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18 junio, 2018 a las 12:28:49 en respuesta a: ¿Es importante hacer los blanqueamientos dentales? #438025 Agradecimientos: 0
@Sirgudlab wrote:
(Obviamente ni me he molestado en pinchar en el enlace)
Según demuestran recientes estudios (véase Ciriello y Constance, 2003), el tratamiento de blanqueamiento bucodental supone un factor negativo en la estrategia de actuación del técnico de prevención de riesgos laborales.
Así, debe tenerse en cuenta que uno de los recursos profesionales asociados a la labor inspectora, y que propende en una clara ventaja táctica, es (junto al desconocimiento del usuario medio sobre la motivación de la visita técnica) la imagen hierática proyectada por el rostro del técnico cualificado, tal y como ya apuntaran los estudios de Lewis y Clark (1978).
Ese recurso se ve menoscabado por el ejercicio de una sonrisa cálida, proporcionada y nívea, que reduce el impacto del mensaje dirigido por el técnico al usuario, y que en los casos más graves ha dado lugar a la infravaloración de las medidas preventivas propuestas en el seno de la organización empresarial, en lo que desde un enfoque psicosocial se denomina comúnmente como “acción de sinergia condenada al ostracismo”, (o por sus siglas, ASCO).
Las estadísticas demuestran que el proceso de ASCO entre los técnicos va en aumento, lo cual a su vez genera episodios de estrés y carga mental que limitan el uso de la sonrisa. Esa retroalimentación invertida, hace del proceso de tratamiento bucodental una inversión desaconsejada en el caso del personal cualificado, en favor de otras estrategias sustitutivas, más baratas y tradicionalmente de mayor impacto dirigido, como los tratamientos DLP (Denture like a piano)y BS (British Smile).By Sirgurdlab
Buen troleo 😆 😆 😆 😆 😆 😆
13 junio, 2018 a las 13:55:11 en respuesta a: PREVENTION WORLD y las medusas #438009 Agradecimientos: 0Hola
Y yo añadiría a lo dicho por Sirgudlab, que el 80% de esos hilos resucitados lo son para hacer spam de manera descarada.
Incluso sospecho que, en muchos casos, ni siquiera hay una persona detrás del Nick sino una inteligencia artificial.
Aprovecho y pregunto a los admis: ¿sirve para algo reportar los mensajes?
30 abril, 2018 a las 12:07:50 en respuesta a: GESTION FORMACION PRL SECTOR METAL #437889 Agradecimientos: 027 marzo, 2018 a las 08:54:40 en respuesta a: Presencia de Recurso Preventivo en escalas fijas verticales #437832 Agradecimientos: 0Buenos días.
Solo por el hecho de acceder al lugar de trabajo mediante el uso de una escala, no creo que se pueda considerar un riesgo especialmente grave de caída en altura. ¿Qué dice la evaluación de riesgos?
Te dejo el criterio de la inspección, por si no lo conoces (fundamentalmente a partir de la página 4).
Saludos.
Entra o regístrate para ver los enlaces 23 febrero, 2018 a las 13:08:23 en respuesta a: Necesito ayuda! como demostrar…. trabajos en altura #437730 Agradecimientos: 1Buenos días.
Quería añadir, redundando en lo que indica delocos sobre el síndrome del arnés, que éste se produce cuando, estando colgado del arnés, no te puedes mover, bien sea porque se ha perdido el conocimiento o porque las lesiones sufridas no te lo permitan. Estando consciente y con movilidad, si periódicamente puedes aliviar el peso en las piernas el riesgo se minimiza o prácticamente se anula.En cuanto al rescate hay que tener mucho cuidado ya que es una maniobra que solo se puede hacer por personal muy entrenado. Dependiendo del procedimiento que se haga para quitar la tensión en el sistema antiácidas del accidentado, puedes terminan teniendo dos muertos en el suelo en vez de un accidentado colgando.
Sí es imprescindible que un compañero no solo pueda avisar a los equipos de rescate sino que tenga los materiales y la formación para, al menos, situarse junto al accidentado ya que puede posibilitar o bien que recupere el conocimiento o, sin causar mayores daños, intentar aliviar la presión en las piernas.
22 enero, 2018 a las 15:31:58 en respuesta a: Evaluacion sobre empresa de licores #240449 Agradecimientos: 0@Jhon Suarez wrote:
Como hacemos para evaluar a distribuidores a domicilio como es el caso de .
Esta labora de forma online, reparte a domicilio para compras minoristas y asi. Que opinan?
Pues yo opino, que resucita usted un hilo de hace catorce años para hacer spam, eh señor Bot 😉
Entra o regístrate para ver los enlaces 29 noviembre, 2017 a las 10:21:56 en respuesta a: Elemento de amarre anticaídas de longitud variable?? #437339 Agradecimientos: 0@De locos wrote:
LO QUE ME INTERESA REALMENTE CONOCER ES DE UN ELEMENTO QUE, PUDIENDO MODIFICAR SU LONGITUD, SIRVA PARA “DETENER” UNA CAÍDA, UNA VEZ PRODUCIDA ÉSTA; NO ME VALE UN DISPOSITIVO DE RETENCIÓN QUE EVITA QUE TE CAIGAS.
GRACIAS.
Lo que te he mandado entonces, ¿no?
Porque eso es algo que “DETIENE” una caída, UNA VEZ PRODUCIDA ÉSTA, progresivamente, de manera segura y con longitud variable.
