Respuestas de foro creadas

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  • en respuesta a: EQUIPOS PARA TRABAJAR EN SUSPENSION #425713 Agradecimientos: 0
    eli86
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    marzo 2012

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    @trabajoyseguro wrote:

    Entiendo que lo que te señala Sigurlab, nosotros son propios los equipos, pero entiendo que lo que interesa no es el propietario si no que se cumpla las indicaciones del fabricante. Personalmente no veo el alquiler de este tipo de equipos.

    Gracias por tu opinion a mi me pasa lo mismo no lo veo, sin embargo megustaria conocer tus razones para no verlo, or ver si coincidimos.

    en respuesta a: EQUIPOS PARA TRABAJAR EN SUSPENSION #425710 Agradecimientos: 0
    eli86
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    marzo 2012

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    @trabajoyseguro wrote:

    @eli86 wrote:

    @eli86 wrote:

    Buenos dias a todos, esta mañana, en mi trabajo me plantean una cuestion y me surgen dudas. Se trata del alquiler de equipos de trabajo ( arnese cuerdas, ect…)para realizar operaciones de limpieza de un talud trabajando en suspension. Mi duda es la siguiente: los equipos que quieren alquilar para ofrecerlo a los trabajadores por supuesto deben cumplir con el marcado CE, pero que documentacion le debemos exigir a la empresa de alquiler??? documentacion relativa a las revisiones? en este punto es donde me surgen las dudas. muchas gracias a todos.

    Este tema es muy urgente, como dicen aqui para ayer………
    GRACIAS.

    Hola, yo te explico nuestro formato para trabajar en taludes, disponemos de puntos fijos, a los cuales instalamos un linea. El trabajador se sujeta a la misma y con deslizadores o doble cabo, va soltando cuerda hasta situarse en su posición para desbrozar el talud. En otros taludes, además de lo anterior disponemos de pasillos a variás alturas para que el trabajado pueda situarse en plao, siempres con sujección a la línea portatil. En otros que dan a carretera previa comprobación de los anclajes de los quitamiedos por técnico competente, se instaló en los mismos línea portatil.

    Documentación, siendo epis de cat 3, la propia de dichos equipos, y siendo empresa de alquiles, su curriculum, no es de la emrpesas, si no el del equipò, mantenimiento, usos, etc, además comprobación de los mismos ……..

    En resumen, en todos se hizo una evaluación de riesgos específica y se tomaron las pertinentes decisiones, que para cada caso fue diferente.
    En la red, dispones de un trabajo de ingenieros agricolas catalanes sobre este asunto, que no se como enviar desde PDF.

    gracias por tu informacion, pero en el caso de alquiler de los equipos, necesito saber que tipo de documentacion debo exigirle a la empresa de alquiler, me refiero a las inspecciones y ensayos exigidos por industria, creo que esto lo deben tener a diposicion del cliente y no se si algun documento más. Gracias

    en respuesta a: EQUIPOS PARA TRABAJAR EN SUSPENSION #425708 Agradecimientos: 0
    eli86
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    marzo 2012

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    @eli86 wrote:

    Buenos dias a todos, esta mañana, en mi trabajo me plantean una cuestion y me surgen dudas. Se trata del alquiler de equipos de trabajo ( arnese cuerdas, ect…)para realizar operaciones de limpieza de un talud trabajando en suspension. Mi duda es la siguiente: los equipos que quieren alquilar para ofrecerlo a los trabajadores por supuesto deben cumplir con el marcado CE, pero que documentacion le debemos exigir a la empresa de alquiler??? documentacion relativa a las revisiones? en este punto es donde me surgen las dudas. muchas gracias a todos.

