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    Anonymous
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    diciembre 2008

    Iniciado

    Requiero de información sobre:

    Peso máximo que puede leventar un trabajador sin ayuda.

    ¿Existe un límite inferior ó superior de peso corporal por categoría de trabajador (ovbrero, albañil, electricista, mecánico etc, etc?

    Les agradecería mucho su ayudo. Espero respuesta por email y preferentemente que la información la encuentre en internet.

    Atentamente

    Dr. Alonso E. Pastrana Torres

    Cerro Azul veracruz.

    México

    #314991 Agradecimientos: 0
    L.Plaza
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    abril 2001


    Debe usted leer el RD 487/97 sobre manipulacion manual de cargas, aunque existe cierta disquisicion doctrinal entre la recomendacion de la OIT y las normas españolas. Un saludo.

    #314992 Agradecimientos: 0
    Rebe0
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    abril 2001


    te comento que para todas las profesiones hay un peso maximo que es de 25 kg exceptuando las mujeres embarazadas o cualquier otra personas con alguna deficiencia que es de 10 o 15 kg.

    no obstaten la guia sobre manipulacion manual de cargas que ha sido publicd apor el insht, puedes encontrar mas informacion, la pedes encontarr en la pagina web

    uns saludo, y espero que te sirva de ayuda,

    Rebeca Piñuela Rico

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    #314993 Agradecimientos: 0
    corare122
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    abril 2001


    Como es obvio es un esfuerzo físico personal, y eso depende de factores como el sexo, edad o las posturas utilizadas durante las operaciones de carga física. Existen riesgos en cada una de las fases del levantamiento, léase sujección de

    la carga, levantamiento, carga del obejto, transporte y descarga. La CEE elaboró el Dictamen 88/c – 318 -14 DE 28.09.88 RELATIVO AL MANEJO DE CARGAS proponiendo una serie de valores orientativos:

    En manipulaciones ocasionales 50kg hombres y 25 kg. mujeres.

    En manipulaciones frecuentes 25 kg hombres y 10 kg. mujeres.

    En el RD 487/1997 de la legislación española encontrará en sus anexos unos elementos de referencia.

    A través de INTERNET puede dirigirse al Organismo de Referencia en España, el Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo donde podrá consultar información detallada. .

    Espero le sirva de ayuda .Reciba un cordial saludo.

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    #314994 Agradecimientos: 0
    TED STRIKER
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    abril 2002


    Según la Legislación Española, el peso máximo que un trabajador no debe sobrepasar, bajo ninguna circunstancia, es de 25 Kgs.

    En caso excepcionales, y sólo por parte de trabajadores bien adiestrados, se admite como peso máximo 40 Kgs.

    Para trabajadores menores de edad, mujeres y trabajadores de edad avanzada la carga máxima se reduce a 15 Kgs.

    Como carga mínima, según las condiciones de sujeción de la carga, la altura a la que se debe izar, la diferencia de alturas que deba salvarse, el desplazamiento horizontal que implique la tarea, la repetición de la misma, etc., nos podríamos encontrar con una carga máxima de 3 Kgs.

    Te recomiendo el estudio de la Guía Técnica de Manejo de Cargas del I.N.S.H.T.

    Es descargable, en formato pdf, en la dirección:

    Saludos

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