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  • #72507 Agradecimientos: 0
    Miguel O M
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    30
    abril 2002


    Experto

    No la conocía pero me parece muy interesante, es larga y como todas las sentencia no de fácil lectura pero os invito a leerla define que una estructura no es maquina y deja la puerta abierta a que los accidentes no siempre tienen un responsable.

    Yo no he tenido problemas de acceso aunque lexnova no suele ser gratis.

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    #428789 Agradecimientos: 2
    carlosgonzalez
    Participante
    91
    92
    enero 2003


    Experto

    @miguelom wrote:

    No la conocía pero me parece muy interesante, es larga y como todas las sentencia no de fácil lectura pero os invito a leerla define que una estructura no es maquina y deja la puerta abierta a que los accidentes no siempre tienen un responsable.

    Yo no he tenido problemas de acceso aunque lexnova no suele ser gratis.

    si, miguelom, si entras en

    e introduces al menos los campos:

    “jurisdicción:” PENAL
    “Tipo de resolución:” SENTENCIA
    “nº de recurso:” 663/2010
    “texto a buscar:” SEGURIDAD Y SALUD

    y accedes a buscar, te aparece, entre otras,lo siguiente:

    ROJ: SJP 14/2012
    Tipo Órgano: Juzgado de lo Penal
    Municipio: Motril — Sección: 1
    Nº Recurso: 663/2010 — Fecha: 08/03/2012
    Tipo Resolución: Sentencia

    acto seguido te descargas un pdf con los 22 folios de la sentencia.

    De la misma forma puedes consultar lo que desees, basta con poner las palabras clave:
    – Seguridad y salud con daño”, “daño a los trabajadores”, responsabilidad penal…” etc.

    Y están todas…. gratis y a patadas….

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    info arroba aiprevia.com http://www.aiprevia.com

    #428790 Agradecimientos: 0
    Miguel O M
    Participante
    70
    30
    abril 2002


    Experto

    @caragola wrote:

    @miguelom wrote:

    No la conocía pero me parece muy interesante, es larga y como todas las sentencia no de fácil lectura pero os invito a leerla define que una estructura no es maquina y deja la puerta abierta a que los accidentes no siempre tienen un responsable.

    Yo no he tenido problemas de acceso aunque lexnova no suele ser gratis.

    si, miguelom, si entras en

    e introduces al menos los campos:

    “jurisdicción:” PENAL
    “Tipo de resolución:” SENTENCIA
    “nº de recurso:” 663/2010
    “texto a buscar:” SEGURIDAD Y SALUD

    y accedes a buscar, te aparece, entre otras,lo siguiente:

    ROJ: SJP 14/2012
    Tipo Órgano: Juzgado de lo Penal
    Municipio: Motril — Sección: 1
    Nº Recurso: 663/2010 — Fecha: 08/03/2012
    Tipo Resolución: Sentencia

    acto seguido te descargas un pdf con los 22 folios de la sentencia.

    De la misma forma puedes consultar lo que desees, basta con poner las palabras clave:
    – Seguridad y salud con daño”, “daño a los trabajadores”, responsabilidad penal…” etc.

    Y están todas…. gratis y a patadas….

    Gracias por la información que ya conocía. El problema de ese buscador es que tienes que conocer algún dato para no tener que ver las chiquicientas mil sentencia. Cuando tienes algunos datos buscarlo en esa web es relativamente sencillo, sin el numero de recurso, por ejemplo en este caso, no la encuentras, te cansas antes. Es muy fácil cuando alguien te da datos.

    Gracias y saludos

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    #428791 Agradecimientos: 0
    Miguel O M
    Participante
    70
    30
    abril 2002


    Experto

    @caragola wrote:

    @miguelom wrote:

    No la conocía pero me parece muy interesante, es larga y como todas las sentencia no de fácil lectura pero os invito a leerla define que una estructura no es maquina y deja la puerta abierta a que los accidentes no siempre tienen un responsable.

    Yo no he tenido problemas de acceso aunque lexnova no suele ser gratis.

    si, miguelom, si entras en

    e introduces al menos los campos:

    “jurisdicción:” PENAL
    “Tipo de resolución:” SENTENCIA
    “nº de recurso:” 663/2010
    “texto a buscar:” SEGURIDAD Y SALUD

    y accedes a buscar, te aparece, entre otras,lo siguiente:

    ROJ: SJP 14/2012
    Tipo Órgano: Juzgado de lo Penal
    Municipio: Motril — Sección: 1
    Nº Recurso: 663/2010 — Fecha: 08/03/2012
    Tipo Resolución: Sentencia

    acto seguido te descargas un pdf con los 22 folios de la sentencia.

    De la misma forma puedes consultar lo que desees, basta con poner las palabras clave:
    – Seguridad y salud con daño”, “daño a los trabajadores”, responsabilidad penal…” etc.

