• Este debate tiene 44 respuestas, 12 mensajes y ha sido actualizado por última vez el hace 11 años por vitaminas.
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  • #71904 Agradecimientos: 0
    rafaellopez2
    Participante
    8
    enero 2012


    Muy buenas:

    Querríamos consultar si existe alguna normativa o recomendación sobre el calzado adecuado para el puesto de trabajo. Se trata de un trabajo de venta de promoción comercial, de una jornada de 6 horas aproximadamente. A este trabajador se le exige un calzado con tacones altos y de aguja.

    Hemos encontrado esta información , y nos gustaría reforzarlo con algún texto legal para poder argumentarlo bien.

    Muchas gracias.

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    #424029 Agradecimientos: 0
    trabajoyseguro
    Participante
    158
    91
    enero 2004


    Maestro

    @rafaellopez2 wrote:

    Muy buenas:

    Querríamos consultar si existe alguna normativa o recomendación sobre el calzado adecuado para el puesto de trabajo. Se trata de un trabajo de venta de promoción comercial, de una jornada de 6 horas aproximadamente. A este trabajador se le exige un calzado con tacones altos y de aguja.

    Hemos encontrado esta información , y nos gustaría reforzarlo con algún texto legal para poder argumentarlo bien.

    Muchas gracias.

    Texto legal con este tema no encontrarás, es imposible que exista. Criterios técnicos puede.

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    #424030 Agradecimientos: 0
    rafaellopez2
    Participante
    8
    enero 2012


    Gracias por tu respuesta, algo habrá desde luego, pero lo desconozco, por eso lo pregunto. Un saludo.

    #424031 Agradecimientos: 1
    carloss
    Participante
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    115
    septiembre 2002


    Super Gran Maestro

    Por no hablar de las caidas (a mismo nivel y en escaleras) -a las estadisticas me remito- Pues no hay zapato más inestable e inseguro que una zapato de tacon de aguja. No debería permitirse su uso en lugares de trabajo vía evaluación de riesgos.

    Me viene a la memoria las caidas antológicas de las modelos de pasarela… Por otro lado la mayoría de accidentes por caidas en oficinas se suelen producir en trabajadoras que usan zapatos de tacón alto.

    Tema podológico y lumbar aparte….

    #424032 Agradecimientos: 0
    Yanou
    Participante
    394
    387
    diciembre 2004


    Gran Maestro

    Madre del amor hermoso!!!!!!!!!!!!! Y yo pensando que preguntabas por alguna trabajadora (o trabajador 😆 😆 ) que llevaba este calzado por gusto… obligar a llevar tacón de aguja 6 horas ¿de pie? porque si es así, es de juzgado de guardia… ley que hable sobre esto no vais a encontrar, quizás en la guía técnica del 486 que me parece que dice, si no me equivoco, algo sobre que el calzado debe ser antideslizante, cuando el tacón de aguja no lo es en absulto pero es que ¿qué ley va a valer en donde no manda ni el más mínimo sentido común?

    Si os acordáis de darme las gracias puede que os dé suerte y os toque la lotería, aunque puede que no. Pero, ¿qué demonios? Vale la pena probarlo.

    #424033 Agradecimientos: 0
    Man0706
    Participante
    109
    123
    febrero 2002


    Maestro

    Y las clavadas de tacón en los agujeros del tramex…

    #424034 Agradecimientos: 4
    De locos
    Participante
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    279
    diciembre 2003


    Sabio

    No sé si peco de listo; pero creo que debemos ser conscientes de en qué mundo vivimos; de lo contrario nuestros comentarios serán similares a las tonterías de los políticos.

    Si a una trabajadora se le obliga a llevar zapatos de tacón -y encima de tacón alto y de aguja-, entonces absolutamente seguro que no es la directora comercial, y totalmente seguro que será una chica que intentará vender algo con su físico “sexy” como gancho.

