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    marzo 2011

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    @Aredhil wrote:

    De momento se habla que se comprometieron a mantener el personal durante dos años pero se están iniciando movimientos de fusión entre los 4 y eso probablemente conlleve despidos, ya que sería más rentable tener los mismos clientes con menos personal, pero no existe nada a ciencia cierta que yo pueda decir.
    Con respecto a la rentabilidad existen dos formas, en primer lugar la compra se ha realizado a buen precio por lo que manteniendo las sociedades en beneficio se acabarán pagando solas. Esto es lo que creo que van a intentar a corto plazo, ajustar gastos y llevar a beneficios suficientes esos SPAs.
    La otra parte de la rentabilidad está en vender más caro de lo que has comprado. Se compra barato, se intenta sacar una rentabilidad mientras termina de escampar la crisis, se hacen los ajustes pertinentes para hacer las sociedades atractivas y se vende más caro. Eso es posible que suceda a medio plazo, según vea el accionista, supongo.

    Un saludo.

    No va a existir ninguna fusión de esas 4 sociedades. Así estaba pensado, pero en el ultimo trimestre del año pasado, los actuales propietarios de esas sociedades han cambiado de idea, y han dejado a cada una de forma independiente ( al parecer, la CNMC ha dicho que ya baste¡ante hizo autorizando la venta a la misma entidad, y que no puede “falsear” mas, no sea que se reciba un tirón de orejas de la UE)

    Actualmente, los planes estratégicos no van mas allá de 2017. Digamos que ha sido una inversión a corto plazo.

    en respuesta a: Venta SP mutuas #425741 Agradecimientos: 0
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    marzo 2011

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    @JIBELIO wrote:

    IDCQuirón compra Fremap…..

    Como dice el proverbio, “una verdad a medias es una mentira completa”.

    A día de hoy, IDC no ha adquirido la Sociedad de Prevención de Fremap ( Premap Seguridad y Salud)

    Es más, ha día de hoy, únicamente han vendido sus entidades mercantiles de prevención Mugatra, Solimat, Mutualia, e Ibermutua. El resto, lo único que ha realizado es presentar la oferta de compra a la Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social para que esta decida, antes del 30/06/2015 si acepta la oferta propuesta o no.

    En muchos sitios se indica que IDC ya se ha hecho con el control de Fraternidad Prevención, Unipresalud, y MC Prevención, cosa que tampoco es cierta. Lo único que han hecho las respectivas mutuas, es presentar la oferta de compra por parte de IDC a la SS.

    En el caso de Fremap, se han presentado la oferta de IDC, junto con otra interna ( distinta a la de los trabajadores afines a UGT que refiere la noticia ), que va un poco por encima de la presentada por IDC, pero muy muy alejada de esos 100 millones de € ( recordemos que Premap, ha diferencia de otras sociedades de prevención, no tiene “patrimonio”, lo que hace que la cuantía de dicha entidad no sea tan elevada ).

    Todo está en manos de la Administración, y está puede deshechar cualquiera de las ofertas presentadas, tal y como ha hecho con una de las presentadas por ASPY ( antigua sociedad de prevención de Asepeyo) , que iba a ser adquirida por una Fundación en la que tenían mucha presencia la familia Serra, y Catalana Occidente, y con gran vinculación con la mutua Asepeyo. Recordaros, que las relaciones entre Fremap Mutua y la Seguridad Social, no pasan por sus mejores momentos, fundamentalmente por el carácter de Mariano de Diego, su presidente. Me remito a las noticias ( ciertas por otra parte ) que salieron el verano pasado, en la que se destapó la gestión que estaba haciendo de los fondos públicos la entidad presidida por el citado directivo.

