Respuestas de foro creadas

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  • en respuesta a: Apto médico y los Delegados de Prevención #426037 Agradecimientos: 1
    DE de Marcillac
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    octubre 2003

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    Muy sensato lo que dice Yanou.

    Es un derecho de los delegados de prevención,así como del resto de miembros del CSS.

    Se pueden dar muchas opiniones, todos tenemos. Por mi parte, en la línea de lo dicho por Yanou, decir que los delegados de prevención tienen/tenemos como labor velar por la seguridad y salud de todos y cada uno de los trabajadores. Para velar por la de cada uno es necesario tener acceso a ese dato.

    El acceso lo ha dejado claro el legislador. Las interpretaciones torticeras al final conducen a que, asesorados por técnicos mucho más que competentes, los empresarios se vean envueltos absurdamente en denuncias.

    Saludos,

    en respuesta a: Tacones en el puesto de trabajo. #424038 Agradecimientos: 2
    DE de Marcillac
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    octubre 2003

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    Hola.

    Es un tema complicado de resolver.

    Un camino intermedio entre la simple queja, que quizás no sea ni atendida con un mínimo interés, y la denuncia, que en este caso tendría que estar bien argumentada, sería la solicitud de asesoramiento, in situ, de técnicos de algún instituto regional de seguridad y salud en el trabajo. En Madrid actuaría el IRSST.

    Por mi experiencia, estos técnicos se presentan ante el empresario para asesorar sobre una situación que los delegados de prevención manifiestan como problemática. Por tanto, como no van ya con la escopeta cargada con el papel de la denuncia, aquel puede tomárselo mejor. Si los técnicos ven una situación mejorable, darán unas recomendaciones. Además, el informe que emitan, que será entregado exclusivamente al solicitante del asesoramiento, puede ser utilizado posteriormente ante ITSS.

    Si la situación que ven es significativamente grave, directamente remiten un informe a la ITSS, por si esta entiende que debe actuar.

    Suerte,

    en respuesta a: Carretilla eléctrica #423165 Agradecimientos: 0
    DE de Marcillac
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    octubre 2003

    Iniciado

    Hola,

    podrías mirar el manual de intrucciones/uso del fabricante.

    En todo caso, si llueve con cierta intensidad el agua puede penetrar en distintas partes interiores de la carretilla, provocando averías a corto plazo (cortocircuitos,…) o a medio o largo plazo (oxidaciones,…).

    En cuanto a un riesgo grave para el trabajador, un cortocicuito franco en las baterías podría provocar una explosión, aunque quizás la probabilidad fuera baja, con lo que aplicando el consabido método general del INSHT (probabilidad baja – daños extermadamente dañinos; o probabilidad media – daños moderadamente dañinos, te saldrá un nivel de riesgo moderado y podrás proponer la medida preventiva que quieras en el plazo que quieras).

    Otros riesgos en caso de circular con una carretilla cuando llueve: menor visibilidad que puede provocar choques o atropellos, posibilidad de que las ruedas patinen porque sean para interior, etc.

    Saludos,

    en respuesta a: electricidad estatica #423143 Agradecimientos: 1
    DE de Marcillac
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    octubre 2003

    Iniciado

    Hola,

    la electricidad estática, o mejor dicho, la carga eléctrica, no se acumulará, supongo, en las máquinas, cuyas partes accesibles serán metálicas y estarán puestas a tierra. En algún caso podría existir algún problema con algún tipo de pintura de esas máquinas o con piezas no metálicas que pudieran tener.

    Aparte de los consejos que aparecen en la NTP del INSHT, para eliminar carga eléctrica en láminas plásticas en movimiento se utilza a veces un sistema muy sencillo: colocar algún tipo de cepillo metálico unido a tierra que toque la lámina a su paso. Hay que tener cuidado de que el “cepillo” no dañase el material plástico.

    Soluciones se pueden implementar, pero hay “personalizarlas”, No sé cómo es la máquina,…

    Saludos,

    en respuesta a: Fibromialgia #408328 Agradecimientos: 0
    DE de Marcillac
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    octubre 2003

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    Hola a todos.