    Eso quiere decir que plantearlo como una cuestión de salud laboral es totalmente ridículo.
    Cierto es (y lo digo por sentido común) que llevar ese calzado 6 horas es letal para la columna, los pies, …; pero también es cierto que obligar a vestir así entra claramente dentro de cuestiones de dignidad personal y de género denunciables no solo en la inspección de trabajo sino judicialmente.

    Si la chica está conforme y traga, no hay nada que decir; pero si esto no es así; entonces lo que tenía que hacer es denunciarlo en un juzgado
    ¿Qué pasará entonces? A la p.. calle.

    #424035 Agradecimientos: 0
    rafaellopez2
    Participante
    8
    enero 2012


    Muchas gracias por las respuestas. Se trata de una trabajadora que se ha quejado de llevar este calzado, y me ha hecho esta consulta por pertenecer yo a un sindicato (que no es el suyo, pero yo si puedeo echar una mano pues lo hago).
    Entendemos como esta la situación laboral del momento, por un lado la empresa necesita que su personal llame la atención y exige este calzado o ha llegado un director comercial nuevo y ha decidido esto para sacar los números(suposiciones). Por otro lado la trabajadora, que puede que conociera este requisito antes de firmar su contrato o no. TODOS PUEDEN MENTIR. Bueno a lo que vamos.
    Mi respuesta viendo todas las vuestras será:
    Un zapato de tacon de aguja no es el más adecuado para trabajar ya que existe una probabilidad muy alta de caida al mismo nivel así como de posturas inadecuadas que pueden provocar dolor de espalda. Esto sería el diagnóstico.
    La solución más adecuada puede llamar al jefe para comunicar las molestias de dichos zapatos y sugerir alternarlos con otros de menos tacón.
    Y otra solución extrema sería llamar a una inspección de trabajo o ir a una asesoría jurídica.

    Un saludo

    #424036 Agradecimientos: 4
    Aitor- TSPRL
    Participante
    472
    211
    agosto 2002


    Super Gran Maestro

    @rafaellopez2 wrote:

    Mi respuesta viendo todas las vuestras será:
    Un zapato de tacon de aguja no es el más adecuado para trabajar ya que existe una probabilidad muy alta de caida al mismo nivel así como de posturas inadecuadas que pueden provocar dolor de espalda. Esto sería el diagnóstico.
    La solución más adecuada puede llamar al jefe para comunicar las molestias de dichos zapatos y sugerir alternarlos con otros de menos tacón.
    Y otra solución extrema sería llamar a una inspección de trabajo o ir a una asesoría jurídica. Un saludo

    Buenos días. Desde el punto de vista biomecánico, un tacón de aguja puede conllevar una serie de problemas, desde dolores de pies, deformaciones en los mismos, hasta un incremento del riesgo de hernia discal.

    Lógicamente en la evaluación de riesgos tiene que evaluarse pormenorizadamente este asunto, pero debe ser el médico del trabajo el que decida el daño y las limitaciones al trabajo.

    Mi consejo es lograr un término medio, ya que hay calzado elegante con mejores prestaciones para todos. Sólo es cuestión de ver un tacón más ancho y bajo y que vaya acompañado de una suela acorde a unos ángulos adecuados.

    Lo de ir a la inspección es algo que nunca recomiendo por ser la opción menos amistosa. Simplemente con los resultados de la evaluación y vigilancia de la salud, se podría llegar a algo intermedio adecuado a las necesidades de todos.

    Un poco de tacón seis horas, no me parece algo exagerado. Otra cosa es que fueran 16.

    Saludos

    El paso que no das, también deja huella. No se puede abandonar un lugar hasta que se ha llegado al mismo.
    www.prevencionista-por-vocacion.blogspot.com
    https://www.facebook.com/Aitor-Jaen-Psicologia-y-bienestar-321946794513970/

    #424037 Agradecimientos: 0
    Patrik
    Participante
    82
    113
    mayo 2004


    Experto

    Partamos de la base, y como se ha reiterado en el post, hay que acudir a la evaluación del puesto.

    Si de ahí (sin entrar a valorar la actuación del compañero), no transciende nada, el uso de ese calzado se circunscribe a la indumentaria exigida al trabajador, por lo que habria que acudir al modo y con que contenido se ha determinado esa prenda, y se ha comunicado, a su vez, al trabajador.