    Este tema es muy urgente, como dicen aqui para ayer………
    GRACIAS.

    eli86
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    marzo 2012

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    Si tu preocupacion como creo entender es solo economico y burocratico, te diré que el contrato de vigilancia de la salud con un SPA se formaliza en un plis plas cuestion de minutos, otra cosa es la vigilancia de la salud, en este supuesto, como tienes la renuncia del trabajador, no le realiarian el reconocimiento medico, con lo cual el coste economico seria infimo. Otro dato a tener en cuenta es la actividad de la empresa,este detalle es muy importante, dependiendo de la actividad, existen tres supuestos en la ley, en los que obligan al trabajador a realizarse la vigilancia de la salud y no pueden renunciar, esto tambien lo tendrias que mirar.
    saludos.

    en respuesta a: TRABAJOS VERTICALES #425254 Agradecimientos: 0
    eli86
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    marzo 2012

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    SI SI ya lo he leido, pero ellos dicen que ya no es obligatorio y pense que se habia producido una modificacion en la ley que yo desconocia. Si no es asi tienen dificil la justificación.

    Gracias

    en respuesta a: Owas o Reba #425226 Agradecimientos: 2
    eli86
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    marzo 2012

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    Una observación: una evaluación de posturas con el método REBA no sólo puede focalizarse sobre la postura más crítica de una actividad, sino que debe, como en el caso del método OWAS, fundamentarse en un muestreo representativo que integre los períodos de recuperación.

    El método OWAS (Ovako Working Análisis System) nos lleva a realizar una codificación de las posturas cada cierto intervalo de tiempo, que si ajustamos convenientemente para un número de ciclos de trabajo suficientes de la actividad que se deba evaluar, conseguiremos un muestreo estadísticamente representativo del conjunto de posturas que contemplará tanto las lesivas como las no lesivas. Y esto último es muy importante, porque por propia definición, un puesto de trabajo con posturas estresantes o forzadas contendrá en su monitorización posturas de riesgo, pero lo verdaderamente interesante en el análisis es obtener la información cuantitativa que nos permita conocer si las dosis de la exposición a esa carga física será suficiente para producir algún tipo de daño. En cambio, no me gusta que en los resultados sólo podamos obtener un resumen descriptivo de las frecuencias de exposición a cada tipología de postura y no un valor de riesgo agregado, ya que en la mayor parte de los casos nos vamos a encontrar con que se aplica esta metodología para responder a cuestiones del tipo: ¿es el puesto peligroso? Y el resultado que obtenemos con este método es más apropiado para responder preguntas del tipo: ¿qué puesto de trabajo es más peligro el A o el B?

    El método REBA (Radid Entire Body Assessment) permite obtener una puntuación final agregada que nos da un nivel de riesgo y acción. En este caso este método es más apropiado para responder también a preguntas del primer tipo. No obstante, hay que ser especialmente cautelosos en su aplicación práctica, ya que si usamos el método en un ejemplo como el que se analiza en la NTP 601 del INST, siempre observaremos que las posturas forzadas, por el hecho de ser forzadas, dan puntuaciones altas y por tanto inaceptables. Esto sigue siendo de poca utilidad. Imaginemos la cantidad de sectores de actividad y oficios en las que podemos encontrar posturas estresantes, pero en los que con la debida organización del trabajo podamos intercalar periodos de esfuerzo con otros de recuperación que permitan soportar el conjunto de la actividad. ¡Cómo sino podríamos aceptar una sesión de baile!

    en respuesta a: EQUIPO DE TRABAJO EN ALTURA #425214 Agradecimientos: 0
    eli86
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    marzo 2012

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    y…… si el O.K. lo lan los trabajadores de sus propios equipos , es posible que ellos asuman la responsabilidad?

    en respuesta a: EQUIPO DE TRABAJO EN ALTURA #425213 Agradecimientos: 0
    eli86
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    marzo 2012