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    en respuesta a: negarse a realizar un trabajo #431241 Agradecimientos: 0
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    marzo 2011

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    @ventamina wrote:

    @Aitor- TSPRL wrote:

    Ventamina: La ERL es realizada por una persona física, luego es esa persona la que “marca” hitos y objetivos en una ERL. La ERL no es un “ente abstracto peronalizado”, sino el resultado de un proceso de razonamiento (aunque a veces parezca que no)

    FALSO:
    Las entidades especializadas que actúen como servicios de prevención deberán estar en condiciones de
    proporcionar a la empresa el asesoramiento y apoyo que precise en relación con las actividades concertadas,
    correspondiendo la responsabilidad de su ejecución a la propia empresa. Lo anterior se entiende sin perjuicio de la
    responsabilidad directa que les corresponda a las entidades especializadas en el desarrollo y ejecución de actividades
    como la evaluación de riesgos, la vigilancia de la salud u otras concertadas

    El RD NO HABLA de técnicos de prevención en NINGUN MOMENTO. ¡Buscalo! y si lo encuentras dinoslo,por favor.

    No entiendo este razonamiento.

    Sobre todo cuando en sede judicial, el que acaba como imputado por un delito contra la seguridad de los trabajadores, o un delito de homicidio por imprudencia ( los casos mas comunes ) es el TECNICO DE PREVENCION QUE FIRMA LA ERL, no la entidad que representa ( esta tendrá la RC correspondiente, que mas bien lo que hace es cubrir la del técnico actuante )

    Si fuera como tu dices, seria al revés.

    Y, por si no lo sabes, te recuerdo que los ténicos de prevención, para muchos instructores, jueces y magistrados, somos GARANTES PUBLICOS, al trabajar con un derecho recogido en la CE, lo que hace que las penas puedan verse aumentadas

    en respuesta a: negarse a firmar documentación en PRL #431132 Agradecimientos: 1
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    marzo 2011

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    @ventamina wrote:

    @JoséAngel1 wrote:

    El problema muchas veces no es que no firmen sino que puede que firmen añadiendo No conforme un registro de formacion e informacion,autorizacion,instruccion de trabajo, lo que entiendo que daria lugar a problemas en las auditorias legales,inspecciones y juicios.
    como hacer que tan solo firmen sin que puedan añadir nadacuamdo realmente no tengan motivos

    Acabáramos…
    TODA formación requiere una encuesta de satisfacción de a cumplimentar por parte del alumnado, a fin de veriifcar que es conforme a SUS necesidades formativas, ATENDIENDO A SUS RIESGOS LABORALES (según la ERL ESPECIFICA). Sin esa encuesta de satisfacción, el auditor daría por nula cualquier actividad formativa dada por una empresa y desde luego, ni la fiscalia ni la autoridad laboral, dará por bueno una acción de ese tipo… mucho menos si tampoco se les permite expresar su opinión.

    Donde viene que toda formación requiere de una encuesta de satisfacción? En que precepto legal?

    Y ya me diras tu, como le justificas a Su Señoria que si, le entregaste la información sobre los riesgos de su puesto de trabajo, se lo explicaste durante 2 mañanas enteras, le hiciste 15 examenes verbales y lo habria comprendido todo. Pero si en sede judicial no enseñas un papel firmado por el trabajador conforme se le ha entregado la información, epi x, o cualquier registro, dicha actividad no se da por realizada ( dicho un Magistrado del TSJCYL )

    Y a todo esteo, si en el SGPRL de la empresa, viene que se guardaran registro escrito de lo que sea, no se por que tiene que venir un trabajador ( y menos aún un DP, que a parte de perjudicar, debemos ( y me incluyo por que los soy ) colaborar )

    Es volver sobre lo mismo, pero la PRL desafortunadamente se ha reducido a papel, pero por que los que mandan, gestiona, deciden y administran en este campo exigen eso, papeles.