    La jurisprudencia parece dar la razón al empresario si se cumplen ciertos criterios.

    Por lo tanto, y sin que se me entienda como una queja, si bien es posible que esa evaluación no sea adecuada, tambíen es claro que como dice Aitor, la solución no debe pasar por Acción=>Reacción (inspección).

    Creo que la norma da herramientas suficientes para que, dentro de un mayor estudio y negociación, se pueda dar pie a un mayor y mejor estudio donde empresario, trabajador y representación aunen esfuerzos y entendimiento que benefice a todas las partes.

    #424038 Agradecimientos: 2
    DE de Marcillac
    Participante
    9
    2
    octubre 2003

    Iniciado

    Hola.

    Es un tema complicado de resolver.

    Un camino intermedio entre la simple queja, que quizás no sea ni atendida con un mínimo interés, y la denuncia, que en este caso tendría que estar bien argumentada, sería la solicitud de asesoramiento, in situ, de técnicos de algún instituto regional de seguridad y salud en el trabajo. En Madrid actuaría el IRSST.

    Por mi experiencia, estos técnicos se presentan ante el empresario para asesorar sobre una situación que los delegados de prevención manifiestan como problemática. Por tanto, como no van ya con la escopeta cargada con el papel de la denuncia, aquel puede tomárselo mejor. Si los técnicos ven una situación mejorable, darán unas recomendaciones. Además, el informe que emitan, que será entregado exclusivamente al solicitante del asesoramiento, puede ser utilizado posteriormente ante ITSS.

    Si la situación que ven es significativamente grave, directamente remiten un informe a la ITSS, por si esta entiende que debe actuar.

    Suerte,

    #424039 Agradecimientos: 2
    Comisario-seguro
    Participante
    6
    0
    marzo 2013

    Iniciado

    Buenas, que tal, escribo con criterio netamente Argentino y sin mucho conocimiento de vuestras normas, pero… a ver si entiendo; hay una exigencia del empleador para utilizar tacones altos??

    Por comenzar, y según nuestra legislación, bajo ningún aspecto se puede obligar a un empleado utilizar un calzado (y extiéndase a cualquier elemento) que no sea precisamente para evitar riesgos, siempre dentro de los paramentos que da el criterio por supuesto. Mas aún cuando lo que se obliga a utilizar genera o comprende peligros nuevos. Además que, de obligar a usar tacones o prendas determinadas a un empleado podría considerarse hasta como “mobbing” o acosa laboral.

    Aquí, creo, hay una grave problema de la empresa ya que si acude a la presencia de su personal para las ventas y no piensa en las herramientas que este tiene, mal va la cosa, amén de que la presencia tiene su importancia en las ventas.

    Como leí por ahí, el uso de tacones genera trastornos ergonómicos mas que importantes, desde lesiones de columna hasta problemas de tipo circulatorios.

    Si eres parte de un gremio, creo deberías buscar herramientas para generar el uso de elementos que tiendan a generar seguridad y comodidad en el trabajo.

    Para nuestra legislación (al menos así era,ya que a mi criterio se ha comenzado entrado a atentar contra derechos del trabajador) el trabajador es la parte mas débil de la relación laboral, en donde nadie puede firmar cosas que vayan en el detrimento de su función o su persona y si lo firmase, no tiene validez. Estos son temas legislativos también (recomiendo ver el documental “Hot Coffee” sobre legislaciones y denuncias frívolas – USA – tema que desde nuestros humildes lugares debemos cuidar, como profesionales y ciudadanos)

    Bueno, pido disculpas por volcarme hacia lo legislativo, y esperando que sea de utilidad mi opinión les mando un gran saludo desde la Patagonia Argentina.