29 noviembre, 2017 a las 08:05:25 en respuesta a: Elemento de amarre anticaídas de longitud variable?? #437336 Agradecimientos: 1@De locos wrote:
Necesitaría sabe si existen elementos de amarre ANTICAÍDAS de longitud variable (no me refiero a retráctiles, sino a elementos que admitan variar su longitud previamente, y dejarla fijada a partir de entonces).
Hasta ahora, los que conozco que admiten regulación de su longitud, son únicamente de posicionamiento, es decir, para evitar la caída, no para detenerla.Gracias.
Esto es lo único que conozco que se acerca a lo que pides.
Es muy limitado en cuanto a la longitud máxima.
Seguro que lo conoces porque es fácil de buscar pero, por si acaso…
Saludos.Entra o regístrate para ver los enlaces 24 noviembre, 2017 a las 11:29:25 en respuesta a: Ataque sistemático al portal PWorld #437340 Agradecimientos: 0@carloss wrote:
Hoy otra vez me encuentro el portal PW saturado de post de “venta de pasaportes” ….es obvio que la finalidad del “anunciante” no es vender nada (obviamente) sino “atacar” el portal saturando sus espacios….Entiendo que esto es una práctica denunciable pues atenta a una actividad empresarial legal al tiempo que interfiere en las normales comunicaciones entre profesionales.
Es claro que están causando un daño empresarial…cuantificable. He de suponer que PW ya habrá adoptado las medidas que consideren…con independencia de la mayor o menor dificultad que pueda suponer a la unidad de delitos informáticos de la policía poder actuar.Es una lástima.
Me uno a este “lamento” de carloss.
Lo que no entiendo es por qué los mensajes no son borrados por los admin más rápido; ha habido ocasiones en que se han tirado días estando presentes.
Sin ninguna duda, si no se hace algo, al final esto puede ser en fin del foro. 😐2 noviembre, 2017 a las 15:34:32 en respuesta a: Persona designada técnico superior en Prevención de Riesgos #437251 Agradecimientos: 0@ICM75 wrote:
@Raúl Martín wrote:
Lo mismo estoy equivocado pero en la Comunidad Valenciana…
Ley 1/2009, de 26 de marzo, de creación del Colegio Oficial de Técnicos Superiores en Prevención de Riesgos Laborales de la Comunitat Valenciana, artículo 3.
Pero esa no es una ley ESTATAL.
Gracias por gritarme la palabra: estatal.
Desde pequeñito preguntándome ¿estatal? ¿estatal? Y por fin alguien me ha hecho ver la luz.
Un buen grito a tiempo hace maravillas.Pero no era necesario. ¿He dicho en algún momento que la referencia que ponía es una normativa estatal?
Solo quería aportar a Rocío que, quizás, su jefa se refiera a esa ley y así intentar ayudar a que, junto con lo que ya apunta Sirgudlab, pudiera contestar a su jefa.
Lo dicho, quería a ayudar. Pero algunos personajes solo quieren corregir, incluso, aquello para lo que no hay necesidad.
Calculo que sigo este foro los últimos quince años. Siempre he considerado a ICM75 un maestro y así lo seguiré haciendo, independientemente del conocido honor que hace a su avatar.
Entra o regístrate para ver los enlaces 31 octubre, 2017 a las 12:14:22 en respuesta a: Persona designada técnico superior en Prevención de Riesgos #437248 Agradecimientos: 0Lo mismo estoy equivocado pero en la Comunidad Valenciana…
Ley 1/2009, de 26 de marzo, de creación del Colegio Oficial de Técnicos Superiores en Prevención de Riesgos Laborales de la Comunitat Valenciana, artículo 3.
Entra o regístrate para ver los enlaces @Maria Sanchez wrote:
Hola que tal como están, yo soy un apasionado por los temas de salud y la fibromialgia es uno de los que mas me llama la atención, siempre estoy investigando sobre el tema y la verdad es que tengo muchísima información, no soy profesional de la salud ni mucho menos, pero hay una página web donde se habla de una cura natural para esta enfermedad, si les interesa acá les dejo el enlace:
Saludos y ojalá les sea útil.Lo que faltaba: Magufos en Preventionworld. 👿 👿 👿 👿
Entra o regístrate para ver los enlaces 8 septiembre, 2017 a las 08:14:45 en respuesta a: CRAMPONES PARA CALZADO DE SEGURIDAD #437018 Agradecimientos: 2Damos por hecho, que cuando el primer forero habla de unos “crampones”, deben ser los de “toda la vida”… alguien ha mirado que no exista un fabricante de “crampones” que los fabrique para Seguridad Laboral, y por lo tanto cumplan ¿? YO no lo se, pero tampoco lo veo descabellado.
No todos los crampones son EPIS, pero eso no significa que no lo sea ninguno, al igual que pasa con un casco, o con unos zapatos… .
Creo yo…
Saludos[/quote]
Creo que estos cumplen.
Entra o regístrate para ver los enlaces Yo si, como dices, después de leer la normativa no lo tengo claro, acudiría a la consejería correspondiente de la comunidad autonómica que me va a acreditar y preguntaría.
@Sirgudlab wrote:
En respuesta a una pregunta que nadie ha hecho aún. A lo “Minority Report”.
😆 😆 😆
Malditos benditos viernes -
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