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6 marzo, 2007 a las 16:06:03 en respuesta a: Negativa del trabajador a hacerse reconocimiento médico #151564 Agradecimientos: 0
La obligatoriedad depende del riesgo. Pero es obligatorio para el empleador no para el empleado.
22 febrero, 2007 a las 21:13:47 en respuesta a: giros del tronco sin carga #152274 Agradecimientos: 0Trauma por movimiento repetitivo, principalmente de los musculos de la espalda baja.
22 febrero, 2007 a las 21:09:24 en respuesta a: Diabetes I y tareas de riesgo #152258 Agradecimientos: 0La unica restricción para su aptitud es el control definitivo y permanente de la enfermedad de fondo.
5 febrero, 2007 a las 11:50:55 en respuesta a: DESEMPLEO Y VIGILANCIA DE LA SALUD #154866 Agradecimientos: 0La obligatoriedad es para los trabajadores que son activos en la planilla de la empresa. Para el trabajador desempleado existe el examen preempleo.
22 enero, 2007 a las 16:04:13 en respuesta a: Negación al reconocimiento obligatorio del amianto #157194 Agradecimientos: 0Los reconocimientos son obligatorios para la empresa pero no para el trabajador, con una simple carta de exoneracion de responsabilidades el empleador esta exonerado de realizar los examenes.
16 enero, 2007 a las 17:07:13 en respuesta a: EN % CUANDO SE CONSIDERA ENFERMEDAD PROFESIONAL #157829 Agradecimientos: 0Yo pienso que te tienes que valer de la epidemiologia dentro del ambiente de trabajo, no conozco un porcentaje que a partir del cual se considere una enfermedad profesional, es más puede ser que con un solo trabajador enfermo se considere una enfermedad ocupacional
De ninguna manera, es más en Perú en el reglamento de seguridad e Higiene refiere que ésta es una de las condiciones para no dar la aptitud a personas en trabajos en la altura.
5 diciembre, 2006 a las 17:29:54 en respuesta a: De castellano, ni una palabra #161414 Agradecimientos: 0Es dificil, puedes adaptar la historia a su idioma a manera de cuestionario, las demas purebas son estandar. O contratar a tiempo partido personas que te sirvan como interpretes.
5 diciembre, 2006 a las 17:27:48 en respuesta a: UTILIZACIÓN DE UN FIBRILADOR #161566 Agradecimientos: 0Ser certificado en algun curso donde se utiliza el desfibrilador, aqui utilizamos el ACLS.
5 diciembre, 2006 a las 17:26:30 en respuesta a: imposibilidad de la empresa de reubicar el trabajador #161587 Agradecimientos: 0La empresa es responsable de ubicar al tabajador y de reformar el ambiente de trabajo bajo las condicones laborales y aptitudes del trabajador que esta tomando.
Todo programa de promoción de la salud debe ser voluntario, tienes que contar con el consentimiento del trabajador, por que si tu lo obligas los resultados no son muy alentadores.
No lo puedes despedri si el reglamento interno de tu empresa no dice que eso es un falta grave, o que el trabajador sea reincidente en esa falta con advertencia previa.
25 octubre, 2006 a las 11:58:06 en respuesta a: vacunaciones obligatorias #165259 Agradecimientos: 0En Perú, no hay norma que te obligue a vacunar a tus trabajadores, a menos que sea una campaña de vacunacion nacional.
23 octubre, 2006 a las 20:43:09 en respuesta a: Reconocimiento medico por ausencia prolongada #165448 Agradecimientos: 0En USA se presenta LTD como un seguro de bajas prolongadas, las cuales no tienen un tiempo determinado sino que depende de la condicion clinica. Si el descanso sobrepasa el estimado maximo se le denomina descanso prolongado.
17 octubre, 2006 a las 23:33:10 en respuesta a: Investigación de enfermedad profesional #166438 Agradecimientos: 0Debería ser investigado por el departamento medico de la empresa y si no lo hubiera debería ser una entidad particular.
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