Respuestas de foro creadas

Viendo 15 entradas - de la 1 a la 15 (de un total de 76)
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  • en respuesta a: ¿ Es obligatorio la vigilancia de la salud ? #431612 Agradecimientos: 0
    Busquemi
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    agosto 2010


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    Coincido con lo apuntado y adjunto artículo sobre la materia que recoge dos sentencias (TSJ Asturias y Madrid) en las que prevalece el carácter voluntario del examen de salud por reincorporación de conductor de ambulancia y vigilante de transporte.

    Saludos y ánimos.

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    en respuesta a: Nivel básico de PRL para todos los FP… #431406 Agradecimientos: 1
    Busquemi
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    agosto 2010


    Iniciado

    Además de la Orden de la Comunidad Valenciana, podéis consultar:

    – Apartado 3 de la Disposición adicional 2ª del RD 127/2014:
    La formación conducente a la obtención de los títulos profesionales básicos capacitará para llevar a cabo las funciones de nivel básico de prevención recogidas en el artículo 35 del Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención, y en la normativa vigente en materia de prevención de riesgos laborales. Las Administraciones educativas garantizarán la inclusión de estos contenidos y su duración en función del perfil profesional del título.

    – Enlace del INSHT sobre Formación PRL en la FP y para el Empleo:

    He procedido a actualizar dicho contenido en Aspectos jurídicos de la formación PRL () de

    Saludos y ánimos.

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    en respuesta a: DIFERENCIAS ENTRE SPA #430464 Agradecimientos: 0
    Busquemi
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    agosto 2010


    Iniciado

    Siguiendo el hilo del último comentario, cada vez veo más SP Mancomunados con ofertas para captar empresas a nivel sectorial o para determinada zona geográfica.
    Incluso están apareciendo gestorías que ofrecen su SPM a las empresas que tienen como clientes en laboral, contabilidad, fiscal…

    Se trata de una fórmula para actuar como SPA sin cubrir la especialidad de Medicina del Trabajo (que acostumbran a concertar con un SPA amigo para ofrecer el pack completo).

    En este sentido, en el enlace podéis encontrar (en el apartado SP Mancomunado) un criterio de la Dirección General de Empleo, donde se refleja que no es propio de un SPM la captación de clientes, por cuanto su filosofía es la de poner en común medios, no la de generar negocio con nuevos clientes.

    ¿Qué opináis al respecto? ¿Debería actuar Inspección en este ámbito?

    Saludos y ánimos.

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    en respuesta a: Sobcontratacion entre spa #430054 Agradecimientos: 1
    Busquemi
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    agosto 2010


    Iniciado

    Los exámenes de salud pueden subcontratarse entre SPAs, por razones de dispersión geográfica, desde el RD 843/2011 (artículos 6 a 8), siempre conservando quién hace el encargo, la Planificación, VS Colectiva y establecimiento de protocolos y directrices.
    Lo que no queda claro en la normativa es a quién corresponde emitir la aptitud: si al SPA que encarga o al que realiza el examen. ¿Qué opináis?
    Tampoco está claro si la dispersión geográfica es el kms, tiempo en transporte público, provincias…

    Los SPP/SPM también pueden subcontratar exámenes de salud (art. 9.2), pero el SPA que recibe el encargo no puede volver a subcontratarlo; se acepta un nivel, no una cascada de subcontrataciones. El SPP/SPM debería entonces, subcontratar con 2 SPAs, según la zona en que actúe cada uno.

    Adjunto link donde se desarrolla lo expuesto:

    Como veis, en exámenes de salud, se requiere acreditación de SPA; no valen centros privados, clínicas… (Otra cuestión es el art. 9.1 que se refiere a laboratorios, Rx…)

    Saludos y ánimos.

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    Busquemi
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    agosto 2010


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    El debate me parece muy interesante.

    Aporto artículo que aborda la especial sensibilidad desde una perspectiva jurídica:

    Saludos y buen debate.

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    en respuesta a: Convenio mutuas #426293 Agradecimientos: 0
    Busquemi
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    agosto 2010


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    Igualito que sus Sociedades de Prevención…

    en respuesta a: Convenio Colectivo SPA #425948 Agradecimientos: 2
    Busquemi
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    agosto 2010


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    La cosa pinta fatal…

    Saludos y ánimos.

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    Busquemi
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    agosto 2010


    Iniciado

    Podéis encontrar el texto íntegro de la sentencia en , bajo el título Condena a técnico SPA a 1 año y 3 meses de prisión.

    Saludos y buena lectura.

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    Busquemi
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    agosto 2010


    Iniciado

    Sin perjuicio del resto de cuestiones, sobre el aspecto de exhibición o copia en la siguiente entrada puedes encontrar sentencias al respecto:

    Saludos.

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    Busquemi
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    agosto 2010


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    Adjunto link a una sentencia muy reciente y polémica sobre conductores de autobuses urbanos:

    – No-obligatoriedad del examen de salud en conductores de auóbús EMT (TSJ Valencia, Sala Social, Sec 1ª, nº138/2013: )

    En este otro comentario, se refieren sentencias de conductores de ambulancia: despido por negativa a examen de salud en Vigilante de Seguridad con indicios de sordera ().

    Y un encendido debate en LinkedIn al respecto:

    Saludos.

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    en respuesta a: renuncia de conductores de transporte escolar #425387 Agradecimientos: 1
    Busquemi
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    agosto 2010


    Iniciado

    Adjunto link a una sentencia muy reciente y polémica sobre conductores de autobuses urbanos:

    – No-obligatoriedad del examen de salud en conductores de auóbús EMT (TSJ Valencia, Sala Social, Sec 1ª, nº138/2013: )

    En este otro comentario, se refieren sentencias de conductores de ambulancia: despido por negativa a examen de salud en Vigilante de Seguridad con indicios de sordera ().

    Y un encendido debate en LinkedIn al respecto:

    Saludos.

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    Busquemi
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    agosto 2010


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    Disculpas, he añadido el link que faltaba:

    @ventamina wrote:

    No consigo verlo, pero entinedo que se referirá a la voluntariedad de los recos del artículo 22, cosa que queda fuera de toda duda si en la ERL no se ha considerado lo contrario. Si el servicio de prevención dice que es obligatorio, pues es obligatorio… el problema surge cuando no dice nada. Si no dice nada, y no se trata de EP indicada en el cuadro de EP, son voluntarios… y si encima en el convneio no indica las sanciones a aplicar en caso de negativa, no hay nada que hacer. De ahí la importancia de que las ERL queden bien hechas y se indique QUE EP tiene asociadas el puesto de trabajo, da tal modo que quede calro que los recos son obligatorios por tal razón y que el protocolo a aplicar es el CONCRETO a la EP a controlar.

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    en respuesta a: fin aula permanente? #425013 Agradecimientos: 1
    Busquemi
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    agosto 2010


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    Podéis encontrar la famosa Acta de la Comisión Permanente en: Apartado Criterios Organismos Oficiales/Formación.

    Saludos.

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    en respuesta a: Formación PRL – obras construcción #425029 Agradecimientos: 1
    Busquemi
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    agosto 2010


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    Podéis encontrar la famosa Acta de la Comisión Permanente en: Apartado Criterios Organismos Oficiales/Formación.

    Saludos.

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    Busquemi
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    agosto 2010


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    Sí, es el 5 de julio de 2013, dos años después de la entrada en vigor del RD 843/2011.

    Puedes ampliar la información en el siguiente enlace:

    Por eso, estos meses abundan las compras de carteras, fusiones, absorciones, desapariciones y otros avatares.

    Saludos.

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