Respuestas de foro creadas

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  • en respuesta a: Riesgos parque eolicos #438059 Agradecimientos: 1
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    enero 2013


    Experto

    Desde mi punto de vista y desconociendo el tipo de trabajo que se realiza en solitario me parece que se puede asemejar a la situación que puedan tener algunos comerciales que abarcan amplias zonas geográficas. Muchas horas de conducción para ir a ver a un cliente.

    Si el tipo de trabajos a desarrollar no supone un riesgo de aislamiento entiendo que no habría problema en realizar los trabajos en solitario siempre que se respeten los tiempos recomendados de trabajo y descanso.

    En algún sitio en el que he trabajado y ha existido riesgo de quedarse aislado (por ejemplo por acceder a cámaras frigoríficas o por trabajos en máquinas en solitario en turnos de noche o fin de semana) lo que se terminó haciendo fue procedimentar el trabajo para establecer las medidas preventivas frente a los riesgos detectados. En algunos casos se hizo un protocolo de tiempo y alarma (se activa una cuenta atrás que si no se anula suena una alarma, lo que significa que le ha pasado algo a la persona que está haciendo el trabajo en solitario) y en otros casos se dispuso de un dispositivo que detectaba si el portador se caía y emitía una señal de socorro).

    Realmente, si no vais a subir a la torre y la evaluación de riesgos de la tarea no dice lo contrario, no veo inconveniente en realizar el trabajo en solitario.

    en respuesta a: Altas y bajas diarias. Cumplimiento legal #438112 Agradecimientos: 1
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    enero 2013


    Experto

    Y hacerles el reconocimiento médico también cada vez que se les da de alta? Y formación? Yo creo que tenemos que separar la prevención de riesgos laborales y las relaciones laborales.

    Reciclaje formativo cuando se modifique la evaluación o tras el plazo que defináis. Información lo mismo. Entregarle los EPIS con cada contratación o que firme una entrega que no se ha hecho?

    Parece una política documental poco práctica, la verdad, que sólo entendería si por un motivo de “mala CAE” os deniegan documentación porque algún papel sea previo a la fecha de alta o algo similar.

    Como técnico de prevención lo que me interesaría saber es que las personas que ocupan un puesto han recibido formación específica, información, VS y disponen de los EPIs necesarios para realizar su trabajo. Lo demás lo dejaría en manos de RRHH…

    en respuesta a: Coordinación actividades de una ganaderia #438124 Agradecimientos: 1
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    enero 2013


    Experto

    Hola,

    A ese tipo de proveedores (los de las máquinas de vending, impresoras, revisión del ascensor, fotocopiadoras, etc.) personalmente sólo les pido justificante de haber recibido los riesgos, normas e instrucciones de seguridad de nuestro centro de trabajo.

    Con empresas que vienen a hacer trabajos de especial peligrosidad hacemos una reunión y vemos de qué va el tema y qué se va a necesitar para no afectarnos. Si por lo que sea despiertan alguna susceptibilidad ya les pido evaluación de riesgos, procedimientos de trabajo y formación del personal (por ejemplo, a los que vienen a limpiar la fosa séptica se lo pido, porque una vez vi una actuación un poco turbia y con la fosa no se juega).

    Antes se pedía toda la documentación, pero ahora, como la tengo que pedir yo (y ya lo sufro por parte de los clientes) la verdad es que no la pido porque tampoco creo que me aporte nada.

    Lo que sí que hago es tener una ficha de los proveedores habituales con los datos de contacto y el listado de personal que viene habitualmente. Es heredado pero alguna vez he tirado de él para hacer algún comunicado o contactar con algún servicio de prevención.

    Creo que lo fundamental es lo que estás haciendo, que es entregar la info de riesgos de tu centro.

    en respuesta a: Obligatoriedad reco médico trabajos en altura #438084 Agradecimientos: 0
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    enero 2013


    Experto

    Desconozco la sentencia, pero me parece un criterio muy razonable, la verdad. Hay que asegurarse de que en caso de tener que realizar trabajos en altura la persona parte de un estado de salud en teoría favorable para no sufrir vértigos, mareos, etc. que puedan poner en peligro tanto su vida como la de los demás.