    Interesante debate.

    Volviendo a la cuestión inicial planteada por el compañero, cuando un/a trabajador/a comunica su persistente malestar físico, y quizás psicológico, o anímico, al médico del trabajo de un pequeño servicio de prevención (o de uno no tan pequeño), bien informándole de que ha sido diagnosticado/a de fibromialgia o bien relatándole simplemente sus dolencias, ¿qué puede hacer el médico desde el punto de vista preventivo? ¿puede hacer realmente algo? ¿debe de hacer algo? ¿no debería si acaso, simplemente, remitirle al médico del sistema público de salud?

    Saludos,

    en respuesta a: Iluminacion "escalera de incendio" #423067 Agradecimientos: 0
    DE de Marcillac
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    octubre 2003

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    Hola.

    Muy buena pregunta.

    Se nos ha planteado un caso idéntico en un edificio, aunque tengo que realizar algunas precisiones.

    En nuestro caso la escalera forma parte de un recorrido de evacuación, pero también sirve de acceso alternativo al uso del ascensor. Sin embargo, podemos considerar que el caso más exigente para su iluminación es si se la toma como escalera de evacuación.

    En nuestro caso, hemos colocado pulsadores temporizados.

    Forman parte del reccorrido de evacuación, como es lógico, algunos tramos de pasillo, cuyo alumbrado se activa mediante sensores de presencia.

    Por lo tanto, hemos admitido que la iluminación en la escalera de evacuación no sea permanente. En realidad, tú no planteas que la escalera esté iluminada permanentemente, sino cómo se activa esa iluminación en caso de evacuación.

    Pero para la evacuación, en caso de emergencia (emergencia que implique cierto tipo de fallo del suministro eléctrico), en realidad lo que se exige es la iluminación proporcionada por el alumbrado de emergencia, que esa sí se activa en caso de fallo eléctrico de los circuitos de alumbrado normal y se activa siempre de modo automático.

    Por tanto, cómo se active el alumbrado no de emergencia cuando se vaya a usar esa escalera de emergencia no está reglamentado y se puede optar por cualquiera de los medios indicados: interruptores, sensores de presencia,… Internamente podríais adoptar la decisión de mantenerla permanentemente conectada.

    No existe criterio reglamentario, que yo conozca, que fije que todos los recorridos de evacuación deban de estar permanentemente iluminados. Si fuera así sería conocdio por muchos de nosotros, pues recorridos de evacuación existen en absolutamente todos los centros de trabajo.

    Saludos,

    en respuesta a: carretilla elevadora por via publica #359371 Agradecimientos: 1
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    octubre 2003

    Iniciado

    Hola.

    Tema contorvertido como pocos.

    Os adjunto un link que creo que será del interés de todos:

    Y aprovecho para plantear otro tema anexo:

    ¿Es posible que una PEMP circule por una vía pública? (quiero decir posible de legalmente, no de prácticamente).

    Saludos,

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    DE de Marcillac
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    octubre 2003

    Iniciado

    @xirgu wrote:

    Conozco gente que lleva diez años ejerciendo y otros que llevan desde antes de ayer o que no han ejercido nunca, Y ME QUEDO con éstos últimos. Tienen MUCHAS ganas y todavía ni se han oxidado, ni tienen una serie de vicios MUY EXTENDIDOS en el sector, o lo que es lo mismo, NO SE HAN ECHADO A PERDER.

    Hola.

    Me interesaría mucho conocer cuáles son, según tu punto de vista, esa serie de vicios muy extendidos.

    Gracias,

    en respuesta a: Problemón con los delegados de prevención #422963 Agradecimientos: 1
    DE de Marcillac
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    octubre 2003

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    Hola.

    Que se organicen como quieran, pero que elijan a un único delegado de prevención, que podrá permanecer 4 años o ser sustituido cada año, cada seis meses o cada cuanto sea. Si no quiere ninguno ser delegado de prevención es su problema, no el de la empresa.