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    NO, eso no es lo que me preocupa, creo que no me he explicado bien.
    El caso es que la empresa nos comunica (a nosotros que somos el servicio de prevencion propio) lo siguiente.
    tienen previsto contratar a dos trabajadores por un periodo de 15 dias para realizar trabajos de limpieza de fachada y me comentan( a mi como tecnico de prevencion de la empresa) que los propios trabajadores aportaran los equipos de trabajo completos para realizar las tareas de limpieza en suspensión , y esto no me convence, mi pregunta es: si si existe algun requicio legal o alguna forma de justificar esta situación, , por que hasta donde yo se y la ley es explicita en el tema : los equipos de trabajo en este caso, equipos de seguridad (epi) es la empresa la que tiene obligacion de entregarlos al trabajador. he pensado en otras soluciones como realizar un contrato de alquiler a los propios trabajadores de sus equipos, pero esto tampoco me convence, por que ¿quien certificaria que los epis estan en regla, homologados, y sobre todo que no han sufrido daño alguno?. en definitiva me gustaria saber si alguien me da una solución para que los trabajadores aporten los equipos de proteccion de forma legal.

    en respuesta a: EQUIPO DE TRABAJO EN ALTURA #425206 Agradecimientos: 0
    eli86
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    marzo 2012

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    MI EMPRESA CONTRATA A DOS TRABAJADORES, NO CONTRATA A OTRA EMPRESA, no se aplica del R.D. de coordinacion…… por eso es mi duda si existe algun resquicio legal en el que pueda encuadrar el tema de los EPI, ( los trabajadores aporten los epis).

    en respuesta a: Solicitud de botiquines #358759 Agradecimientos: 0
    eli86
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    marzo 2012

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    Efectivamente es asi. Mejor centrate en por que los trabajadores se cortan tantas veces…………

    en respuesta a: Solicitud de botiquines #358758 Agradecimientos: 0
    eli86
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    marzo 2012

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    @jordivicius wrote:

    Muy buenas, la mútua de trabajo que nos suminstra la reposición de los botiquines, éste año cada vez que le pido un elemento del botiquín, tiritas, vendas,… me envia una caja con la reposición total de un botiquín, con lo que me encuentro que si quiero 10 paquetes de tiritas, me envia 10 de todo, con lo qual al final te cansas de almacenar material que no se gasta tan habitualmente y decides comprar el material que más se gasta para que no te vuelvan a enviar otra reposición completa.
    Os pasa esto a todos? ellos me dicen que son órdenes que tienen desde la seguridad social, que siempre tienen que enviar una reposición completa.
    Muchas gracias.

    efectivamente asi es, mejor sera que te centres en por que los trabajadores se cortan tantas veces.

    en respuesta a: CONTINUA LA SANGRIA DEL SECTOR #423778 Agradecimientos: 1
    eli86
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    marzo 2012

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    @ventamina wrote:

    Puessss… a mi me parece normal :mrgreen: . Quiero decir, desde el punto de vista de la productividad… ¿qué hace un TPRL de un SP AJENO (a la empresa, a la plantilla a todo…)? Pues prácticamente NADA. Porque en la mayoria de los casos es un correveydile a otro ‘profesional’ que haga tal o cual cosa. Eso en el mejor d elos casos. Sinceramente: La prevención de SP AJENA DEBE desaparecer y ser ASIMILADA por las empresas que realemnte PRECISEN un sistema de GESTION COMPLEJO de la ACTIVIDAD PREVENTIVA.

    Y buscando culpables de la situación: LOS PROPIOS SPA que se han dedicado EXCLUSIVAMENTE a copiar el MANUAL DE GESTION DE LA ADMINSITRACION GENERAL DE ESTADO Y METERSELO A EMPRESA de 10 trabajadores (o menos) QUE NO han tenido un sistema de gestión implementado ni para determinar las horas de almuerzo (bueno… esto sí, claro, eso sí que han sabido gestionarlo…jajajjajjajajja 😆 ).

    Cuando una empresa de asesoramiento se convierte en una empresa de ventas… está vendida.