    #424040 Agradecimientos: 5
    Jimena70
    Participante
    10
    11
    enero 2004

    Iniciado

    Buenos días:
    He encontrado una Guía de recomendaciones para la selección de calzado laboral ergonómico en el siguiente enlace: es del IBV (Instituto de Biomecánica de Valencia) que realiza estudios de calzado entre otras cosas. He visto que incluso asesora a marcas como Pikolinos, Gamper, Adidas, etc. Siempre me han parecido muy serios a la hora de hacer sus estudios y creo que son una fuente muy fiable de información.

    El caso es que en dicha Guía aparece una parte dedicada al calzado de Azafatas de vuelo, congresos y eventos que creo que podría ajustarse a tu caso (pág. 21). Allí pone entre otros aspectos“El uso de tacones afecta gravemente al confort, aparecen sobrepresiones en la zona anterior del pie, rozaduras y molestias (callos, ampollas, dolor o juanetes). No conviene sobrepasar los 30 mm de altura de tacón. Se recomienda que el ancho del tacón en contacto con el suelo no sea excesivamente estrecho para proporcionar una base estable al talón del pie.”

    Espero que lo logréis porque por experiencia propia, es horroroso estar muchas horas de pie con tacón y más de aguja. En caso de que no consigáis nada, a mí sí que me ha servido las almohadillas de gel que venden en muchos sitios.

    Este otro enlace también puede ser interesante, pero es más general “El pie calzado. Guía para el asesoramiento en la selección del calzado saludable”.

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    #424042 Agradecimientos: 0
    trabajoyseguro
    Participante
    158
    91
    enero 2004


    Maestro

    Hola, como preguntaba inicialmente por legislación mi primera contestación fue la de señalar que no existe. Ahora leyendo mas información, estoy con De locos, vamos por partes como diría Jack, para asesorar correctamente a la trabajadora, primero debemos saber que tipo de contrato tiene, ya que si el objetivo de la promoción, a entender del empresario contratante, no mio, se consigue con una trabajadora agradable a la vista y subida en tacones incomodos, cuando se presente la queja, posiblemente se acabe el contrato. Si no es una promoción y la trabajadora tiene un contrato indefinido, pues lo señalado, expresarle al empresario su equivocación en las condicioens del contrato, y simplemente negarse al uso de los mismos, posiblemente con las mismas consecuencias que el apartado anterior, ya que si lleva poco tiempo, el coste es mínimo.

    #424044 Agradecimientos: 1
    trabajoyseguro
    Participante
    158
    91
    enero 2004


    Maestro

    @ventamina wrote:

    @trabajoyseguro wrote:

    Hola, como preguntaba inicialmente por legislación mi primera contestación fue la de señalar que no existe. Ahora leyendo mas información, estoy con De locos, vamos por partes como diría Jack, para asesorar correctamente a la trabajadora, primero debemos saber que tipo de contrato tiene, ya que si el objetivo de la promoción, a entender del empresario contratante, no mio, se consigue con una trabajadora agradable a la vista y subida en tacones incomodos, cuando se presente la queja, posiblemente se acabe el contrato. Si no es una promoción y la trabajadora tiene un contrato indefinido, pues lo señalado, expresarle al empresario su equivocación en las condicioens del contrato, y simplemente negarse al uso de los mismos, posiblemente con las mismas consecuencias que el apartado anterior, ya que si lleva poco tiempo, el coste es mínimo.

    Propuesta del técnico:¿¿¿¿¿expresarle al empresario su eqivocación en las condicones de contrato????? … ¿¿¿¿equivocación??? … entonces al empresario de piroténcicos, ¿qué le dices? ¿qué está loco?????

    Haber ventamina si leemos, el que pregunta es un sindicalista que quiere asesorar a una trabajadora contratada para una cuestión concreta que se exige por contrato el uso de un zápato concreto con una forma concreta. Esto te lo anula cualquier letrado. Si el contrato te lo hace una pirotécnica y te pide que vayas en tacones pues también. Y si el contrato te lo hace una pirotécnica y te dice que te protejas con papel d eperiodico pues le digo que en efecto esta loco y además es un delincuente. Te aceptaría que señalarás que mi comentario nada tiene que ver con prevención, pero vamos, debemos leer mejor y dar menos lecciones.

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