Respuestas de foro creadas

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  • en respuesta a: Imputación de un técnico (responsable del SPP) #417408 Agradecimientos: 1
    Abogadillo
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    octubre 2011

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    Ciertamente.

    Pués si ya nosotros sostenemos tal dialéctica, imaginemos jueces, fiscales y abogados disertando sobre ello.

    En consecuencia estamos expuestos a conceptos jurídicos indeterminados, o más bien el Código Penal tiene un defecto en el descripción del tipo delictivo. Vamos que es una lotería, y el pringado de SPP siempre acabará pagando (al menos en pena de banquillo) determinadas insensateces.

    La profesión de PRL ha pasado de ser una interesante forma de trabajar para ayudar a evitar accidentes a tener una espada de Damocles permanentemente encima; y el que maneja la espada no siempre conoce ni quiere reconocer las dificultades burocráticas de la empresa y el poco respeto que nos tienen incluso nuestros propios compañeros.

    Mal momento pero sí, es necesario cambiar de profesión.

    Saludos.

    en respuesta a: Imputación de un técnico (responsable del SPP) #417406 Agradecimientos: 0
    Abogadillo
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    octubre 2011

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    Bien argumentado, si bien continúo teniendo dudas acerca de que el empresario se vea de algún modo obligado a delegar por la misma ley. No tendría a mi entender sentido que la normativa de PRL constantemente hable del empresario y su papel de garante si ello puede pasar al SPP. No creo que sea ese el sentido de la norma ni en su literalidad ni en su interpretación.

    En tal caso, por qué se continúan condenando a empresarios?. Por qué las IT llaman a los empresarios, encargados, mandos, etc… y de paso a los SPP?. Por qué entonces la necesidad de los Corporate Defense?.

    Saludos.

    en respuesta a: Imputación de un técnico (responsable del SPP) #417403 Agradecimientos: 1
    Abogadillo
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    octubre 2011

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    Hola,
    muy interesante la exposición, si bien hay sentencias que van en ese sentido, y otras en el otro. Siento discrepar en dos puntos:
    – Primero la delegación. No por el hecho de que el Empresario tenga más de 10 trabajadores puede tranquilamente desaparecer de escena delegando en un SPP. Sería aún más fácil esquivar sus responsabilidades como garante de la seguridad de sus empleados. Dónde está pués la integración de la prevención en la empresa instada en la Ley, las NTP y las guías del INSHT?.
    A modo de ejemplo, las nuevas técnicas de Corporate intentan ir por ahí, aunque Fiscalía ya ha dejado claro que estas técnicas no distraerán las responsabilidades de los empresarios (o al menos eso ha dicho en la circular).
    Entiendo pués que el hecho de que consituya un SPP esté pasando el mochuelo.
    – La segunda es la potestad de dirigir. Un SPP que diga que tiene facultades directivas por delegación. Bueno no creo que haya muchos, porque en ese caso tendríamos los riesgos corregidos, porque el SPP dirigiría la empresa, nos gastaríamos todo lo necesario en medios, personal, etc… Si ello no ocurre es porque esa delegación realmente no existe ni creo que sea posible, al menos si seguimos el RD 39/97.

    Dicho esto sí estoy de acuerdo en que al final nos cae, pero que al menos sea por un mal asesoramiento, una mala evaluación (si obviamos algo – distinto que simplemente no nos lo digan), es decir una begligencia profesional etc… pero por favor, no porque se alegue que nos han delegado las responsabilidades empresariales que la LPRL otorga al empresario. Creo que prueba de ello es que se suele condenar al empresario y a veces añaden al técnico, pero no al revés.

    También estoy de acuero contigo en que es mejor cambiar de trabajo ya que en vez de corporativizarnos en un colegio profesional ahora nos dedicaremos a peritar en juicios contra nuestros propios compañeros.
    Saludos.

    en respuesta a: Imputación de un técnico (responsable del SPP) #417400 Agradecimientos: 0
    Abogadillo
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    octubre 2011

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    Ante la falta de prueba escrita el Juez tirará por lo estrictamente legal. El empresario es el garante de la seguridad y salud laboral, por ello es a quien compete y es el responsable. Otra cosa será que además añada a la fiesta al Responsable de Prevención por no evaluar/advertir del riesgo si lo conocía.

    Saludos.

    en respuesta a: Imputación de un técnico (responsable del SPP) #417398 Agradecimientos: 0
    Abogadillo
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    octubre 2011

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    Creo que has sintetizado muy bien la cuestión.

    Saludos.

    Abogadillo
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    octubre 2011

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    Cabe no olvidar (y jueces y fiscales recordar):

    – El responsable y garante de la seguridad y salud de los trabajadores es el empresario, quien tiene las facultades dispositivas y decisorias.
    – El título de “responsable de SPP”, es de nónima y de categoría profesional. Podrían haberte puesto “el de SPP”. Las calificaciones de “responsable” deben obedecer a situaciones reales, no a nominativas. La figura del responsable de SPP no se encuentra en ningún texto legal.
    – Si no has tenido facultad dispositiva o decisoria ninguna en el asunto, no eres ni penal ni civilmente responsable (o al menos así debería ser).