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    marzo 2011

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    @caragola wrote:

    @lindoro wrote:

    Retomo el tema: Básicamente estaba buscando opiniones sobre *****.
    Funciona como franquicia y ofrece a las empresas servicios de formación para que el empresario asuma la gestión preventiva. Pretenden que los empresarios abandonen sus contratos con los SPA. Su truco está en que, camuflada dentro de la formación, ofrecen un servicio de consultoría para la implantación del sistema.
    ¿Creeis que puede tener éxito este sistema?
    No sé si me compensa salir del paro (para trabajar en ***** hay que ser autónomo o empresa) o esperar mejores oportunidades profesionales. Sin ir más lejos, en la zona de Bilbao hay varios SPA.
    El “Comunicado a las empresas que realizan la asesoría en materia de Prevención de Riesgos Laborales a cargo de las bonificaciones destinadas a la formación de los trabajadores” () es lo que menos me atrae de *****, aunque es cierto que debe ser difícil de demostrar que se hacen trabajos de consultoría y no de formación.
    Gracias desde Bilbao.

    Buenas lindoro:

    ¿puedes informarnos más del sistema? en su web aparece la pestaña de SPA. Si lo son, ¿que sentido tiene conseguir que las empresas dejen el SPA para gestionar ellas su PRL?
    o ¿lo del SPA es una fachada sin más? dinos algo.
    Saludos

    Se llama coneguir ingresos a toda costa. Ya sea por medios licitos o no

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    en respuesta a: QUIEN DEBE IMPARTIR LA FORMACIÓN #429371 Agradecimientos: 1
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    marzo 2011

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    Por poder, puede.

    Pero no es la formacion que indica la LPRL.

    Es como si les da un curso de ingles, les vale para su puesto de trabajo? Si

    Cumple con alguna obligacion legal? No

    Ya se ha dicho repetidamente que la formacion en PRL lo tiene que dar el modelo de organizacion preventiva de la empresa.

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    marzo 2011

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    @ventamina wrote:

    @Aitor- TSPRL wrote:

    Es como ir a un taller de coches… los hay que te venden las ruedas de segunda mano… a precios muy baratos… pero bueno, yo prefiero unas nuevas y de marca…

    Saludos

    Es curioso… cuando sales d ela burbuja y ves otros lugares, compruebas que las marcas ‘de esta burbujas’ son desconocidas en ”’otras burbujas”’… y sin embargo funcionan mejor que las de aquí… algún día tendríamos que pregutnarnos por qué en europa no disponen de ‘servicios ajenos a la prevención’ y tienen tasas de accidentabildiad más bajas que las nuestras…

    Quizá esa pregunta deberias lanzarla en una oficina de la CEOE,o de CEPYME.

    SI de todas las 4 modalidades de organización que permite la norma, un 75% invita a que lo haga con medios propios, y la gran mayoria de los empresarios han optado por el 25 restante, no creo que sea culpa del comercial ni del spa de turno ( si me apuras, habrá que felicitarles, dado que han conseguido vender su producto en condiciones de desventaja )

    Lo ideal seria que todas las empresas asumieran con medios propios lo que la LPRL dice, y que las tareas mas especializadas o donde no lleguen con sus propios medios, lo externalizan con SPA´s, pero no, no es el pensamiento del 98% del tejido empresarial español. Va mas por el “pago y me olvido”.

    Quizá es un poco off topic este post, pero a poco que lleves unos años trabajando en este mundo, habreis visto que lamentablemente es así.

    naxcaine
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    marzo 2011

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    Entiendo que con las mas desfavorables para el trabajador.

    Si se enfoca con las mas adecuadas o favorables, no habria riesgo que evaluar, luego no procederia dicho estudio especifico/evaluacion.

    Otra cosa es que las medidas preventivas, entre otras, sean la adopcion de esas posturas mas “favorables” uso de equipos con longitud adecuada, etc.

    en respuesta a: ***** Reforma Laboral Despido a embarazada #416893 Agradecimientos: 0
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    marzo 2011

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    @sarasofi2013 wrote:

    @ventamina wrote:

    Pero…¿qué tiene que ver esto con la prevención de riesgos laborales? En verdad que el foro se hunde en una serie de pregu´ntas que lo único que hacen es menospreciar el trabajo de los técnicos aplicándoles conocimientos jenos a su función real. Corre el rumor, y luego resulta que te endosan estas cuestiones como si fueras experto en la materia. A lo cual me opongo y pido solidaridad por parte del resto de técnicos.

