Respuestas de foro creadas

Viendo 15 entradas - de la 5,746 a la 5,760 (de un total de 5,780)
  • Autor
    Entradas
  • en respuesta a: Trabajos con metanol #89119 Agradecimientos: 0
    PedroV
    Participante
    19
    15
    mayo 2007


    Iniciado

    El metanol es altamente tóxico por inhalación, ingestión y contacto dérmico, y muy peligroso por tanto. Lo deben sustituir de forma inmediata por etanol o alcohol isopropílico, menos peligroso para la salud. Y si las mascarillas no adecuadas, no les estás protegiendo de forma alguna.

    en respuesta a: Informes de ruido e iluminación! #89123 Agradecimientos: 0
    PedroV
    Participante
    19
    15
    mayo 2007


    Iniciado

    Desde donde escribes compañero. Porque si lo haces desde España, la guía es la legislación.
    En concreto para la iluminación el RD 486/1997 sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud en los lugares de trabajo y para el ruido el RD 286/2006, de 10 de marzo, sobre la protección de la salud y la seguridad de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición al ruido.

    en respuesta a: para ser tecnico en prl? #89221 Agradecimientos: 0
    PedroV
    Participante
    19
    15
    mayo 2007


    Iniciado

    Lo que han dicho los anteriores compañeros es cierto. Puedes ser técnico intermedio, pero sólo si el curso que has hecho está homologado como módulo de formación profesional reglada. Si el curso que has hecho no tiene esta homologación, ni eso. Y para ser Coordinador de Seguridad y Salud has de ser arquitecto o ingeniero, no vale con ser licenciado a secas.

    en respuesta a: Invernaderos #89166 Agradecimientos: 0
    PedroV
    Participante
    19
    15
    mayo 2007


    Iniciado

    Claro, es un lugar de trabajo y por lo tanto sometido al RD 486/97 sobre seguridad en los lugares de trabajo y al RD 485/97 sobre señalización de seguridad y salud en los lugares de trabajo.

    en respuesta a: que pensais sobre esto #89297 Agradecimientos: 0
    PedroV
    Participante
    19
    15
    mayo 2007


    Iniciado

    Es el problema de escribir con siglas. Cuando pone CSS yo entien que se refiere al Coordinador de Seguridad y Salud y no al Comité de Seguridad y Salud

    en respuesta a: Inspección de Trabajo #89310 Agradecimientos: 0
    PedroV
    Participante
    19
    15
    mayo 2007


    Iniciado

    Hasta ahora cuando he acudido a Inspección de Trabajo se ha conformado siempre con copias, y como mucho los originales para comprobar la legitimidad de las copias pues se supone que esa documentación es propiedad de la empresa.

    en respuesta a: Tecnico PRL autonomo #89347 Agradecimientos: 0
    PedroV
    Participante
    19
    15
    mayo 2007


    Iniciado

    Y, pero aún así el TSPRL debe pertenecer a un SPA.

    en respuesta a: ¿Accidente In itinere? #89439 Agradecimientos: 0
    PedroV
    Participante
    19
    15
    mayo 2007


    Iniciado

    Pues queda claro. Y si la sentencia es firme y al ser un Tribunal Superior, sienta jurisprudencia. Por lo tanto accidente “in itinere” es cuando se produce durante el desplazamiento entre el trabajo y el domicilio.

    en respuesta a: ¿Accidente In itinere? #89435 Agradecimientos: 0
    PedroV
    Participante
    19
    15
    mayo 2007


    Iniciado

    A mi el criterio en los accidentes “in itinere” que me contarón y que creo que en alguna sentencia sobre el tema se ha seguido es el siguiente:
    Cuando un trabajador sale del trabajo, hasta llegar a su destino, un accidente ocurrido durante el mismo es “in itinere” independientemente de su destino e itinerario. Lo mismo ocurre con su desplazamiento al trabajo
    Ahora bien, si durante el desplazamiento se detiene en alguna parte para hacer algo que no tenga que ver con su desplazamiento, por ejemplo una gestión y luego reemprende el mismo, se consideraría accidente in-itinere el ocurrido durante el primer tramo de desplazamiento hasta el momento en que se detuvo del mismo.