    Dicho esto, qué se esperaba que hicieras como SPP en una situación de mobbing? evaluar, una mmcc, decirle al empresario qué debe hacer?. Es la pregunta que como prl tu abogado deberá hacer al abogado merluzo de la acusación.
    La función del responsable de spp no es suplir las deficiencias del empresario en prl sinó a petición de éste asesorarle y apoyarle (rd 39/97) para que éste tome una decisión.

    Finalizo con una última reflexión. La integración de la prl en la empresa en todos sus niveles jerárquicos no debe significar necesariamente que el hecho de que el responsable del SPP sea el garante. Su parte de la integración es la referente al asesoramiento y apoyo, no “añadir” responsabilidad empresarial además por estar en nómina y ser un mando intermedio (que no jefe).
    Fíjate que mientras tu categoría esté en el convenio colectivo de empresa, no eres parte de la jerarquí empresarial.

    en respuesta a: Absuelto un CSS #418222 Agradecimientos: 1
    Abogadillo
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    octubre 2011

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    Hola,

    me llama la atención el comentario arriba indicado que si el juez estuviese bien asesorado… Si jueces, magistrados y fiscales estuviesen bien asesorados, en raras ocasiones condenarían e imputarían respectivamente a los prevencionistas.
    La LPRL se ha convertido en lo que no se pretendía en su redacción, y se continúa machacando a los técnicos, responsables y coordinadores en prl en base a artículos que enunciativamente son principios y que trasladados a un CP se convierten en auténticas bombas de relojería. Ahora resultará que el prl se confunde con el empresario y que el garante de la seguridad laboral ya no es el segunod sinó el primero de ellos.
    Ciertamente el mundo de la prl se ha desvirtuado de tal manera que al final, la mejor opción es que los prl renunciemos a nuestras funciones.
    Si fuéramos algo corporativos y nos colegiáramos podríamos ejercer presión. Al no hacerlo, en vez de un lobby somos los prongaos a quienes los sheriff de las empresas (los verdaderos responsables) acaban tratando de cargar el mochuelo.

    Abogadillo
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    octubre 2011

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    Muy de acuerdo con el artículo. La LPRL se está conviertiendo en una ley perversamente interpretada por personas que no le idearon ni entienden su sentido de cultura preventiva, confundiéndolo con la justicia del paredón.

    Abogadillo
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    octubre 2011

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    Gracias. Sí, he consultado varias, incluso las nuevas NTP, pero no aclara hasta dónde alcanza en cuanto a actos la vigilancia. El criterio fácil es decir hasta como de un empleado propio se tratara, pero es materialmente imposible porque hay muchos actos y disposiciones que corresponden al empresario contratista.

    en respuesta a: Documentación empresa extracomunitaria #416828 Agradecimientos: 0
    Abogadillo
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    octubre 2011

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    Si es extracomunitaria, deberá contratar SPA acreditado en la UE, por ende, España.

    en respuesta a: Responsabilidades #416338 Agradecimientos: 0
    Abogadillo
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    octubre 2011

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    Uf¡ y ya no te digo una comunidad de vecinos…¡¡¡¡ cuantas evaluaciones??? tantas como escaleras…

    en respuesta a: Responsabilidades #416340 Agradecimientos: 0
    Abogadillo
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    octubre 2011

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    Alguien ha “sufrido” de un proceso penal?.

    en respuesta a: Tec Prl imputado por sobreesfuerzo leve #415688 Agradecimientos: 0
    Abogadillo
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    octubre 2011

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    Una parte del problema es que los prevencionistas somos poco corporativistas, supongo por el hecho de que procedemos de diversos y a veces muy distintos canales de formación. Yo creo que si tuviéramos un colegio profesional y dijésemos “basta” (algo así como montar una huelga), jueces y fiscales entrarían en razón. No creeis?

    en respuesta a: Responsabilidades #416343 Agradecimientos: 0
    Abogadillo
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    octubre 2011

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    Gracias por tu aportación. Habéis tenido políticas de Corporate defense en vuestras respectivas empresas? no lo véis como una manera de que el empresario os suelte el mochuelo a los SPP?

    en respuesta a: Responsabilidades #416344 Agradecimientos: 0
    Abogadillo
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    octubre 2011

    Iniciado

    Gracias a todos, es muy interesante lo que decís, ya veo que todos sufrimos esa espada de Damocles. Tal como están produciéndose los acontecimientos en la vía jurisdiccional, entre las políticas de corporate defense, el bajo nivel de implicación de mandos, etc… “el de prevención” siempre acaba pringando. Tiene ahora más peligrosidad el trabajo se prevención que ser soldado en Afganistán… se mire como se mire. No sé si al final debiéramos convocar una huelga de prevencionistas.

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