    Si como TPRL os preguntaran sobre los esfuerzos máximos que soportarían unos pilares de un edificio, ¿contestaríais? Pues esto es lo mismo. Cada palomo a su palomar.

    Tiene que ver en tanto en cuanto se lo hagan a trabajadoras que les gestiones la preveción, porque el acoso previo a la mujer embarazada es un factor psicosocial de riesgo grave, previo y despues de dar a luz tambien, si la empresa se niega a reducir la jornada, de hecho la Inspección de Trabajo hace inspecciones en las empresas en este sentido, cuando se ve que hay acoso y discriminación de las trabajadoras embarazadas o con niños en una empresa.

    Tiene que ver en tanto en cuanto el caso que yo hablo se ha producido en Un servicio de prevención Ajeno de la Comunidad de Madrid.

    Y si el caso fuera en una empresa de seguridad privada, seria un caso de seguridad? O de orden publico? Si fuera en un supermercado, seria un problema de alimentacion?

    Es un problema de RELACIONES LABORALES y/o RECURSOS HUMANOS

    Tienes razon sobre el temaa psicosocial, pero como bien sabras, lo relacionado con ese tipo de riesgos poco se puede hacer con la informacion aportada en un foro

    en respuesta a: Ley 14/2013 asunción de la prevención #427369 Agradecimientos: 0
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    marzo 2011

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    @ventamina wrote:

    Habiendo visto como se considera que la caída por las escaleras es un riesgo a distinto nivel o que hay riesgo higiénico por rno disponer de recipiente para las compresas en el baño… y como se ””elaboran”’ las ERL ””complejas””…. pues ya me espero cualquier cosa…incluso que un técnico me diga que tiene que hacer medición de luz en el puesto de trabajo de un chófer… pues mira, supongo que pondrá en el PAP que conduzca con las luces de la cabina encendidas aunque lo prohíba la normativa de conducción o que ”’tnega precaución cuando conduzca de noche”’…¡¡¡¡¡¡bendita medida preventiva de tipo ””complejo!!!!!!

    Pero aquí da igual todo, con tal de mantener la gallina de los huevos de oro calentita y hacer ver a un quiosquero de la esquina que tiene que mantener a unos paniaguados porque tiene que hacer mediciones de luz… oiga, pues que contrate la medición si la inspección lo considera y se deje de GASTAR DINERO EN ANUALIDADES que NO SIRVEN PARA NADA. ¿dónde pone que deba contratar a un ””servicio”” todo el año???? En ningún sitio lo pone. Luego, si necesita medición d elo que sea, ESTUPENDO… se paga y se ha acabao la historia… aaaaahhhhh… que el NOGOCIO es mantener los SPA como si fuera ””pólizas de seguro””…ya, ya, ya…. y lo peor de todo es que hay ””técnicos”” que encima se lo creen…. y les metía una denuncia que se les iba a quitar la tontería de ir jugando a ser ”’técnicos”’ para toda la vida… pero claro, que no se puede hacer eso, que pobrecitos, que fíjate el paro, que tal…

    Cuando quieras, podemos mantenre una larga discusión sobre el “y tu más” entre tecncios de prevención de SPAs y auditores.