    Esta debería dirigirse por escrito a ellos, de forma fehaciente, y pedirles que la comuniquen quién será el delegado de prevención. Insisto, el problema es de ellos. La empresa puede informar de todos los temas de prevención a los tres delegados de personal (que tendrían derecho a acceder a la misma documentación que el delegado de prevención).

    Saludos,

    en respuesta a: Señalización de un Parking #422757 Agradecimientos: 0
    DE de Marcillac
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    octubre 2003

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    @ventamina wrote:

    @joel2007 wrote:

    Yo no tengo tan claro que el TPRL no tenga nada que ver en estos temas, ya que no deja de ser un lugar de trabajo, ya que el parking es privado y es utilizado por los empleados. Por ello y para proteger a los trabajadores que lo utilizan pienso que se debe tomar el parking como un lugar mas de trabajo, ya que lo utilizan cuando van a coger el coche o la moto, y se van o bien a casa o bien a hacer desplazamientos por cuenta de la empresa. y como lugar de trabajo hay que evaluarlo y prevenir de alguna forma el riesgo de atropello.

    Esa es mi ipinión. De todas formas gracias por la tuya.

    …esto, se evalúan las condiciones d elos PÜESTO DE TRABAJOI, NO LOS LUGARES DE TRABAJO… de estos, LO ÚNICO que podemos hacer es determinar es que MANTIENEN las condiciones de seguirdad establcidas por el proyectista de acuerdo a la normativa vigente, y proponer las medidas correctoras o prevencitas que lo hagan posible… Incluso MEJORAR las existentes en tanto en cuanto afectan a la salud de los trabajadores (no entendido s como USUARIOS, sino COMO EJECUTORES DE UNA ACTIVIDAD LABORAL EN ESE ”’ESCENARIO”’)

    Ahora permíteme, si fuera un quirófano donde la intalación eléctrica es IT (diferencial, pero instalación sin toma de tierra para evitar la desconexión de la aenergía eléctrica… porque sin no hay electriciadad en el quirófano el ‘operado’ se quedaría sin respiración asistida… y se ya no haría falta seguír con la operación) y no TT (toma de tierra en instalación y diferencial… el quirófna sigue con energía electrica incluso ante una deficiencia… eso sí… existe riesgo de electrocución para el cirujano y su equipo…), ¿propondrías que fuera TT simplemente porque el irújano así estaría ´más seguro ante una posible electrocución sin ‘conocer’ al menos el criterio ‘médico’? … a

    No sé si sueño o que es estoy dormido.

    “Se evalúan las condiciones de los puestos, no los lugares de trabajo…”.

    Yo que siempre he pensado que se evaluaban los riesgos asociados a las condciones de trabajo, sean del puesto, del recinto, de los equipos,… y que tantas veces he leído la “Guía para la evaluación y prevención de los riesgos relativos a la utilización de los lugares de trabajo”.

    Y yo que creía que podía primar el criterio técnico sobre reglamentación escasamente aplicable a los casos concretos, o aplicarse los criterios de una reglamentación que no fuera de obligado cumplimiento a una instalación o local por ser posterior a su entrada en vigor al menos cuando el nivel de riesgo fuera importante.

    ???

    en respuesta a: CERTIFICADOS DE CALIBRACIÓN / VERIFICACIÓN #420654 Agradecimientos: 1
    DE de Marcillac
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    octubre 2003

    Iniciado

    Hola a todos.

    Este es un tema que me toca particularmente las narices, ya que he sido técnico de calibración en un laboratorio acreditado por ENAC durante unos pocos años.

    ENAC no calibra, ni tiene un seguro de responsabilidad civil que responde por ninguna calibración efectuada incorrectamente.

    ENAC acredita laboratorios de calibración, laboratorios de ensayo, etc. (para más información os recomiendo entrar en ).

    ¿Qué diferencia hay entre “calibrar” y “verificar”? ¿son la misma cosa?

    No. Si queréis una explicación muy técnica entrad en la web del Centro Español de Metrología (CEM).

