• Este debate tiene 1 respuesta, 2 mensajes y ha sido actualizado por última vez el hace 2 años por L.Enrique.
Viendo 2 entradas - de la 1 a la 2 (de un total de 2)
  • Autor
    Entradas
  • #627082 Agradecimientos: 0
    tsuki
    Participante
    0
    febrero 2022


    Buenos días,

    hemos contratado a una empresa para instalar unas líneas de vida fijas y una barandilla. ¿Les debemos solicitar plan de trabajo seguro?

    Gracias!

    #628070 Agradecimientos: 0
    L.Enrique
    Participante
    5
    3
    marzo 2022

    Iniciado

    Supongo que a estas alturas ya estará instalado tanto lo uno como lo otro… pero bueno, te doy mi opinión.

    Entiendo que estaríamos hablando sobre todo de tema de coordinación empresarial, aplicándose el RD 171/2004. Es decir, que como empresa titular deberías informar de los peligros que hay en tu centro de trabajo y en la zona de las actuaciones, así como ambos deberíais de intercambiar la información relativa a las actividades de cada uno por si hubiera que añadir algún tipo de medida preventiva en lo que duren los trabajos.

    Al ser una obra menor supongo que tus obligaciones terminarían ahí y que el RD 1627/97 relativo a las disposiciones mínimas en obras no aplicaría “stricto sensu”. En cualquier caso, la empresa que has contratado por supuesto deberá hacer su propia EVR, planificación, procedimientos seguros, etc, pero bajo su responsabilidad, de igual manera que tú la tienes sobre los trabajadores de tu empresa. Al no ser funciones de tu propia actividad entiendo que tus obligaciones terminarían aquí y no tendrías que solicitar nada, puesto que eres empresa titular pero no principal.

    Un saludo!

Viendo 2 entradas - de la 1 a la 2 (de un total de 2)
  • Debes estar registrado para responder a este debate.