    en respuesta a: Manual de Higiene Industrial #96716 Agradecimientos: 0
    PedroV
    Participante
    19
    15
    mayo 2007


    Iniciado

    A mi también me interesa recibir el Manual de Higiene Industrial. Mi cuenta de correo tiene gran capacidad, pero me parece que lo máximo que soporta de cada envio son 20 Mb.

    en respuesta a: cuando es necesario el canet de carretillero #89394 Agradecimientos: 0
    PedroV
    Participante
    19
    15
    mayo 2007


    Iniciado

    También es posible que el curso de manejo del equipo lo imparta el fabricante o distribuidor oficial del mismo, como puede ser el caso de las carretillas elevadoras.

    en respuesta a: documentos antes de empezar la obra #89375 Agradecimientos: 0
    PedroV
    Participante
    19
    15
    mayo 2007


    Iniciado

    Pues depende de varias cosas. Desde el punto de la prevención en principio lo que tienes que efectuar es la comunicación previa de apertura de centro de trabajo a las autoridades laborales competentes e imagino que la licencia de obras al ayuntamiento, aunque esto último no es de prevención.

    A continuación debes legalizar el libro de visitas del centro de trabajo.

    Y si además eres el contratista ejecutor de las obras debes tener el libro de subcontratación en obra.

    Y si eres el promotor debes exigir al contratista el certificado de inscripción en el REA. El contratista a su vez debe exigir el certificado de inscripción en el REA a sus subcontratistas.
    Ademas se debe exigir a las empresas participantes el listado de trabajadores y equipos a emplear en el trabajo, procedimientos de trabao en actividades de especial peligrosidad, certificados de aptitud médica de los trabajadores, certificado de alta en la S.S., seguro de responsabilidad civil, certificados y documentación de la maquinaria empleada, acreditacio de los trabajadores que van a manejar maquinaria pesada, etc…

    en respuesta a: RECURSO PREVENTIVO #89618 Agradecimientos: 0
    PedroV
    Participante
    19
    15
    mayo 2007


    Iniciado

    Extraido de la página informativa del MTIM sobre el REA:

    “Habrá que tener en cuenta en primer lugar, la naturaleza de los trabajos que desarrollará una empresa de asesoramiento técnico que va a ser subcontratada. Así, si esos trabajos consisten en aportar información teórica o documental, sin la presencia de personal propio de tal empresa en la obra, esa la empresa de asesoramiento técnico no tendría que inscribirse en el REA.

    Sin embargo, si dichas labores técnicas suponen la presencia efectiva en la obra del personal de la empresa de asesoramiento, ejerciendo facultades de dirección y control efectivo sobre los trabajos ejecutados por la otra empresa, entraría en el ámbito de aplicación de la Ley 32/2006, y la empresa de asesoramiento técnico tendría que inscribirse en el REA”.

    Este es el caso que yo describo. La ejecución efectiva de los trabajos está subcontratada, teniendo únicamente la dirección facultativa y su control.

    en respuesta a: inspección de trabajo – resolución equivocada #89509 Agradecimientos: 0
    PedroV
    Participante
    19
    15
    mayo 2007


    Iniciado

    Yo te sugiero que hagas un recurso administrativo por no ser procedente dicha resolución.

    en respuesta a: UTE sin trabajadores- REA-Subcontratación #89638 Agradecimientos: 0
    PedroV
    Participante
    19
    15
    mayo 2007


    Iniciado

    Efectivamente, yo también creo que el criterio es que quien contrata son las empresas que forman la UTE no ejecutante, ya que cumplen los requisitos necesarios.

Viendo 15 entradas - de la 5,746 a la 5,760 (de un total de 5,780)