    Hablando en lenguaje coloquial podemos decir que “calibrar” es comparar las medidas (indicaciones numéricas) facilitadas por dos equipos diferentes, uno denominado “patrón” y otro “calibrando”. “Verificar” se interpreta a veces como una calibración “más light” o con la comprobación de que un equipo funciona. Por ejemplo, en los detectores de presencia de tensión se exige que antes y después de su utilización se compruebe su funcionamiento, activando sus circuitos de auto-test.

    Hay que tener mucho cuidado con los “laboratorios de calibración”, por usar un eufemismo, que no nos ofrecen la garantía de la calibración ENAC. Os contaré un caso que conozco, de la supuesta calibración de luxómetros realizada por uno de estos “laboratorios”. El procedimiento que utilizaban era el siguiente: colocaban sobre una mesa el sensor de su luxómetro “patrón” y alimentaban una lámpara incandescente, situada encima del mismo, con una tensión determinada (por ejemplo, 150 V), para alcanzar una determinada medida en el luxómetro patrón (poe ejemplo, 100 lux). Luego apagaban la lámpara y colocaban el sensor del luxómetro a calibrar en el “mismo” sitio donde habían situado el sensor del luxómetro “patrón”, alimentando a continuación la bombilla con la misma tensión. Tomaban las lectura del calibrando suponiendo que la lectura del patrón era entonces 100 lux. Repetían este procedimiento varias veces. Naturalmente los valores de incertidumbre asociados al error obtenido ni se daban (porque ni se podían calcular). Este es un procedimiento totalmente inválido para calibrar. En cambio algunos podrían entenderlo como una verificación.

    Desconfiad totalmente de los certificados de calibración que no sean ENAC (es decir, de laboratorios acreditados por ENAC para el tipo de calibración concreta -la relación de estos laboratorios por magnitud a medir está en la misma web -).

    Un certificado de calibración en el que junto al error obtenido no se indique la incertidubmbre de calibración no vale para nada. ¿De qué me sirve que me digna que el error de un equipo de medida, en un punto concreto de su escala, es del 0 % o del 1 %, si no me dan la incertidumbre con la que he determinado ese error (la incertidumbre sería como el error con el que el laboratorio ha determinado el error del calibrando).

    Una buena explicación de este tema se encuentra en la guía sobre medidas de iluminación que se encuentra en el apartado de descargables.

    Me extendería folios yfolios y con gran rigor técnico, pero no son horas y esta web me está dando problemas.

    Saludos,

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    DE de Marcillac
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    octubre 2003

    Iniciado

    Hola,

    aparte de todo lo dicho, no estaría de más que echaras un vistazo al cumplimiento de la reglamentación sobre protección contra incendios, ya que el recinto con los equipos eléctricos puede tener que estar convenientemente “aislado” del resto del edificio.

    Saludos,

    en respuesta a: GUIAS DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES #422577 Agradecimientos: 0
    DE de Marcillac
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    octubre 2003

    Iniciado

    No sabía lo del jamón.

    Avisaré a todos mis contactos para que hagan clic-clic.

    ¿Dónde se recoge? :mrgreen:

    en respuesta a: Actas CSS #422486 Agradecimientos: 0
    DE de Marcillac
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    octubre 2003

    Iniciado

    Hola.

    Depende tu interés en tenerlas ya.

    Si lo planteas en la reunión, puedes pedir que conste tu petición en el acta. Si la actitud de los representantes de la Administración es obstruccionista lo que va a pasar es que se retrasará todo unas semanas más.

    Como indicas que eres delegada de prevención en un ente de la Administración puede resultarte útil leer las páginas 45 y siguientes de la guía cuyo link de acceso te adjunto:

    Saludos,

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    en respuesta a: Actas CSS #422483 Agradecimientos: 2
    DE de Marcillac
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    octubre 2003

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    Compañero.

    No te enredes y tira por el camino de en medio. Dile al secretario que si no entrega las actas del CSS le denuncias en ITSS, sin entrar en más explicaciones, y verás que pronto te responde o se las pide un inspector.

    Como delegado de prevención tienes derecho de acceso a toda la documentación relevante en materia de prevención de riesgos laborales, entre las que por supuesto están las actas del CSS.

    Derecho de acceso quiere decir que te tienen que dar copia.

    Saludos,

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