Respuestas de foro creadas
-
AutorEntradas
-
18 noviembre, 2008 a las 08:49:06 en respuesta a: Vigilancia de la salud en oficinas #77644 Agradecimientos: 0
La vigilancia de la salud es competencia exclusiva del personal sanitario y por ello no debe realizarla nadie que no tenga la titulación adecuada.Por otro lado, el articulo 22 de la Ley 31/95 establece que es un derecho de los trabajadores pero que los reconocimientos médicos serán voluntarios. Si no existe Servicio de Prevneción propio deberá contratarse uno ajeno para realizar estas funciones.
30 octubre, 2008 a las 16:10:59 en respuesta a: Aptitud en Reincorporacion al trabajo #79840 Agradecimientos: 0No todos los vapores estan en relación con el carcinoma epiderrmoide. Es preciso realizar un estudio sobre la composición de esos vapores y determinar su influencia sobre el carcinoma. Si ésta existe se debe cambiar de puesto, pero si no hay relación no se justifica el cambio.
No olvidemos que el tabaco es el principal agente etiologico de estos procesos24 octubre, 2008 a las 06:45:40 en respuesta a: reconocimiento medico obligatorio #80885 Agradecimientos: 0En este caso no existe la obligatoriedad del reconocimiento, como especifica ela rticulo 22 de la Ley y no se encuentra causa justificada para realizar la excepción de reconocimiento obligatorio. Ante un riesgo biológico no existe obligatoriedad sino hay peligro para terceros o la colectividad
depende de muchos factores, como la velocidad del vehiculo, tipo de vehiculo y sistema de amortiguación del asiento.
7 agosto, 2008 a las 11:43:06 en respuesta a: Seguimiento médico de lesiones por accidente de trabajo #90543 Agradecimientos: 0Las secuelas pueden ser invalidantes o permanentes y no invalidantes. No todas las secuelas incapacitan para el trabajo y, por tanto,puedes estar de alta laboral. Si son incapacitantes, temporal o definitivamente, debes estar de baja y controlado por la mutua, pero si son permanentes y no incapacitantes tienes que trabajar y la mutua no te trata por ser permanantes. En este ultimo caso lo que te corresponde es una indemnizacion por lesiones corporales en el accidente de trafico y debes reclamar al seguro del vehiculo causante del accidente
Cuando existe sospecha de contagio de tuberculosis existe un protocolo médico para estudiarlo. NO hay personas infectadas lo que si hay son personas contagiadas o no. La única manera de saberlo es el Mantoux (tuberculina) , pero en muchas ocasiones esta prueba da falsos positivos. Un Mantoux positivo sólo indica un contacto con el bácilo (nada mas) y obliga a otros estudios como la radiografía de tórax o el cultivo del esputo. Sólo la positividad de estas pruebas confirman el diagnóstico y hasta entonces no se puede contemplar el caso como enfermedad relacionada con el trabajo. El resto sólo son conjeturas pues, además, existen muchas tuberculosis sin relacion con el trabajo
11 abril, 2008 a las 06:53:39 en respuesta a: Vacunación Hepatitis B ¿Mutua o SPA? #104550 Agradecimientos: 0El artículo 22 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales establece que la vigilancia de la salud (salvo excepciones) es un derecho del trabajador pero no una obligación. Las vacunaciones entran en este capítulo y son un derecho la ofertade la empresa pero no una obligación de los trabajadores ponersela. Le corresponde administrarla a la parte que tenga encomendada la vogilancia de la salud
29 febrero, 2008 a las 08:18:06 en respuesta a: Botiquín lo tienen que dar las mutuas ¿si o no? #109556 Agradecimientos: 0Efectivamente,los botiquines de primeros auxilios tiene que proporcionarlos la mutua así como su mentenimiento
20 febrero, 2008 a las 08:05:24 en respuesta a: Delantaleas plomados y trabajadoras embarazadas #111036 Agradecimientos: 0Las trabajadoras embarazadas no pueden estar expuestas a radiaciones y por ello se la debe cambiar de puesto de trabajo sin paliativo alguno.
7 febrero, 2008 a las 12:21:55 en respuesta a: RIESGOS ACTIVIDAD POLICIAL #112429 Agradecimientos: 0Es muy interesante tu petición. Creo que esa evaluacion de riesgos la estan haciendo en el Cuerpo Nacional de Policía y aún no la tienen finalizada.
Antes de ocupar un puesto de ttrabajo es preceptivo el reconocimiento médico para determinar la aptitud para el mismo. Si el trabajador no lo realiza no puede accede al mismo.
28 septiembre, 2007 a las 07:18:20 en respuesta a: NTP NTP 471: La vigilancia de la salud en la normativa PRL #126855 Agradecimientos: 0Las ,NTP son orientativas y asesoran de como realizar las cosas correctamente, pero no son vinculantes.
Los reconocimientos médicos deben hacerse dentro del horario laboral o compensarse ese tiempo económicamente o con días libres25 abril, 2007 a las 07:11:42 en respuesta a: enfermedad profesional o accidente laboral #144305 Agradecimientos: 0La cifoescoliosis es una enfermedad que podría ser de origen degenerativo. Por ello no es enfermedad profesional ni accidente laboral, pero el trabajo puede agravar la patologia, por ello podría ser clasificada como una enfermedad relacionada con el trabajo
19 abril, 2007 a las 15:08:47 en respuesta a: Equipos de Proteccion Individual Policial #144941 Agradecimientos: 0Muchas gracias por tu información, pero es que en el citado Decreto no queda claro si tiene que ser de adscripción individual o no.
19 abril, 2007 a las 14:23:25 en respuesta a: Agravamiento tras accte. laboral en 1991 #144958 Agradecimientos: 0En mi opinión si ya está jubilado, la Mutua no tiene que asumir nuevos costes pues el empleado (jubilado) ya ha sido indemnizado y no tiene nuevas calificaciones que pudiesen aumentar la cuantia recibida. la asistencia debe ser cubierta por la Seguridad Social
-
AutorEntradas