    Aquí tienes una sentencia de un jardinero que no se hizo el reco y la empresa no se puso contenta 😥 . La voluntariedad condicionada del reconocimiento médico es un arma de doble filo…

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    Quierogalletas
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    enero 2013


    Experto

    Lo que comentáis es cierto, pero veo un problema importante en la manera de funcionar de los promotores.

    Supongamos que el promotor necesita una cabina de pintura. Llama a la empresa más famosa de cabinas de pintura y les dice:

    – “Hola, quiero vuestra máquina más puntera en un taller diáfano. Actualmente no hay acometida de agua, ni de aire comprimido ni de luz, así que necesito que además hagáis las acometidas. Llave en mano. Funcionando en 6 meses. Ponedle precio.”

    La empresa de cabinas de pintura simplemente vende la cabina (y tiene una persona que hace la puesta en marcha), pero nunca hace la instalación porque no es su actividad. Como se lo han pedido más veces, cuenta con una empresa de confianza, muy buenos en lo suyo y profesionales, que ponen toda la tubería y las obras para la acometida.

    La obra es “Instalación de cabina de pintura”, el primer nivel es la empresa que vende la cabina, y subcontrata los trabajos de obra porque no son su actividad.

    El enfoque está mal porque el promotor tendría que haber contactado directamente con la empresa instaladora, pero la marca es la marca, y han tirado de google, cabinas de pintura, la mejor y quieren un contrato con ellos para que aparezca la marca porque el Director General no quiere aprobar la inversión.

    Este caso es real. Se podría trabajar en estas condiciones?

    en respuesta a: Batería Carretillas elevadoras #437724 Agradecimientos: 0
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    enero 2013


    Experto

    Hola, igual alguien en el foro te puede ayudar, pero yo creo que sin conocer el modelo exacto de equipo que tienes es complicado.

    Quien seguro te puede ayudar es el fabricante del equipo. Si puedes llámales. O escribe a la dirección de contacto de los vendedores enviándoles una foto de tu equipo quizás te puedan ayudar.

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    enero 2013


    Experto

    Hola,

    A título práctico, en mi caso, cuando una persona ha querido asistir sin ser previamente invitada (ha ocurrido una vez):

    1. Lo ha comentado con los Delegados de Prevención por escrito.
    2. Se ha solicitado a la empresa la invitación y justificación.
    3. Se ha incluido en el orden del día y acta.

    En este caso era para que una persona expusiese una problemática concreta.

    En los Estatutos tenemos puesto que cada una de las partes podrá invitar, previo aviso, a las personas que necesiten para explicar o exponer una información que se considere relevante.

    en respuesta a: Objetos almacenados con riesgo de caída #437487 Agradecimientos: 1
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    enero 2013


    Experto

    Hola, nosotros utilizamos rejas. Protegen y dejan entrar luz…

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    enero 2013


    Experto

    Hola,

    Me temo que este caso queda fuera del alcance de la PRL. La cuestión que expones se debe afrontar desde el derecho laboral, y la mejor manera de salvaguardar tus intereses creo que empieza por asesorarte a través alguien especialista en ese tema y en Relaciones Laborales. Otra opción que tienes es recurrir a un sindicato o al Comité de Empresa, donde las personas que lo forman deberían de poderte ayudar a trasladar tu consulta al órgano correspondiente.

