Buenas a todos, a ver si alguien me puede iluminar en este asunto porque ando bastante perdido.
Una empresa que emplea productos químicos en su proceso productivo se considera usuario intermedio según el Reglamento REACH, ¿no es así?.
Y mi pregunta es, ¿qué obligaciones tiene un usuario intermedio?. He leído y a parte de cumplir con las indicaciones de la FDS, ver si el campo de aplicación es adecuado al emplazamiento industrial… No sé si tiene alguna obligación más como por ejemplo, analizar su producto final e indicar que está libre de sustancias químicas peligrosas o algo en este sentido.
Como véis estoy muy perdidio.
¿Alguna idea? ¿Dónde leer información? Porque leo el reglamento pero no me aclaro.
Gracias.