    Venga empiezo yo ( caso enterado hace aprox. 5 horas )

    Empresa de 90 trabajadores, con TD´s como modalidad de organización de la prevención, y SGPRL vergonzoso, ha pasado la auditoria por que han llevado a comer al Sr. Auditor, los dos dias que ha durado la auditoria al restaurante mas caro de mi ciudad ( 150€ cubierto )

    Mas que nada, para que veas que en este mundo de la PRL ( como todos ) hay piratas, y gente que intenta hacerlo bien. Quizá abunden mas los primeros ( incluso con consentimiento de la AL, o con la lentitud de su actuación hace que les compense la sanción impuesta ) que los segundos, o como siempre, se hagan notar mas los primeros que los segundos.

    en respuesta a: Ley 14/2013 asunción de la prevención #427368 Agradecimientos: 0
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    marzo 2011

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    @Histófenes wrote:

    @mendiforpresident wrote:

    Las mediciones de iluminación, quien las hace? ¿Es necesario medir?
    Las mediciones de condiciones termohigrometricas ( dado que en la nave entra personal ) quien las hace? Idem
    El plan de actuación ante una emergencia, quien lo hace? ¿Para un local de menos de 10 personas y pudiendo actuar nivel básico art. 35.1.e RSP?
    La evaluacion de factores pisocosociales ( por ejemplo ), de la instalación eléctrica, determinación de medios de extinción quien lo hace? Son evaluaciones elementales de riesgos? Yo creo que si lo son
    Soy yo que soy demasiado “elitista” y pienso que un CNB se puede asumir parte ( muy pequeña ) de la PRL de una empresa? ¿Que creo que no pueden asumir? Evaluaciones de cualquier especialidad que requiera nivel intermedio o superior (contrataría especialidad con SPA), la formación de los trabajadores y la Vigilancia de la salud (SPA)

    Otra pregunta, si designa a trabajadores para que le auxilien, y la “liberalización de horas para que se encargue de gestionar la PRL, donde lo realiza?? en el camión??, en la nave??, en su casa?? En caso de que lo realizaran en la nave, la evaluación de riesgos del lugar de trabajo, es una evaluación elemental de riesgos??

    ¿Donde les de la gana? y sí creo que podría ser una evaluación de riesgos, ni elemental ni no elemental porque no se que significa “elemental” ¿Haces evaluaciones elementales?

    Lo interesante aquí es que si un empresario asume la prevención, ¿estará ésta más integrada que si contrata con un SPA que le hace cuantas visitas al año por x horas de contrato?
    y ¿Existe una actuación con criterio común de los inspectores frente a un empresario que asuma la prevención y requiera exención de auditoría? Ya te contesto que no…. tristemente…

    Y si no mides iluminación, como sabe si tiene 10, 25, 250, o 2500 lux?? ( respuesta que me dio un ITSS )

    Plan de actuacion ante emergencias para un local de menos de 10 trabajadores?? Disculpa pero no te entiendo, no necesita plan de emergencias? Aunque sea unas intrucciones basicas? ( y el cnb te capacita para actuar, no para elaborar )

    En cuanto a los trabajadores designados que le “auxilien”, quizá no me expliqué bien. Quería decir, que el credito horario que necesitarian para poder desarrollar adecuadamente su actividad preventiva, donde lo iba a desarrollar en esa nave?? ( ergo habría que evaluar el centro de trabajo, y me preguntaba si como auditor ese forero daría por valida una evaluacion de una nave industrial realizada por una persona con el CNB )

    Sobre las evaluaciones elementales ( evaluaciones para las que esta capacita do un CNB ) esa es la pregunta. Que es una evaluacion elemental? La de un administrativo?, la de un peorn de limpieza viaria? un chofer?, el uso de una carretilla elevadora de alcance variable?? Tampoco lo se. pero creo que yo, ni nadie de la Admon a los que he tenido que preguntar.

    Y si. Coincido contigo. Es la Administración quien debe controlar si una empresa de 25 trabajadores, en las que el empresario ha asumido la PRL con un curso de 30/50 h garantiza una adecuada protección para los trabajadores. Pero me da en la nariz, que eso no se ha estado dando, no se esta dando y no se va a dar. ( esto ultimo es una opinión personal por tal y como funciona la Autoridad LAboral de mi demarcación )

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    en respuesta a: Ley 14/2013 asunción de la prevención #427362 Agradecimientos: 2
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    marzo 2011

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    @ventamina wrote:

    @JGARCIALIZAMA wrote:

    ¿Cuándo la ley habla de un único centro de trabajo cómo ha de entenderse para empresas por ejemplo de transporte, las cuáles pueden tener varios vehículos y una nave para garaje?