    Dicho todo eso: YA LO SABIAMOS desde hace 10 años lo menos 🙄 🙄 🙄 … y el que diga que no… o no estaba en el sector o no quería mirar o las dos cosas y vuelvo a pregutnar:¿cuántos SPA han perdido su acreditación en los últimos 5 años por no hacer bien su trabajo?

    por cierto: 60 euros/hora

    JAJAJJAJJAJJAJAJJAJJJJAJJAJAJJAJAJJAJJAJJAJAJJAJJAJAJJAJJJAJJAJAJJJAJAJJAJJJAJAJAJJAJAJAJJAJAJAJJAJAJAJJAJAJJAJAJJAJJAJAJJAJJAJAJJAJJAJAJJAJJAJAJJAJAJJAJJAJAJJAJAJAJJAJAJJAJJAJAJJAJAJJAJAJAJJAJAJAJJAJAJAJAJAJJAJAJAJAJAJAJJAJAJAJAJAJAJJAJAJAJAJAJAJAJAJAJJAJAJAJAJJAJAJAJAJAJJAJAJAJAJAJAJ

    Soy TSPRL ( tres especialidades) llevo más de 10 años como responsable de un SPP en la asministración publica, y os puedo asegurar que la integración de la prevención en el sistema general de gestión de una empresa es tarea casi imposible a traves de un SPA, ya es dificil desde el SPP….. Estoy de acuerdo con la desaparicion de los Servicios de Prevención Ajeno, generan un tocho de documentación que pasan a la empresa (por si inspeccion de trabajo pone los ojos en ella y/ o tener cubierta las espaldans ante un accidente laboral). La integracion de la prevencion EFECTIVA brilla por su ausencia, en detrimento, deterioro y menoscavo del prestigio de esta profesión. La prevención será efectiva cuando se gestione desde las empresas con recursos propios, ¿con tecnicos en plantilla? pues si ¿con cambios en la normativa con referencia a la reorganizacion de las modalidades preventivas? lo mejor…………

    en respuesta a: CONTINUA LA SANGRIA DEL SECTOR #423777 Agradecimientos: 0
    eli86
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    marzo 2012

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    @Man0706 wrote:

    Lo curioso es que muchos de estos empresarios, cuando llevan su coche premium al taller, no les importa pagar 300 € por un cambio de aceite y filtros. Claro que lo habitual es que pague la empresa los gastos de coche para disfrute del propio dueño.

    Saludos

    ohhhhhhhhhhhhhhhhhhhhhhhhh

    eli86
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    marzo 2012

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    @LICO wrote:

    Creo que estamos confundiendo Delegado Sindical con Delegado de Personal, que no es lo mismo.
    Por lo tanto, a no ser que el comite de S y S, lo permita por mayoria, solo pueden entrar de los 3 delegados de PERSONAL el que sea Delegado de Prevención y aparte, con voz, pero sin voto el que sea delegado SINDICAL.

    El delegado Sindical es elegido por los afiliados que existan en la empresa de mas de 250 trabajadores.

    Creo que se te olvida matizar algo muy importante:
    Los Delegados sindicales que pueden asistir con voz pero sin voto a las reuniones del CSS, son aquellos delegados, cuyo sindicato no tenga representacion en el CSS. por lo tanto y poniendo un ejemplo: si existe un Delegado de prevencion niembro del comite del CSS, del sindicato “X” , no pueden asisitir delegados sindicales (con voz pero sin voto) de este sindicato “X”, si el sindicato “Y” no cuenta con delegados de prevencion como miembros del CSS, el delegado sindical de este sindicato “Y”, si puede asistir con voz pero sin voto.
    De ninguna manera permitas que desde fuera controlen el CSS , otra cosa es que una vez redactado el Reglamento del Comite SS, éste, por votacion decida realizar algun tipo de consulta sobre alguna duda a cerca de dicho reglamento a algun sindicato a nivel provincial o regional, por poner un ejemplo.

    en respuesta a: PERITO JUDICIAL RIESGOS LABORALES #423341 Agradecimientos: 0
    eli86
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    marzo 2012

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    o.k. gracias a todos.

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