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14 junio, 2010 a las 10:07:00 en respuesta a: programas insht la casa por la ventana #373905 Agradecimientos: 0
Gracias
11 junio, 2010 a las 10:29:00 en respuesta a: Manual IBV sobre ergonomía en máquinas-herramienta del sector metal #373861 Agradecimientos: 0Gracias
18 febrero, 2010 a las 18:54:00 en respuesta a: mutua y sociedad de prevención #361094 Agradecimientos: 0En mi provincia hay muchísimas empresas que no cumplen lo que estais diciendo, es decir mutua por un lado y sociedad de prevención proveniente de otra mutua por el otro.Por ejemplo: mutua “FREMAP” y SPA “La Fraternidad”
18 febrero, 2010 a las 17:45:00 en respuesta a: Nombramiento de delegados de prevención #361135 Agradecimientos: 0El comite de empresa lo forman los delegados de personal
18 febrero, 2010 a las 17:08:00 en respuesta a: Nombramiento de delegados de prevención #361132 Agradecimientos: 0Los delegados de prevención son elegidos por y dentro de los delegados de personal y estos últimos salen despues de haberse celebrado elecciones sindicales
18 febrero, 2010 a las 16:44:00 en respuesta a: Extres laboral,psicosocial,etc. #356732 Agradecimientos: 0El estrés no es un factor de riesgo. Es una consecuencia, al igual que las quemaduras tampoco son una condición de riesgo, son consecuencias de otros factores de riesgo; en el caso de estrés los factores de riesgo serían los factores psicosociales
18 febrero, 2010 a las 16:35:00 en respuesta a: mutua y sociedad de prevención #361091 Agradecimientos: 0Las mutuas actualmente son independientes de sus servicios de prevencion. Se las obligó a disgregarse de ellos hace unos años. No tiene nada que ver la mutua como entidad colaboradora gestora de la seguridad social que la empresa contrate con la forma en que la empresa organice su prevención.
Totalmente de acuerdo. Además, el SPA que realice el reconocimiento enviará a la empresa el listado de trabajadores que ha acudido y así se sabrá quien no ha hecho uso de este derecho (siempre que no sean obligatorios por riesgo de puesto de trabajo)
26 noviembre, 2009 a las 19:43:00 en respuesta a: Prevención en el ámbito sobre drogas #352741 Agradecimientos: 0No se aplica Ley. Puedes encontrar información en:
Entra o regístrate para ver los enlaces 26 noviembre, 2009 a las 13:48:00 en respuesta a: ASUNCIÓN PREVENCIÓN EMPRESARIO #352773 Agradecimientos: 0Y sobre la exención de auditoría, lo que conozco que es en Castilla y León; las solicitudes se presentan en la Oficina Territorial de Trabajo de la provincia
26 noviembre, 2009 a las 13:46:00 en respuesta a: ASUNCIÓN PREVENCIÓN EMPRESARIO #352772 Agradecimientos: 0Quizás puedas acojerte a alguno de los cursos que hace tu mutua a cargo de las coutas empresariales (ojo, es formación generalista y no por riesgos de puesto de trabajo.)
3 septiembre, 2009 a las 13:47:00 en respuesta a: Cinturon para evitar lesiones dorsolumbares #343263 Agradecimientos: 0Lo del gimnasio, es un decir. Pueden reforzar los músculos de la espalda con ejercicios en casa. No todo trabajador tiene que ser apto para manipular cargas si no existen medios auxiliares
Entra o regístrate para ver los enlaces 3 septiembre, 2009 a las 11:20:00 en respuesta a: Cinturon para evitar lesiones dorsolumbares #343255 Agradecimientos: 0El uso de fajas o cinturones es desaconsejado (producen una falsa sensación de seguridad y lo que hacen es debilitar la espalda).
Se podrían usar si existe lesión previa y lo preescribe el médico. Lo mejor es fortalecer los músculos de la espalda con ejercicios o yendo a un gimnasio
28 agosto, 2009 a las 14:06:00 en respuesta a: Revisiones instalación electrica #342527 Agradecimientos: 0Según el Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión, con respecto a la toma de tierra general de las instalaciones (ITC-BT-18):
“Personal técnicamente competente efectuará la comprobación de puesta a tierra, al menos anualmente, en la época en la que el terreno esté más seco. Para ello se medirá la resistencia de tierra, y se repararán con carácter urgente los defectos que se encuentren”.
En la comunidad de Castilla y León, si la instalación eléctrica de la empresa supera los 100 Kw de potencia contratada, está obligada a las revisiones periódicas previstas en la Orden EYE236/2005 de la Consejería de Economía y Empleo de la JCyL.(hay excepciones à los 100 kw instalados para casos especiales como suelos mojados,de pública concurrencia, riesgos de incendio y explosión ,etc.)
2 junio, 2009 a las 18:17:00 en respuesta a: Auditor de Sistemas de Prevención #333920 Agradecimientos: 0Como persona física,sólo algunas comunidades autónomas lo permiten (es decir, ejercer libremente tu profesión como autónomo).En las demás tienes que ser persona jurídica
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