    Y están todas…. gratis y a patadas….

    Gracias por la información que ya conocía. El problema de ese buscador es que tienes que conocer algún dato para no tener que ver las chiquicientas mil sentencia. Cuando tienes algunos datos buscarlo en esa web es relativamente sencillo, sin el numero de recurso, por ejemplo en este caso, no la encuentras, te cansas antes. Es muy fácil cuando alguien te da datos.

    Gracias y saludos

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    #428792 Agradecimientos: 0
    Yanou
    Participante
    394
    387
    diciembre 2004


    Gran Maestro

    Sí, Lexnova tiene una gran parte de su contenido en acceso abierto. Supongo que es parte de su estrategia publicitaria, para que nos “enganchemos” porque la verdad es que en mi trabajo estuvimos suscritos un tiempo y la información está ordenada genial, y te envía boletines… mierda crisis que nos obligó a darnos de baja… 😀 😀

    PD: Si te molesta eso de que los mensajes te salgan repetidos, al editar tienes un cuadrito arriba del todo que es para borrarlos 😉 Al lado pone eso de “una vez borrado el hilo no puede recuperarse y bla bla pues lo clicas para que se quede marcado y le das a enviar.

    Si os acordáis de darme las gracias puede que os dé suerte y os toque la lotería, aunque puede que no. Pero, ¿qué demonios? Vale la pena probarlo.

    #428788 Agradecimientos: 0
    Miguel O M
    Participante
    70
    30
    abril 2002


    Experto

    @Yanou wrote:

    Sí, Lexnova tiene una gran parte de su contenido en acceso abierto. Supongo que es parte de su estrategia publicitaria, para que nos “enganchemos” porque la verdad es que en mi trabajo estuvimos suscritos un tiempo y la información está ordenada genial, y te envía boletines… mierda crisis que nos obligó a darnos de baja… 😀 😀

    PD: Si te molesta eso de que los mensajes te salgan repetidos, al editar tienes un cuadrito arriba del todo que es para borrarlos 😉 Al lado pone eso de “una vez borrado el hilo no puede recuperarse y bla bla pues lo clicas para que se quede marcado y le das a enviar.

    Gracias me ha costado encontrar el dichoso botoncito, que solo aparece si es el ultimo mensaje enviado, por lo que ahora no puedo quitarlo. Procurare que no me vuelva a pasar.

    Gracias y perdón por la incomodidad

    #428793 Agradecimientos: 0
    juana ayuso arganda
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    26
    abril 2008


    Iniciado

    Caragola con la web dep poder judicial al decargarte algunas( no recuerdo cuantas) sale un mensaje que te advierte que te estas bajando mucho.
    Echo de menos las sentencias comentadas de prevencion integral. Habia algunas muy buenas.

    #428794 Agradecimientos: 0
    carlosgonzalez
    Participante
    91
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    enero 2003


    Experto

    @klander wrote:

    Caragola con la web dep poder judicial al decargarte algunas( no recuerdo cuantas) sale un mensaje que te advierte que te estas bajando mucho.
    Echo de menos las sentencias comentadas de prevencion integral. Habia algunas muy buenas.

    No he visto nunca ese mensaje, pero te creo. Normalmente te sale un aviso al principio y basta. yo suelo buscar y bajo una o dos o tres, con ello tengo para un rato…

    @miguelom wrote:

    Gracias me ha costado encontrar el dichoso botoncito, que solo aparece si es el ultimo mensaje enviado, por lo que ahora no puedo quitarlo. Procurare que no me vuelva a pasar.

    Gracias y perdón por la incomodidad

    Ya te comente que puedes borrar, si es el último, pero tambien puedes quitar el texto, dejando el post en blanco. Te vas al post. aprietas el boton inferior de “editar”, luego, una vez abierto, eliminas el texto, seleccionandolo con el ratón y luego pulsas “supr” o te situas al final con el ratón y pulsas reiteradamente la tecla de borrar (flecha a la izqda, que se encuentra en la derecha del teclado -portátiles). Luego aprietas con el ratón “enviar” y verás el post pero sin texto. Eso lo hacemos casi todos, unos más que otros.

    Saludos

    info arroba aiprevia.com http://www.aiprevia.com

    #428795 Agradecimientos: 0
    carlosgonzalez
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    enero 2003


    Experto

    también lo tienes en la mini guia del foro:

    ¿Puedo borrar o editar mis mensajes?
    Siempre podrás editar tus mensajes, pero sólo los podrás borrar si es el último de un tema.

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    info arroba aiprevia.com http://www.aiprevia.com

    #428796 Agradecimientos: 0
    vitaminas
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    12
    abril 2013

    Iniciado

    @caragola wrote:

    también lo tienes en la mini guia del foro:

    ¿Puedo borrar o editar mis mensajes?
    Siempre podrás editar tus mensajes, pero sólo los podrás borrar si es el último de un tema.

