta a: sentencia penal #311630 Agradecimientos: 0
    Raymond10
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    julio 2001


    Experto

    Hola. Todo esto que comentas es cierto. Pero también es cierto que no había Plan de Seguridad y por consiguiente apertura de centro de trabajo, por lo que el juez lo ha tenido muy fácil, no crees?

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    en respuesta a: PENALIZACIONES A TRABAJADORES #311869 Agradecimientos: 0
    Raymond10
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    julio 2001


    Experto

    Si es posible. No es lo mismo multar, que dar una prima o un incentivo predeterminado y, en caso de que algún trabajador no actúe corretamente, esta prima no se le dé. Es muy importante incentivar a los trabajadores, pero por supuesto que quien no se preocupe se le debe de penalizar.

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    en respuesta a: MANIPULACION MANUAL DE CARGAS #311799 Agradecimientos: 0
    Raymond10
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    julio 2001


    Experto

    Desde luego ellos pueden quejarse a la Inspección de trabajo o al Gabinete de seguridad de esa comunidad. Si tu eres técnico, lo único que puedes hacer es dejar constancia por escrito por si fuese la inspección.

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    Raymond10
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    julio 2001


    Experto

    En principio le bastaría tener 30 horas (nivel básico) mas las 20 horas de especialidad en el sector que trabaja. Según la normativa, con eso bastaría, pero pienso que al menos debería tener el nivel intermedio (300 horas).

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    en respuesta a: Planes de seguridad en la construcción #311854 Agradecimientos: 0
    Raymond10
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    julio 2001


    Experto

    Si, pero tu no los firmes, que los firme el gerente de la empresa. De hecho es un buen trabajo, ya que no te mojas y ganas un buen dinero.

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    Raymond10
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    julio 2001


    Experto

    la constructrora es responsable del plan, pero si lo firma tu jefe mejor.De todos modos la responsabilidad de la correcta implantación del plan tiene que ser del encargado y jefe de obra.

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    en respuesta a: Estudio de SS, ¿debo realizarlo? #312077 Agradecimientos: 0
    Raymond10
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    julio 2001


    Experto

    El problema es que la administración es quien inclumple siempre la normativa. Teóricamente tu solo puedes elaboral el PSS. El estudio lo debe elaboral el técnico municipal o pedir a una oficina técnica que se lo elabore. En ningún caso tu deberías realizar el ESS. Pero muchas obras de la administración son las más chapuzeras en este sentido.

    un saludo

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    en respuesta a: COORDINACION DE SEGURIDAD #312138 Agradecimientos: 0
    Raymond10
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    julio 2001


    Experto

    No tiene el coordinador de s.s. estar integrado en la dirección facultativa, aunque casi siempre es así. Desde luego es mucho mejor que no lo esté y que su trabajo se deba solamente a la coordinación de seguridad, ya que se preocupará mucho más por estos temas que si está integrado en la Dirección Facultativa

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    en respuesta a: TRABAJOS EN ALTURAS #312229 Agradecimientos: 0
    Raymond10
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    julio 2001


    Experto

    En cualquier trabajo en altura se deben colocar barandillas o similar a partir de 2 metros, pero solamente en escaleras es a partir de 3,5 metros.

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    en respuesta a: Firma de evaluaciones de riesgo #312362 Agradecimientos: 0
    Raymond10
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    julio 2001


    Experto

    el R.D. de los Servicios de Prevención dice cuales son las titulaciones que ha de tener un técnico de prevención para realizar evaluaciones de riesgo. Además, ¡como se le ocurre firmar una evaluación que no ha hecho el!

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