    A mi entender, mientras el empresario disponga de formación capacitante para desarrollar funciones de AL MENSO nivel básico, concierte la VS con una SPA, y garantice la formación PRL de los trabajdores (segun las opciones disponibles) y no se realicen actividades del Anexo 1… pues cumpliendo con el factor de plantilla máxima… no veo problema para que asuma la PRL de manera personal… eso sí… debe´ra contar con trabajadores designados que le ””auxilien”’…. ¿que debe hacer? formar a sus trabajadores con Nivle Báscio como mínimo además de la foramción del artículo 19 y la que corrsponda por convenio colectivo. Por lo demás: no veo mayor problema.

    Es volver a marear la perdiz, y hablar sobre lo mismo como auditor, darias por valido un SGPRL que ” el empresario disponga de formación capacitante para desarrollar funciones de AL MENSO nivel básico, concierte la VS con una SPA, y garantice la formación PRL de los trabajdores (segun las opciones disponibles) y no se realicen actividades del Anexo 1… pues cumpliendo con el factor de plantilla máxima… no veo problema para que asuma la PRL de manera personal… eso sí… debe´ra contar con trabajadores designados que le ””auxilien”’…. ¿que debe hacer? formar a sus trabajadores con Nivle Báscio como mínimo además de la foramción del artículo 19 y la que corrsponda por convenio colectivo”

    Las mediciones de iluminación, quien las hace?
    Las mediciones de condiciones termohigrometricas ( dado que en la nave entra personal ) quien las hace?
    El plan de actuación ante una emergencia, quien lo hace?
    La evaluacion de factores pisocosociales ( por ejemplo ), de la instalación eléctrica, determinación de medios de extinción quien lo hace? Son evaluaciones elementales de riesgos?
    Soy yo que soy demasiado “elitista” y pienso que un CNB se puede asumir parte ( muy pequeña ) de la PRL de una empresa?

    Otra pregunta, si designa a trabajadores para que le auxilien, y la “liberalización de horas para que se encargue de gestionar la PRL, donde lo realiza?? en el camión??, en la nave??, en su casa?? En caso de que lo realizaran en la nave, la evaluación de riesgos del lugar de trabajo, es una evaluación elemental de riesgos??

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    marzo 2011

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    @jakob20 wrote:

    @eli86 wrote:

    Si tu preocupacion como creo entender es solo economico y burocratico, te diré que el contrato de vigilancia de la salud con un SPA se formaliza en un plis plas cuestion de minutos, otra cosa es la vigilancia de la salud, en este supuesto, como tienes la renuncia del trabajador, no le realiarian el reconocimiento medico, con lo cual el coste economico seria infimo. Otro dato a tener en cuenta es la actividad de la empresa,este detalle es muy importante, dependiendo de la actividad, existen tres supuestos en la ley, en los que obligan al trabajador a realizarse la vigilancia de la salud y no pueden renunciar, esto tambien lo tendrias que mirar.
    saludos.

    La actividad del trabajador no es una actividad peligrosa, consiste en sentarse en una silla y ver a los clientes como echan las monedas en las máquinas expendedoras, vamos simplemente que halla un tío ahí. No tiene que hacer nada más. Las máquinas están en remolques y yo las llevo de feria en feria.