    No aportas nada nuevo, me parece que solo pretendes molestar.
    Si no es así lo siento y pido disculpas cosas que tu no haces.

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    #428797 Agradecimientos: 0
    carlosgonzalez
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    enero 2003


    Experto

    @papipreven wrote:

    @caragola wrote:

    también lo tienes en la mini guia del foro:

    ¿Puedo borrar o editar mis mensajes?
    Siempre podrás editar tus mensajes, pero sólo los podrás borrar si es el último de un tema.

    No aportas nada nuevo, me parece que solo pretendes molestar.
    Si no es así lo siento y pido disculpas cosas que tu no haces.

    Ya que formulas un comentario directo, debo contestarte. Si te molesta lo que he dicho, lo siento, no ha sido mi intención, pero tampoco entiendo el por qué…. Es tú opinión, equivocada desde mi punto de vista. No pretendo molestar a nadie, y sí, he pedido disculpas cuando así ha sido, sobre aportar cosas nuevas o no, solo he pretendido ayudar a quien lo ha pedido. Si no ha sido así, lo siento. Reitero una cosa dicha ya, este es un foro de PRL, por favor no metas más mierda.

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    #428798 Agradecimientos: 0
    Miguel O M
    Participante
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    30
    abril 2002


    Experto

    @caragola wrote:

    también lo tienes en la mini guia del foro:

    ¿Puedo borrar o editar mis mensajes?
    Siempre podrás editar tus mensajes, pero sólo los podrás borrar si es el último de un tema.

    Mira caragola cuando borras el texto como tu dices a mi me sale un mensaje que dice que tiene muy pocos caracteres y no me deja hacer nada mas. Todo lo que estas diciendo es solo por molestar y por hacerte publicidad parece que no tienes trabajo. OLVIDAME

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    #428799 Agradecimientos: 0
    carlosgonzalez
    Participante
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    92
    enero 2003


    Experto

    @miguelom wrote:

    @caragola wrote:

    también lo tienes en la mini guia del foro:

    ¿Puedo borrar o editar mis mensajes?
    Siempre podrás editar tus mensajes, pero sólo los podrás borrar si es el último de un tema.

    Mira caragola cuando borras el texto como tu dices a mi me sale un mensaje que dice que tiene muy pocos caracteres y no me deja hacer nada mas. Todo lo que estas diciendo es solo por molestar y por hacerte publicidad parece que no tienes trabajo. OLVIDAME

    Lo he dicho porque he visto que seguias teniendo problemas con la duplicidad de post. Además, cuando te lo dije en el otro hilo, tú no me contestaste con: “¿y cómo se hace eso? ¿puedes ayudarme? …. si se emplea un tono desafiante…qué quieres. Si sigues teniendo problemas, qué quieres…

    Pues puedes poner tres espacios seguidos o la frase “borrado” o lo que quieras, por ejemplo: “borrado por error, lo siento”.

    Si te he ofendido o molestado, lo siento, no es mi intención. Yo queria ayudar.

    Si quieres que te olvide, ya sabes, estas en un foro publico de PRL donde hay que guardar unas normas de respeto, nos ayudamos, etc. etc. pero no debería decir nadie a nadie ” por qué no te callas…”

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    #428800 Agradecimientos: 0
    Miguel O M
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    abril 2002


    Experto

    @caragola wrote:

    @miguelom wrote:

    @caragola wrote:

    también lo tienes en la mini guia del foro:

    ¿Puedo borrar o editar mis mensajes?
    Siempre podrás editar tus mensajes, pero sólo los podrás borrar si es el último de un tema.

    Mira caragola cuando borras el texto como tu dices a mi me sale un mensaje que dice que tiene muy pocos caracteres y no me deja hacer nada mas. Todo lo que estas diciendo es solo por molestar y por hacerte publicidad parece que no tienes trabajo. OLVIDAME

    Lo he dicho porque he visto que seguias teniendo problemas con la duplicidad de post. Además, cuando te lo dije en el otro hilo, tú no me contestaste con: “¿y cómo se hace eso? ¿puedes ayudarme? …. si se emplea un tono desafiante…qué quieres. Si sigues teniendo problemas, qué quieres…

    Pues puedes poner tres espacios seguidos o la frase “borrado” o lo que quieras, por ejemplo: “borrado por error, lo siento”.

    Si te he ofendido o molestado, lo siento, no es mi intención. Yo queria ayudar.

    Si quieres que te olvide, ya sabes, estas en un foro publico de PRL donde hay que guardar unas normas de respeto, nos ayudamos, etc. etc. pero no debería decir nadie a nadie ” por qué no te callas…”

    Gracias 123-678-543-789-543

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  • El debate ‘ Sentencia Juz. Penal Motril (núm. 1) 85/2012, de 8 de marzo’ está cerrado y no admite más respuestas.