    Espero que los acontecimientos se desarrollen de manera favorable.

    en respuesta a: Duda Recurso Preventivo (AGAIN!!) #437438 Agradecimientos: 0
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    enero 2013


    Experto

    Perfecto, muchas gracias! Tendremos que mirar con lupa el contrato que se establece entre A y B para asegurar que no se asumen tareas de supervisión que no estén presupuestadas, que luego resulta que exigen presencia de una persona y supone un sobre coste importante…

    Con razón intento siempre mantenerme al margen de las obras!

    en respuesta a: ACREDITACIÓN PARA IMPARTIR FORMACIÓN #437382 Agradecimientos: 1
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    enero 2013


    Experto

    Si haces esas funciones ya formas parte de la de Modalidad Preventiva de la empresa, por lo que desde mi punto de vista tu formación sería perfectamente válida…

    La formación online del SPA vale para justificar el art.19, la formación presencial que das tú, seguramente de mayor calidad y precisión, es el complemento ideal.

    en respuesta a: 26/11 autonomo en prl #437347 Agradecimientos: 0
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    enero 2013


    Experto

    Yo creo que eso es lo que decía Sagutxo. En este caso más que una titulación lo que se necesita es una experiencia y conocimiento del sistema que pueda ayudar a un cliente a mejorar sus procesos de gestión y a ahorrarse problemas. No ejerce de Técnico PRL pero le viene muy bien conocerlo para poder realizar su tarea.

    Efectivamente como hemos visto, las tareas ejercidas directamente atribuibles a un TSPRL están todas enmarcadas en la legislación aplicable, pero fuera de eso…

    en respuesta a: 26/11 autonomo en prl #437342 Agradecimientos: 0
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    enero 2013


    Experto

    Actualmente en la empresa en la que trabajo contratamos puntualmente a un técnico PRL autónomo para realizar algunas tareas relacionadas con la CAE. La empresa cumple los requisitos legales pero puntualmente necesita ese refuerzo en algunos lugares.

    No veo problema en actuar como autónomo si una empresa por ejemplo te solicita consultoría para supervisar su relación con su SPA, o para impartir una formación que exige un cliente y es extralegal (“por ejemplo, un cliente que exige que un técnico superior imparta una formación con un temario definido por el propio cliente a toda la plantilla de una contrata”).

    en respuesta a: ¿Accidente de trabajo in itinere al agacharse? #437225 Agradecimientos: 1
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    enero 2013


    Experto

    Si aceptamos lo que dice la trabajadora, lo normal es que la Mutua realice tratamiento sobre el episodio agudo de dolor. La causa sería un gesto brusco e intempestivo.

    A la empresa, sinceramente, le da igual en este caso, y lo fácil es aceptar el testimonio de la trabajadora y facilitarle a la Mutua los datos que precise.

    Para la Mutua es más complicado, porque es un típico caso de lunes por la mañana que genera muchas suspicacias. Valoración médica y decidir si sale a cuenta mandar al sistema público o hacer de tripas corazón.

    A título particular, si es exactamente tal y como se ha descrito, creo que sí debería de ser accidente de trabajo. Si esa mañana esa persona no tuviese que ir al trabajo habría ocurrido ese suceso? Seguramente no, o al menos no en ese momento y forma.

    en respuesta a: Me dan largas para ver al médico de empresa #437206 Agradecimientos: 1
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    enero 2013


    Experto

    Tienes esa documentación y tu testimonio y experiencia.

    A priori parece que la patología que refieres es de origen laboral y por lo tanto sería lógico que estuviese tratada desde la Mutua que corresponda, pero esa decisión la toma un tribunal médico en el caso de una determinación de contingencia, por lo que no podemos adelantarnos a nada.

    Sinceramente, creo que en esta situación, si estás convencida de que es necesario realizar ese cambio de contingencia, y en vista de que la baja que tienes actualmente es por contingencias comunes, creo que lo mejor sería iniciar el trámite a través de la Seguridad Social. Durante el proceso, si necesitan alguna documentación se lo notificarán directamente a la parte implicada (empresa, Mutua o a ti). Es un proceso relativamente habitual y sobre todo es una herramienta que tienes para protegerte frente a situaciones que entendemos injustas y creemos que deben resolverse de una manera diferente.

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