    En el tema ecónomico me piden mínimo 190€, por un trabajador que rechaza la vigilancia de la salud, según me dicen es el mínimo de dinero para contratar sus servicios. Que aunque sea vigilancia realmente cueste 50€ no pueden emitir una cuota con 50€ porque es que hay un mínimo para contratar sus servicios, y en un SPA ya me han dicho que 190€ el lunes en el otro me dirán precio también, aunque me dicen lo mismo que hay un mínimo. Primero me empiezan con que para un trabajador no es posible sólo la vigilancia, luego cuando yo le digo que tengo la formación y ya lo he echo otras veces yo mismo porque sólo es un trabajador, ya me dicen que ok que te miro sólo la vigilancia para un trabajador que encima la ha rechazado, lo miran y me dicen: es que hay un mínimo para contratar nuestros servicios, ¿porque no contratas la parte técnica también? Les vuelvo a decir que no y me vuelven a cobrar lo mismo pero sin la parte técnica, porque dicen que es el mínimo exigido para contratar sus servicios.

    Hay algún SPA o lo que me lo pueda; llevar que quiera llevarme sólo la vigilancia de la salud de un trabajador que encima no da su consentimiento? Es sólo para ir legal, la verdad que me urge si sale bien lo dejo así el tema, pero mi problema es eso que ahora nadie quiere hacérmelo, bueno también sólo he preguntado en 2. Esto son follones por todas partes….

    No creo que haya ningun servicio o sociedad de prevención que no quiera hacertelo tal y como esta el mercado.

    Otra cosa es que no te cuadren precios.

    naxcaine
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    marzo 2011

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    @ventamina wrote:

    ¿los trabajadores puede elegir a un trabjador como ”’delegado de prevención” aunque éste no dispona de formación capacitante para desempeñar las funciones de nivel superior?

    ¿en qué artículo se indica que DEBAN disponer de esta formación? ¿alguna comunidad autonoma ha legislado al respecto?

    Gracias.

    1º) Los trabajadores no eligen a los delegados de prevención. Recuerda que son elegidos por y entre los delegados de personal

    2º) HAbria que ver lo que dice el convenio colectivo Ahora hablando de memoria, creo que la formacion de los DP en construccion tiene que ser de 70h, , en teleoperadores de 40h…

    La empresa debera proprocionar a los delegados la formación para que pueda desempeñar sus funciones, y sus funciones son muy muy muy muy similares a las que te capacita un nivel básico.

    Esto me recuerda a una pequeña discusión que tuve hace poco un DP. El me comentó que la empresa no le daba permiso para ir a un curso de “prevención de accidentes cardiovasculares” que el delegado quería hacer. Yo le remití a lo que indica la norma. Le dije que si quería hacer uso de su credito horario como delegado de personal para acudir a esa formación, la empresa no se podía negar a concederle dicho credito, pero que esa formación fuera indispensable para el ejercicio de sus funciones, pues era un pelin dudoso

    naxcaine
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    marzo 2011

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    Creo que me explique mal en mi anterior post.

    El tecnico, en la evaluación de riesgos del elevador en cuestión, recogió el riesgo de caida de objetos ( igual el fallo fue no incluir el riesgo de caida de coche, modelo seat ibiza 1.4, glxi, o mercedes vito, o bmw 330…)

    Su señoria, fundamentalmente, se ha basado en que no estaba recogido el riesgo de caida de vehiculo. ( quizá fue ese el error del compañero, considerar el coche como un objeto. Pero yo una vez tuve que hacer un analisis de un accidente por caida de una herramienta manual que habian dejado encima del coche, lo elevaron con un elevador y una llave abrió la cabeza al mecanico. Y en la evaluacion que tenia la empresa no estaba recogido el riesgo de caida de llave “palmera” del 13, y si el riesgo de caida de objetos/elementos )

    Aunque la verdad, el pobre tecnicio lo que ha tenido mucha mala suerte no ha sido con que hubiera hecho mal su trabajo, si no con el cumulo de circustancias que ocurrieron durante el juicio.

    Por cierto, a nadie le resulta extraño que su señoria se haya llevado por delante al tecnico, a un jefe de taller, al responsable de chapa y pintura, y el propietario se vaya de rositas?

    Y otro por cierto. No os fies nada, pero absolutamente nada de lo que dice la prensa.

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